Conceden la prisión domiciliaria temporaria al cura Renato Rasgido
El juez de Ejecución Penal, Eugenio Acs Acuña, otorgó la medida cautelar luego de recibir un informe del Cuerpo Interdisciplinario Forense que concluyó que el Servicio Penitenciario Provincial no puede brindar la asistencia sanitaria que requiere el condenado.

El juez de Ejecución Penal, Dr. Eugenio Acs Acuña, resolvió este jueves conceder la prisión domiciliaria temporaria, mediante una medida cautelar, al condenado Renato Rasgido, luego de analizar las conclusiones finales del informe elaborado por el Cuerpo Interdisciplinario Forense (CIF) sobre su estado de salud.

La decisión fue adoptada este jueves, una vez incorporado al expediente el estudio solicitado por el magistrado para determinar las condiciones médicas del interno y establecer si su permanencia en el establecimiento penitenciario resultaba compatible con el cuadro clínico que presenta.

De acuerdo con las conclusiones del equipo médico forense, el estado de salud de Rasgido es grave y demanda una asistencia sanitaria que el Servicio Penitenciario Provincial (SPP) no se encuentra en condiciones de brindar. Ese diagnóstico constituyó el fundamento central para que el juez dispusiera la medida cautelar de prisión domiciliaria de carácter temporal. Esto luego que el condenado estuviera internada en con sanatorio privada por el agravamiento de su cuadro.

El estado de salud

Según el informe producido por el Cuerpo Interdisciplinario Forense, el cuadro clínico del condenado requiere condiciones de atención que exceden las posibilidades del Servicio Penitenciario Provincial.

En función de esa evaluación, el magistrado consideró que correspondía adoptar una medida que permitiera garantizar la asistencia sanitaria necesaria, mientras se mantienen las condiciones impuestas por la Justicia respecto del cumplimiento de la condena.

Rasgido padece una patología relacionada con un tumor de colon, enfermedad por la cual fue intervenido quirúrgicamente. Ese antecedente médico forma parte de los elementos analizados por el tribunal al momento de resolver el planteo referido al cumplimiento de la pena.

La nueva propuesta presentada por la familia

Además de valorar el estado de salud del condenado, el juez analizó la alternativa habitacional presentada por la familia para el cumplimiento de la prisión domiciliaria. La propuesta fue considerada favorablemente luego de obtener el aval del equipo de asistentes sociales del Juzgado, que verificó las condiciones del inmueble ofrecido para el alojamiento del condenado.

Con el objetivo de cumplir con los requisitos exigidos por la Justicia, la hermana de Renato Rasgido alquiló un domicilio particular, que fue aceptado por el magistrado como lugar apto para la ejecución de la medida cautelar.

La evaluación de las condiciones del inmueble constituyó un aspecto determinante para avanzar con el otorgamiento de la prisión domiciliaria, una vez acreditada la necesidad médica y la disponibilidad de un lugar considerado adecuado.

El antecedente 

La decisión conocida este jueves se produjo luego de una resolución anterior adoptada por el mismo magistrado el 18 de junio, cuando había rechazado un pedido similar formulado por la defensa. En aquella oportunidad, la propuesta consistía en que Rasgido cumpliera la prisión domiciliaria en un inmueble perteneciente al Obispado de Catamarca, por caso la Casa parroquial de Santa Rosa de Lima.

Sin embargo, tras evaluar esa alternativa, el juez Eugenio Acs Acuña concluyó que el lugar no reunía las condiciones de salubridad necesarias para autorizar el cumplimiento de la medida en ese domicilio. Como consecuencia de esa decisión, el magistrado ordenó el reingreso transitorio del sacerdote al establecimiento penitenciario, dejando expresamente supeditado el eventual otorgamiento de la prisión domiciliaria a la presentación de una nueva propuesta que cumpliera con las condiciones requeridas.

La alternativa finalmente presentada por la familia permitió superar ese requisito y fue uno de los elementos que posibilitó la resolución favorable emitida este jueves.

Un beneficio de carácter temporario

La resolución dictada por el juez de Ejecución Penal establece expresamente que la prisión domiciliaria concedida a Renato Rasgido posee carácter temporario, en el marco de una medida cautelar adoptada a partir de las circunstancias médicas acreditadas durante el proceso.

El beneficio fue dispuesto luego de la incorporación del informe del Cuerpo Interdisciplinario Forense y de la aprobación del nuevo domicilio ofrecido para el cumplimiento de la medida.

De esta manera, el magistrado resolvió modificar transitoriamente el lugar donde el condenado cumplirá la pena, teniendo en cuenta la imposibilidad señalada por los médicos forenses de que el Servicio Penitenciario Provincial pueda brindar la atención sanitaria que requiere su estado de salud.

La primera domiciliaria y la polémica

Antes de esta determinación judicial, y también con carácter transitorio, Renato Rasgido permaneció durante un breve período en la Casa parroquial de Santa Rosa de Lima.

Esa situación generó repudio por parte de vecinos y de padres del Colegio Cristo Rey, quienes manifestaron su rechazo a la presencia del sacerdote condenado en ese lugar.

Posteriormente, y tras el rechazo de la propuesta presentada para utilizar un inmueble del Obispado de Catamarca, Rasgido regresó al establecimiento penitenciario hasta que el juez recibió el informe médico definitivo, evaluó la nueva alternativa habitacional ofrecida por la familia y resolvió conceder la prisión domiciliaria temporaria mediante la medida cautelar dictada este jueves.