La querella de Dieguito Fernando pidió hasta 16 años de prisión para Luque
El abogado Mario Baudry reclamó penas de hasta 16 años de cárcel para los acusados y pidió la detención inmediata de cuatro de ellos si son declarados culpables. También solicitó inhabilitaciones profesionales y la absolución del médico clínico Pedro Di Spagna.

El juicio por la muerte de Diego Armando Maradona avanzó con los alegatos finales de las partes y con pedidos de penas que reflejan las distintas responsabilidades penales atribuidas a los profesionales que participaron en la atención del exfutbolista durante los últimos días de su vida. En ese marco, el abogado Mario Baudry, representante de Verónica Ojeda y de su hijo Dieguito Fernando, el menor de los hijos de Maradona, solicitó condenas de hasta 16 años de prisión para algunos de los principales acusados.

Durante su exposición ante el Tribunal Oral en lo Criminal N.º 7 de San Isidro, el letrado pidió 16 años de prisión para el neurocirujano Leopoldo Luque y para Nancy Forlini, coordinadora de Cuidados Domiciliarios de Swiss Medical. A ambos les atribuyó el delito de homicidio simple con dolo eventual y reclamó, además, diez años de inhabilitación.

La querella también solicitó 14 años de cárcel para la psiquiatra Agustina Cosachov y 12 años para el psicólogo Carlos Díaz, a quienes acusó de homicidio simple con dolo eventual. En el caso de Díaz, Baudry requirió una inhabilitación por el doble del tiempo de la condena.

Para otros dos integrantes del equipo que intervino en la atención domiciliaria de Maradona, el enfermero Ricardo Almirón y el coordinador de enfermería Mariano Perroni, el abogado pidió cuatro años de prisión por homicidio culposo, además de inhabilitaciones por el doble del tiempo de las penas solicitadas.

En cambio, respecto del médico clínico Pedro Di Spagna, el representante de Dieguito Fernando solicitó la absolución.

El detalle de las penas solicitadas 

Los pedidos de Baudry contemplaron tanto sanciones de prisión como restricciones para ejercer determinadas profesiones. La querella fundamentó sus solicitudes en las conductas que atribuye a cada uno de los imputados en relación con la atención médica y domiciliaria de Maradona.

Las penas reclamadas por el abogado fueron las siguientes:

Leopoldo Luque: 16 años de prisión y diez años de inhabilitación por homicidio simple con dolo eventual.

Nancy Forlini: 16 años de prisión y diez años de inhabilitación por homicidio simple con dolo eventual.

Agustina Cosachov: 14 años de prisión y diez años de inhabilitación.

Carlos Díaz: 12 años de prisión por homicidio simple con dolo eventual, con inhabilitación por el doble del tiempo de la condena.

Ricardo Almirón: cuatro años de prisión por homicidio culposo, con inhabilitación por el doble del tiempo de la pena.

Mariano Perroni: cuatro años de prisión por homicidio culposo, con inhabilitación por el doble del tiempo de la pena.

Pedro Di Spagna: absolución.

Además de las penas reclamadas, Baudry pidió que Luque, Cosachov, Forlini y Díaz sean detenidos inmediatamente si el tribunal los declara culpables.

Los planteos fueron formulados durante la etapa de alegatos finales, una instancia en la que las partes exponen sus conclusiones sobre las pruebas reunidas a lo largo del juicio y solicitan las sanciones que consideran correspondientes para cada acusado. Los pedidos de la querella constituyen la posición de la representación de Dieguito Fernando y deberán ser considerados por el tribunal al momento de resolver.

El planteo de Baudry

Uno de los ejes centrales del alegato fue la responsabilidad que el abogado atribuyó a Luque, Cosachov y Díaz por las decisiones adoptadas durante la atención de Maradona en los últimos días de su vida. Baudry cuestionó las actuaciones del equipo que participó en la atención domiciliaria y sostuvo que el fallecimiento del exfutbolista podría haberse evitado. Durante su exposición, expresó: "Con un simple diurético se hubiera salvado".

Con esa afirmación, el letrado puso el foco en las decisiones médicas y en la atención que recibió Maradona, al considerar que existían alternativas que podrían haber evitado su muerte. Su planteo se inscribió en el pedido de condenas por homicidio simple con dolo eventual para determinados acusados.

La diferencia entre esa calificación penal y el homicidio culposo resulta relevante para el desarrollo del proceso. En el homicidio culposo, la muerte se atribuye a una conducta imprudente, negligente o contraria a los deberes de cuidado, sin que se considere acreditado el dolo. En el homicidio con dolo eventual, en cambio, la acusación sostiene que la persona previó la posibilidad de causar la muerte y aceptó ese riesgo.

La aplicación de una u otra figura depende de los hechos que el tribunal considere probados y de la valoración de las conductas atribuidas a cada imputado. Por eso, la calificación solicitada por la querella representa uno de los aspectos centrales de la discusión judicial.

La diferencia con el pedido de la Fiscalía para Carlos Díaz

Uno de los puntos en los que el planteo de Baudry se diferenció de manera expresa de la acusación fiscal fue la situación del psicólogo Carlos Díaz. Mientras los fiscales Patricio Ferrari y Cosme Iribarren solicitaron cinco años de prisión para Díaz por homicidio culposo, el abogado de Dieguito Fernando pidió que sea condenado por homicidio simple con dolo eventual y reclamó una pena de 12 años de cárcel.

La diferencia radica tanto en la calificación jurídica propuesta como en la magnitud de la sanción solicitada. La Fiscalía sostuvo su pedido sobre la figura del homicidio culposo, mientras que Baudry planteó una responsabilidad penal encuadrada en el dolo eventual.

El abogado también reclamó que Díaz sea detenido inmediatamente si el tribunal lo declara culpable. Ese pedido se extendió a Luque, Cosachov y Forlini, para quienes la querella solicitó penas de entre 14 y 16 años de prisión.

Las conversaciones vinculadas con Luque

Durante su alegato, Baudry también exhibió conversaciones vinculadas con Leopoldo Luque. Entre ellas, presentó mensajes intercambiados con Maximiliano Pomargo, asistente de Maradona.

A partir de esos diálogos, el letrado cuestionó el grado de conocimiento que, según su interpretación, tenía el neurocirujano sobre el estado de salud del exfutbolista.

La presentación de esas conversaciones formó parte de los argumentos con los que la querella buscó respaldar sus cuestionamientos sobre la actuación de los profesionales que participaron en la atención de Maradona. El abogado relacionó esos intercambios con la responsabilidad que atribuye a Luque en el período previo al fallecimiento.

Los pedidos de pena de la querella de Jana Maradona

En el marco de los alegatos también se consignaron los pedidos formulados por Félix Linfante, abogado de Jana Maradona, quien solicitó la absolución de Pedro Di Spagna y de Carlos Díaz.

Para Leopoldo Luque, Linfante pidió 12 años de prisión por homicidio simple con dolo eventual y diez años de inhabilitación para ejercer la medicina. En el caso de Nancy Forlini, coordinadora de la prepaga, solicitó diez años de prisión por homicidio simple con dolo eventual.

Para Agustina Cosachov, el pedido fue de ocho años y dos meses de cárcel por homicidio simple con dolo eventual y falsedad ideológica, además de una inhabilitación. Respecto de Mariano Perroni y Ricardo Almirón, el abogado reclamó tres años de prisión para cada uno y seis años de inhabilitación para ejercer la enfermería. Ambos pedidos fueron formulados por el delito de homicidio culposo.

Estas solicitudes muestran diferencias entre las posiciones de las querellas respecto de las penas y las calificaciones penales atribuidas a algunos de los acusados. En particular, los pedidos para Luque, Forlini, Cosachov, Díaz, Perroni y Almirón no coinciden en todos los aspectos con los formulados por Baudry en representación de Dieguito Fernando.