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Había sido condenado a seis años y tres meses

Libertad condicional para un joven condenado por abuso sexual

06 Diciembre de 2023 00.39

Ayer a la mañana el juez de ejecución penal juvenil Dr. Rodrigo Morabito le otorgó el beneficio de la libertad condicional a un joven, actualmente mayor de edad quien cuando era adolescente abuso sexualmente de una menor de edad, quien en marzo del año 2025 cumplirá la totalidad de la pena impuesta, seis años y tres meses de prisión.

La medida se dictó luego de que el fiscal penal juvenil Guillermo Narváez y el defensor oficial del fuero especializado Dr. Sergio Veliz expusieran sus alegatos.

Básicamente, Narváez critico al personal del Servicio Penitenciario quienes tuvieron a cargo el abordaje interdisciplinario del joven en encierro.

Según explico el fiscal, el área de psicología no supo abordar al joven de quien concluyeron “tiene una enfermedad” cuando lo que tiene es una conducta delictiva que debe ser corregida, agregando que los jóvenes que están cumpliendo una sanción de pena privativa de la libertad en el penal este no está acorde porque no es un centro especializado (…) “sostuvo.

El joven penado fue abordado por el concejo correccional el que esta integrado por diferentes áreas como por ejemplo la educativa, la psicológica, la social, entre otras, quienes elaboraron informes sobre la situación actual del joven conclusiones que fueron expuestas ante el magistrado el lunes en la audiencia de apertura.
“El chico obtuvo la mayoría de los informes bien, salvo los del área de psicología, “esta área  habla de enfermedad y en realidad no se trata de una enfermedad lo que tiene el joven, sino más bien de una conducta delictiva que debía abordase desde otro punto de vista”, insistió el fiscal.

Se refirió también al tiempo de encierro y el abordaje que le dieron los profesionales el que no dio resultado. “Los informes psiquiátricos no coincidían con los demás informes, por eso  no se entiende el porque esta área le deniegan la libertad condicional cuando los demás informes no condicen con lo que dice el resto de los informes”.

También cuestiono al área social quienes básicamente concluyeron que “el hogar donde iba a ir el joven no era apto porque se trata de gente que esta en una situación precaria (…)”.

Luego, se escucho en la sala al defensor oficial Sergio Veliz quien también critico al concejo del Servicio Penitenciario refiriendo a la persecución que sufrió el joven durante su encierro, explicando “Hay una persecución en contra del joven por algunas manifestaciones que el chico realizo en su momento, algunas manifestaciones como por ejemplo que adentro del Penal se vende droga, lo que fue informado a través de los medios de comunicación en una audiencia previa”. 
Sostuvo también que los informes de un área en particular estigmatizaba al joven y lo etiqueto con la terminología que empleaba para referirse al mismo (…). “en el concejo no hay profesionales especializados”.

Al momento de dar a conocer el veredicto del otorgamiento de la libertad condicional el magistrado dispuso también que declarar la inconstitucionalidad del articulo 14 apartado 2 del código penal y fijar al joven las siguientes restricciones:

1) la de residir en la ciudad de Belén en donde va a estar a cargo de su padre bajo apercibimiento de que si comete alguna falta van a ser apercibidos por desobediencia judicial

2) No podrá viajar a esta capital sin autorización previa del juzgado de ejecución y con conocimiento del juzgado de control de garantías de Belén

3) deberá realizar un tratamiento psicológico en belén 

4) deberá concluir sus estudios secundario, otorgándosele hasta el próximo 15 de febrero del 2024 para informar en donde concluirá los estudios, que curso hasta el segundo año de la secundaria en encierro.