Avanza la Ley de Autoprotección y Poderes Preventivos para proteger el patrimonio y decidir sobre la salud
La Ley de Autoprotección y Poderes Preventivos fue presentada el miércoles 4 de mayo en el Congreso y se espera un dictamen favorable de la comisión Legislación General para poder proceder al debate en el recinto.

El proyecto de Ley de Autoprotección y Poderes Preventivos es autoría del senador riojano Ricardo Guerra y busca otorgar a las personas la posibilidad de tomar decisiones en forma anticipada sobre su salud y su patrimonio en caso de una eventual disminución o pérdida de la capacidad, tanto transitoria como permanente.

La iniciativa, además, contempla los poderes preventivos, donde la persona, si llegara a quedar en estado de vulnerabilidad, puede designar a otra de confianza para que actúe en su nombre y cumpla con las decisiones fundamentales de su vida. Cada decisión quedará asentada ante un escribano.

El proyecto se presentó oficialmente en el Congreso de la Nación el pasado 4 de mayo y está en tratamiento de comisión en el Senado. Sus impulsores esperan a la brevedad un dictamen favorable de la comisión Legislación General para luego pasar al debate en el recinto.

Para el senador Guerra, la propuesta “sin dudas contribuye al bien común y, sobre todo, al respeto de los derechos humanos de toda la sociedad”.

“Recoge una necesidad creciente de la sociedad y, a su vez, respeta la voluntad del ciudadano en los momentos de mayor vulnerabilidad, teniendo como fundamento los principios de libertad, igualdad y dignidad inherentes a la persona humana”, agregó por su parte el escribano Guillermo Longhi, Vicepresidente del Consejo Federal del Notariado Argentino.

En tanto, el presidente del Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires, Jorge De Bártolo, señaló que “cuando alguien queda incapacitado, hay situaciones patrimoniales como plazos fijos por cobrar, mantenimiento de propiedades, cuotas alimentarias que queda todo en un limbo. El proyecto prevé que se pueda dejar un mandato. En este caso, no es lo mismo que un poder, que pierde efecto cuando la persona fallece o está incapaz. Son mandatos especiales para situaciones de incapacidad”.

Estas directivas se conocen legalmente como actos de autoprotección. Son formalidades que, subrayan los autores, evitarán la demora, burocratización y judicialización de decisiones trascendentes sobre la vida, especialmente cuando no hay acuerdo entre familiares, médicos o allegados. Además de las cuestiones referidas a la salud y el patrimonio, el otorgante podrá dejar asentada otras voluntades que comenzarán a regir a partir de la pérdida de su autonomía, por ejemplo, el lugar de residencia.

La iniciativa cosechó apoyo institucional tras la presentación en el Congreso. Entre otras, manifestaron su adhesión la Cruz Roja Argentina, la AMIA, la Comunidad Musulmana Ahmadia Argentina, la Pontificia Academia para la Vida, la Asociación Civil Comunidad Apostólica Ciudad Belén, la Federación Internacional Soka Gakkai y la Federación Argentina de Colectividades.

 

También hicieron lo propio la Fundación de Pacientes Cáncer de Pulmón, la Asociación ELA Argentina, la Asociación Civil Pacientes del Corazón, el Centro de Endocrinología, Salud, Alimentación y Nutrición, la Fundación Argentina de Síndrome Metabólico, el Círculo de Legisladores de la Nación, la Fundación Democracia, la Confederación General de Profesionales de la República Argentina, el Instituto Argentino de Empresa Familiar, el Instituto Autónomo de Derecho Contable, el Instituto Argentino de Longevidad Activa y el Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires.