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Cuadernos: la Sala III de Casación confirmó el procesamiento de Cristina Kirchner por la cartelización de la obra pública

La decisión la tomaron los jueces Liliana Catucchi, Eduardo Riggi y Guillermo Yacobucci

30 Septiembre de 2020 15.38

Una sala de la Cámara Federal de Casación Penal confirmó este miércoles el procesamiento por cohecho (coimas) de la vicepresidenta Cristina Kirchner, en una del ramillete de causas que se abrió a raíz de la aparición de los cuadernos de Oscar Centeno. En este caso es la causa por la "cartelización de la obra pública", en donde se estableció que funcionarios entre 2003 y 2015 montaron un sistema de "recaudación de fondos para recabar dinero ilegal con el fin de enriquecerse ilícitamente" del que participaron los empresarios pagando coimas. Allí también están procesados un importante grupo de empresarios.

Se trata de la primera decisión de relieve contra Cristina Kirchner desde que llegó a la vicepresidencia, resaltaron a Infobae fuentes judiciales. Si bien en términos concretos no modifica el escenario, porque el expediente ya había sido elevado al Tribunal Oral Federal 7 por el juicio oral, lo cierto es que aún quedaba este recurso pendiente que deja firme el procesamiento.

La decisión la tomaron los jueces de la Sala III, a cargo de Liliana Catucchi, Eduardo Riggi y Guillermo Yacobucci. El fallo se firmó cuando otra Sala, la I, con Ana María Figueroa a la cabeza, decidió revisar las declaraciones de los "arrepentidos" en el expediente principal y reclamar las grabaciones de esas confesiones. Hoy, también el fiscal de Casación Raúl Pleé reclamó dejar sin efecto esa medida.

No es un dato al pasar. El año pasado, hubo una "guerra abierta" en Casación sobre qué sala se quedaba con la causa cuadernos. Es que como el juez Claudio Bonadio abrió la causa de los cuadernos, adjuntándola a la causa Gas Licuado, que ya existía; y después fue declarando conexos expedientes que ya existían o que se abrían con las revelaciones de los arrepentidos, hubo idas y vueltas sobre a quién le correspondía intervenir en la revisión del caso.


Finalmente, la Sala I, con la presidencia de Figueroa y Daniel Petrone y Diego Barroetaveña como vocales, se quedó con el capítulo Centeno. La Sala III, en cambio, se quedó con el resto de los expedientes.

Ahora, los jueces de la Sala III resolvieron confirmar el procesamiento de Cristina Kirchner, al declarar inadmisible el planteo de la defensa. Catucci, Riggi y Yacobuchi analizaron la apelación presentada por la defensa de la hoy vicepresidenta al fallo que dictó el 29 de octubre de 2019 la Sala I de la Cámara Federal, a cargo de los jueces Leopoldo Bruglia y Pablo Bertuzzi, hoy en la mira por los traslados.

En ese fallo se confirmó la ampliación del procesamiento de CFK, que se había dispuesto originalmente en el expediente Centeno, "en cuanto la responsabiliza por 175 supuestos de cohecho pasivo, en calidad de coautora, todos ellos en concurso real" y se "atuvo a la prisión preventiva impuesta en la causa conexa 9.608/18". "Además en esa resolución la Cámara Federal confirmó parcialmente "el embargo decretado a Cristina Elisabet Fernández cuyo monto redujo a 200 millones de pesos".

En esa causa también están procesados el ex ministro de Planificación Julio de Vido y el ex secretario de Obras Públicas José López, el financista Ernesto Clarens y medio centenar de empresarios, entre los cuales figuran Ángelo Calcaterra (primo del presidente Mauricio Macri), Aldo Roggio, Carlos Wagner, Juan Chediack, Cristóbal López, Fabián de Sousa y Gerardo Ferreyra. Buena parte de los hombres de negocios procesados por el juez Claudio Bonadio confesaron como arrepentidos haberse beneficiado del sistema de cartelización por el cual se fraguaban las licitaciones y se pagaban coimas. Hubo otros que lo negaron.

El fallo de Casación


Contra esa decisión, los defensores de la ex presidenta fueron a Casación. "Considerando que la parte quejosa no logró refutar en forma adecuada la ausencia del presupuesto objetivo de admisibilidad que señaló el a quo como objeción al recurso que intentó ?dijeron los jueces?. En efecto, los argumentos de la impugnante, lejos de contrarrestar los fundamentos expuestos por el tribunal de la instancia anterior, evidencian sólo una opinión diversa sobre el asunto traído en examen, razón por la cual la presentación directa no logra superar la barrera de admisibilidad".

El fallo aseguró: "La defensa intentó discutir por esta vía elementos de prueba suficientes para avalar el tipo de pronunciamiento que pretenden atacar y que fueron acabadamente tratadas por la Alzada, sin cuestionamientos que pudieran perfilar una cuestión federal. Más aún cuando es el debate la etapa donde las partes tienen la oportunidad de discutir la prueba producida".

"Es por ello que la decisión impugnada no reviste la calidad de sentencia definitiva ni se equipara a ella en los términos del artículo 457 del Código Procesal Penal de la Nación, ya que no pone fin a la acción ni a la pena, no hace imposible que continúen las actuaciones, ni deniega la extinción, conmutación o suspensión de la pena", se aseguró.

A criterio de Casación, la resolución de Bruglia y Bertuzzi "ha satisfecho la garantía establecida en los artículos 8.1 y 8.2 h) de la Convención Americana sobre Derechos Humanos y en el artículo 14, inc. 5 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos ambos incorporados a la Constitución Nacional". "Al no haber podido los codefensores particulares acreditar fundadamente la existencia de una cuestión federal de entidad suficiente, ni la concurrencia de alguna circunstancia que imponga la habilitación de la competencia de esta Cámara Federal de Casación Penal como tribunal intermedio, conforme las pautas sentadas por la Corte", se declaró inadmisible el pedido de la defensa de Cristina Kircnner.