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Causa Hotesur-Los Sauces

Se solicitó la anulación de los sobreseimientos de Cristina Kirchner y sus hijos y hacer el juicio oral

El planteo de la fiscalia busca que la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal anule la decisión que tomó el Tribunal Oral Federla 5 que debía llevar acabo el juicio oral.

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09 Mayo de 2022 16.20

El fiscal general Mario Villar pidió este lunes anular el sobreseimiento que favoreció a todos los implicados en la causa Los Sauces-Hotesur, encabezados por la vicepresidenta Cristina Kirchner y sus hijos Máximo y Florencia Kirchner. Para el Ministerio Público, los dos jueces del Tribunal Oral Federal 5 que dictaron los sobreseimientos y decidieron no llevar adelante el juicio oral por los delitos de lavado de dinero y asociación ilícita. “No hay ninguna prueba nueva que habilite analizar la posibilidad de un sobreseimiento en esta etapa procesal”, sostuvo el escrito del Ministerio Público.

El escrito fue presentado ante la Sala I de la Cámara Federal de Casación Penal, que tiene bajo su análisis el caso. Los jueces Daniel Petrone, Diego Barroetaveña y Ana María Figueroa ya intervienen en otras causas que salpican a la vicepresidenta: cerraron la causa dolar futuro, validaron un planteo contra los arrepentidos de los “cuadernos” y también deberán analizar el sobreseimiento de la causa Memorándum. Por lo pronto, según indicaron  fuentes judiciales, con esta presentación de la Fiscalía sobre el fin del horario judicial del lunes, los jueces quedaron en condiciones de fijar una audiencia para escuchar a las partes.

El 26 de noviembre pasado, Cristina Kirchner, sus hijos, Máximo y Florencia, y el resto de los acusados en las causas “Hotesur” y “Los Sauces” fueron sobreseídos por los jueces Adrián Grünberg y Daniel Obligado y la disidencia de la magistrada Adriana Palliotti que votó por rechazar el planteo y por avanzar hacia el juicio oral. El sobreseimiento también alcanzó a los empresarios Lázaro Báez, Cristóbal López y Fabián de Sousa, a Romina de los Ángeles Mercado, sobrina de Cristina Kirchner e hija de la gobernadora de Santa Cruz Alicia Kirchner, y al contador Osvaldo Sanfelice, socio de la inmobiliaria de los Kirchner en Río Gallegos, entre otros.

En la causa “Hotesur” y “Los Sauces” -dos empresas de la familia Kirchner- se investiga un presunto lavado de dinero y asociación ilícita en el alquilar de hoteles y propiedades a los empresarios bajo la sospecha que fue una devolución de favores por los negocios públicos que obtuvieron durante los gobiernos de Néstor y Cristina Kirchner.

En su resolución, Obligado y Grünberg dijeron que no hubo lavado de dinero porque los hechos comenzaron cuando para combatir ese delito había una ley más benigna que la actual, entonces eso favorece a los imputados. Luego señalaron que cuando comenzaron los hechos no era punible el autolavado. Rechazaron la figura de dádivas y al analizar la hipótesis de asociación ilícita por la que habían sido acusados algunos de los imputados, los jueces señalaron que no se había “constatado mínimamente un concreto daño, o peligro, para con el orden o la tranquilidad pública” con el funcionamiento de la organización, correspondía el sobreseimiento. Su análisis estuvo centrado en prueba novedosa que aludía a los expedientes de la Obra Pública y la causa Oil Combustibles.

“El argumento del tribunal oral que niega la validez constitucional de los delitos de peligro abstracto y, por consiguiente, de la asociación ilícita como tal, no puede sino descartarse”, sostuvo el fiscal Villar. A lo largo de 105 páginas, el Ministerio Público repasó los dictámenes de acusación que derivaron en los procesamientos y aseguró: “la resolución aquí cuestionada efectuó una interpretación absolutamente arbitraria de una norma federal, contenida en el Código Penal”.

La fiscalía también denunció que se ignoró “los compromisos internacionales asumidos por el Estado en materia de lucha contra la corrupción y el lavados de activos”, circunstancia que puede originar la responsabilidad del Estado por el incumplimiento de sus obligaciones internacionales”.

“La gravedad de esta situación, sin dudas, pone en juego la fe en quienes tienen a su cargo la función judicial, comprometiendo directamente el sistema republicano de gobierno y su diseño institucional. La afectación al principio de división de poderes que deriva de que un tribunal resuelva este caso con base en su sola voluntad, sin acudir al derecho vigente, constituye otro supuesto de suma gravedad institucional. Es que, como ya hemos dicho, la resolución impugnada ha prescindido de las normas que rigen el caso, enmascarando la falta de fundamentos con apreciaciones dogmáticas. Ello implica desconocer la fuerza normativa de las leyes de alcance general que el Poder Legislativo dicta en el orden nacional”, se sostuvo.