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Disposición del COE

Mediante decreto, se especificaron los horarios para las actividades habilitadas

Se detalló con días y horarios, para mayor claridad de la ciudadanía.

22 Mayo de 2020 00.03

En el marco de las nuevas actividades habilitadas, el gobernador de la provincia, Raúl Jalil, dispuso la ampliación de las excepciones para el cumplimiento del “Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio”. En el decreto nº 709, se dispone exceptuar a diversas actividades, entre ellas la de comercios, “no consignándose en la oportunidad el horario específico de cada actividad comercial”.  
Ante esto es que se consideró necesario “emitir una Resolución Ministerial que complemente, aclare y especifique detalladamente actividad y horario a cumplir, conforme se establece en planilla que se agrega a la presente como Anexo I”, refiere la normativa.  
En el detalle se indica que para las farmacias y estaciones de servicios son los únicos que no tienen restricción horario o de día. En cambio, los kioscos 24 hs, comercios que venden alimentos expedidos por autoservicios, despensas o kioscos que no ocupen personal y los que expenden comidas y bebidas por delivery son quienes trabajarán de 8 a 01 hs de lunes a domingo. 
Distinto es el caso para los comercios que venden alimentos expedidos por supermercados, autoservicios y similares y carnicerías que ocupen personal, por cuanto son los únicos que tienen permitido abrir de 8 a 20 hs de lunes a sábado, mientras que los domingos lo pueden hacer de 9 a 14 hs. 
Ahora, el resto de las actividades, talleres de reparaciones de vehículos, motos y bicicletas, motores, lavaderos de vehículos, lavanderías, playas de estacionamiento sin llave, peluquerías, quinielas, actividades profesionales y ópticas solo pueden abrir sus locales de lunes a viernes de 8 a 20 hs y únicamente los sábados de 9 a 14 hs.  
Hay otros rubros que ya están exceptuados y son: venta de materiales de la construcción (incluidas ferreterías), agencias de ventas de vehículos, máquinas, etc. y sus talleres de mantenimiento o reparaciones, venta de repuestos para vehículos, motos y bicicletas, motores, repuestos, comercio y servicios en general, empresas constructoras de obras públicas o privadas y estos tienen permitido abrir de 8 a 18 hs de lunes a viernes y de 9 a 14 hs, los sábados. Los domingos no abren.