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Reforma Educativa: el borrador propone cambios que reconfiguran el rol del Estado, las escuelas y las familias

El anteproyecto presentado por el Poder Ejecutivo plantea una transformación profunda del sistema educativo: incorpora homeschooling, flexibiliza horarios, habilita la autonomía curricular, impulsa un modelo de financiamiento subsidiario y permite la enseñanza religiosa optativa en escuelas públicas. La familia pasa a ser el actor "primario" de la educación y el Estado queda relegado a un rol de intervención mínima.

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20 Noviembre de 2025 09.14

El debate por las reformas estructurales en Argentina ingresó de lleno al ámbito educativo con la presentación del borrador del Proyecto de Ley de Libertad Educativa, una iniciativa que aspira a reemplazar la Ley de Educación Nacional vigente desde 2006. El texto, compuesto por 136 artículos, propone un cambio de paradigma que reconfiguraría los cimientos del sistema educativo tal como se lo conoce en la actualidad. La propuesta toca aspectos sensibles: desde la gobernanza institucional y el rol del Estado hasta los contenidos curriculares, modalidades de cursado, financiamiento y evaluaciones.

El corazón filosófico del proyecto se expresa en su artículo inaugural, donde se establece que la familia es el "agente natural y primario de la educación de los hijos". Esta definición implica un desplazamiento del Estado como actor central del sistema educativo, otorgando a los padres una posición determinante en las decisiones que involucran la formación de sus hijos. Para institucionalizar ese protagonismo, la iniciativa crea la figura del "consejo escolar de padres", un órgano consultivo y participativo que intervendrá en la toma de decisiones junto con la dirección de cada establecimiento.

Este enfoque se articula con la noción de subsidiariedad del Estado, una categoría que ya genera intensos debates. Bajo este principio, la intervención estatal quedaría limitada a situaciones en las que las familias o las instituciones no puedan garantizar el derecho a la educación. Para críticos y especialistas, esta definición supone un retroceso en la concepción de la educación como un bien público, universal y garantizado por el Estado.

Uno de los capítulos más innovadores —y a la vez más polémicos— es el referido a la flexibilización de las modalidades de cursado. El proyecto habilita de manera formal la educación en el hogar (homeschooling), la educación a distancia y los formatos híbridos. Las familias que opten por estas alternativas deberán cumplimentar instancias periódicas de evaluación para acreditar aprendizajes, pero la posibilidad de cursado por fuera del sistema presencial tradicional representa una transformación de enorme impacto.

La autonomía curricular también es uno de los ejes del texto. El borrador permite que las escuelas definan hasta un 25% de su plan de estudios, manteniendo el 75% restante bajo lineamientos nacionales. Este margen de diseño propio promete diversificar propuestas pedagógicas, aunque también despierta interrogantes sobre desigualdades y estándares comunes.

Otra modificación sustancial es la del calendario escolar. En lugar de días obligatorios, el proyecto fija un mínimo anual de horas de clase: 720 horas para primaria y secundaria, y 540 para nivel inicial. La intención es garantizar tiempos efectivos de instrucción sin depender de la rigidez de un cronograma diario tradicional. Según el ejemplo que explicita el texto, 720 horas equivaldrían a 180 jornadas de 4 horas, aunque cada jurisdicción podría organizar su propia distribución.

No obstante, los capítulos más controversiales giran en torno al financiamiento y a la posibilidad de impartir educación religiosa en escuelas públicas. El borrador elimina la histórica meta de invertir el 6% del PBI en educación y propone un nuevo esquema de financiamiento subsidiario. Bajo esta lógica, parte de los recursos públicos podrían trasladarse directamente a las familias mediante vales educativos, becas o créditos fiscales. Para amplios sectores académicos, esta iniciativa abre la puerta a la "mercantilización" del derecho a la educación y podría fragmentar aún más el sistema.

En paralelo, el texto autoriza a las provincias a ofrecer enseñanza confesional en las escuelas públicas, de carácter optativo y por fuera del horario obligatorio. Aunque ese encuadre busca preservar el principio laico, la medida reaviva un debate histórico sobre la separación entre Estado e instituciones religiosas.

El proyecto también plantea un giro en la política de evaluación. La aplicación de las pruebas Aprender se torna anual y de carácter censal. Además, por primera vez se habilita la publicación de resultados de docentes y directivos, aunque sin identificar personas. Para los defensores de la medida, se trata de un paso hacia la rendición de cuentas; para los detractores, implica un riesgo de estigmatización y competencia mal orientada.

Con todo, el borrador de Libertad Educativa se presenta como uno de los textos de reforma más disruptivos de los últimos años. Su eventual tratamiento legislativo promete un debate intenso, atravesado por tensiones ideológicas, disputas de modelos pedagógicos y definiciones sobre el rol del Estado en el futuro educativo del país.