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Zona franca en Catamarca: la Justicia Federal aún no recibió consultas oficiales

El magistrado confirmó que el juzgado federal todavía no fue requerido formalmente por la discusión sobre la ubicación de la zona franca. En paralelo, explicó cómo se actúa ante los cortes de ruta en Fiambalá y Tinogasta y precisó los protocolos con los que cuentan las fuerzas de seguridad.

12 Octubre de 2026 16.04

La discusión sobre la ubicación de la zona franca en Catamarca continúa sin generar, hasta el momento, una intervención formal de la Justicia Federal. Así lo confirmó el juez federal Miguel Ángel Contreras, quien aseguró que el juzgado no recibió consultas oficiales ni información que implique la necesidad de actuar dentro de las competencias de ese fuero.

El magistrado explicó que conoce el debate a través de la información publicada y que está al tanto de las alternativas que se analizan para definir el emplazamiento de la zona franca en el oeste provincial. Sin embargo, distinguió el conocimiento público de la discusión de la existencia de un conflicto concreto que pueda requerir una intervención judicial.

"Todavía es una cuestión que no ha surgido en conflictos que puedan despertar nuestro interés competencial", explicó Contreras, al referirse a la situación actual del proyecto.

La definición establece una diferencia entre el debate político e institucional sobre dónde debería instalarse la zona franca y aquellas circunstancias que, por sus características, podrían quedar bajo la competencia de la Justicia Federal. Hasta ahora, según indicó el juez, la discusión no se tradujo en una situación que demande formalmente la actuación del juzgado.

De este modo, la ubicación de la zona franca permanece en el ámbito de la discusión política e institucional, sin que se haya presentado, de acuerdo con lo señalado por el magistrado, una consulta oficial que habilite una intervención específica del fuero federal.

Los cortes de ruta en Fiambalá y Tinogasta

Aunque la cuestión de la zona franca todavía no llegó formalmente a la Justicia Federal, Contreras se refirió a otra situación que sí genera consultas frecuentes: los cortes de ruta en las zonas de Fiambalá y Tinogasta.

El juez explicó que, en distintas oportunidades, se consulta a la Justicia Federal acerca de la posibilidad de liberar las rutas cuando se producen interrupciones del tránsito. Se trata de una problemática diferente de la discusión sobre el emplazamiento de la zona franca, ya que las consultas están vinculadas con situaciones concretas que afectan la circulación por los caminos.

En ese contexto, Contreras detalló que existen procedimientos previstos para actuar ante determinados episodios, especialmente cuando el corte de una ruta se produce de manera flagrante. El magistrado señaló que las fuerzas de seguridad cuentan con protocolos propios de actuación y que, frente a determinadas circunstancias, no necesitan necesariamente una orden judicial para intervenir.

"Si flagrantemente se está cortando una ruta, la Gendarmería o quien sea, aquí en cualquier parte del país, tiene un protocolo para actuar", sostuvo.

La explicación pone el foco en la diferencia entre las consultas que pueden llegar a la Justicia y las facultades de intervención que tienen las fuerzas de seguridad ante una situación concreta. Según lo expuesto por Contreras, la existencia de un corte flagrante puede habilitar la actuación conforme a los protocolos correspondientes, sin que resulte indispensable una orden judicial en todos los casos.

El transporte de cargas

Otro de los aspectos abordados por el juez fue la diferencia entre las dificultades que pueden experimentar los vehículos particulares y aquellas que afectan al transporte de cargas.

Contreras señaló que, en las situaciones vinculadas con las interrupciones del tránsito en el oeste provincial, muchas de las dificultades se producen especialmente para los camiones y los proveedores de insumos. En cambio, indicó que la circulación de vehículos particulares puede continuar.

Esta distinción resulta relevante para comprender el alcance de los problemas que generan los cortes de ruta. La afectación del transporte de cargas no implica necesariamente que todos los vehículos tengan impedido el paso, ya que, según la explicación del magistrado, existen diferencias entre el movimiento de particulares y el de quienes trasladan mercaderías o insumos.

En una región donde la circulación por las rutas y el movimiento de cargas son fundamentales para la actividad económica, las interrupciones pueden representar dificultades específicas para determinados sectores del transporte. La situación de Fiambalá y Tinogasta aparece así como una problemática que requiere distinguir las características de cada episodio, el alcance de las restricciones y las circunstancias en las que corresponde la intervención de las autoridades competentes.

Contreras no vinculó directamente estos cortes con la discusión sobre la zona franca, sino que explicó que se trata de cuestiones diferentes: mientras la ubicación del proyecto todavía no generó consultas oficiales al fuero federal, las interrupciones del tránsito sí motivaron consultas en distintas oportunidades.

Protocolos de actuación y competencia judicial

Las declaraciones del juez federal también permitieron precisar cómo se relacionan las actuaciones de las fuerzas de seguridad con la intervención de la Justicia.

De acuerdo con lo señalado por Contreras, ante un corte flagrante de una ruta, organismos como la Gendarmería cuentan con protocolos para actuar. Por esa razón, la intervención operativa no depende necesariamente, en todas las circunstancias, de una orden judicial previa.

La explicación no supone que la Justicia quede al margen de cualquier situación vinculada con los cortes de ruta, sino que diferencia los procedimientos de actuación de las fuerzas de seguridad de aquellas cuestiones que pueden requerir una consulta o una intervención judicial.

En ese sentido, las consultas que se realizan ante interrupciones del tránsito constituyen un escenario distinto del que presenta actualmente la discusión sobre la zona franca. En el primer caso, según detalló el magistrado, existen antecedentes de consultas sobre la posibilidad de liberar las rutas; en el segundo, el juzgado todavía no recibió información oficial que motive una actuación específica.

Esta diferenciación permite delimitar el estado actual de ambas cuestiones sin anticipar decisiones judiciales ni atribuir al magistrado definiciones que no expresó.