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Santa María

Abreviado: Condena de 15 años de cárcel para un abusador a quien lo iba a juzgar un Jurado Popular

La pena fue dictada por la jueza directora del juicio por jurados, Dra. Patricia Olmis. Las partes habían concurrido a la sala para participar de la audiencia de admisibilidad de prueba, pero al declararse culpable “lisa y llanamente” el imputado, se realizó un debate abreviado y se lo condenó.

12 Diciembre de 2022 15.31

En la mañana de hoy estaba previsto que en el recinto de la Cámara Penal N°1 se llevara a cabo la audiencia de admisibilidad de prueba, en el marco del cuarto Juicio por Jurados, donde un hombre mayor de edad -la identidad se preservar para resguardar a la víctima- iba a ser juzgado por un jurado popular, por el delito de abuso sexual con acceso carnal agravado por coerción y amenazas en perjuicio, grave hecho contra la integridad sexual del que resultara víctima una persona menor de edad.

Abierta la audiencia por la juez directora del proceso (juez técnica), la Dra. Patricia Olmis, el abogado defensor del imputado, Dr. Víctor García, pidió la palabra para su asistido, que se declaró culpable del delito por el que ocupaba el banquillo de los acusados.

En la audiencia estuvieron presentes también la Dra. Silvia Barrientos, quien representó a la madre de la niña víctima, y la fiscalía a cargo de la fiscal de la Cámara N°1, Dra. Daniela Barrionuevo, quien estuvo acompañada del fiscal que instruyó la investigación, Sebastián Pelisari.

 

Sentencia

 

Luego de escuchar los argumentos de la defensa y de las demás partes, advirtiendo la jueza que no se vulneraba ningún derecho de la víctima ni del imputado, resolvió, en un juicio de modalidad abreviada, dictar el veredicto de sentencia.

Fue así que la Jueza Olmis lo declaró culpable del delito, por el que estaba incriminado y por el cual ya se encontraba detenido en el penal de Miraflores, y lo condenó a la pena de 15 años de prisión de cumplimiento efectivo.

Concluida la audiencia, el ahora condenado fue nuevamente conducido por el personal del penal a la cárcel, donde purgará la condena.

Al haberse realizado el juicio abreviado, la audiencia de juicio por jurado (jueces de los hechos) quedó sin materia, por lo que ya no se realizará.

En la audiencia de mañana, es decir, en la admisibilidad de pruebas, más allá de que cada parte iba a proponer la prueba a reproducirse en el juicio por jurado, estas plantearían su teoría del caso.