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Conflictos financieros

El ARCA respondió los cuestionamientos de los damnificados de Beta Bank

Los ahorristas financieros apuntaron contra la Agencia de Recaudación de Catamarca, por la supuesta aprobación "Selenium - Fideicomiso Cripto Internacional" para operar en nuestra provincia, y desde el organismo estatal explicaron que carecen de facultades para habilitar financieras.

ARCA
ARCA Archivo

19 Mayo de 2022 18.37

Luego de la publicación que realizó LA UNIÓN donde un grupo de ahorristas financieros apuntaron contra la Agencia de Recaudación de Catamarca, por la supuesta aprobación "Selenium - Fideicomiso Cripto Internacional" para operar en nuestra provincia, el ARCA le respondió deslindando responsabilidad alguna con respecto al accionar de las financieras y explicó que carece de facultades para habilitar el ejercicio de actividades por parte de los contribuyentes y responsables de los distintos impuestos previstos en el Código Tributario de la Provincia.

La polémica surgió, tras las declaraciones que realizaron los propios damnificados de Beta Bank, a este medio,  denunciando que fueron convocados por el nuevo fideicomiso "Selenium - Fideicomiso Cripto Internacional" - cuya autorización para trabajar en Catamarca fue publicada en el Boletín Oficial el 14 de marzo del 2022-, donde además se  menciona como miembro integrante del directorio a Pablo Vargiú (vice cónsul de Italia en Catamarca), y que según los ahorristas fueron convocados para firmar un acta que le permitirá formar parte de este nuevo negocio financiero, pero que a su vez dejaría sin efecto el pago de la duda que vienen reclamando a la firma Beta Bank. Esta operación financiera propuesta por "Selenium - Fideicomiso Cripto Internacional"   despertó sospechas por parte los ahorristas, quienes aseguran que se trataría de una nueva estafa financiera. 

En ese contexto, el ARCA emitió un comunicado oficial donde destaca que las facultades del Organismo Fiscal son exclusivamente las previstas en el Artículo 14 del mencionado plexo normativo, a saber: 

a) Recaudar, verificar y fiscalizar los tributos. 

b) Determinar, acreditar y/o devolver los tributos vigentes o no, y los que en el futuro se establezcan. 

c) Aplicar sanciones por infracciones a las disposiciones de la norma de mención y demás leyes tributarias. 

d) Resolver las cuestiones atinentes a las exenciones tributarias.

e) Establecer y modificar su organización interna y reglamentar el funcionamiento de sus oficinas, sin alterar la estructura básica aprobada previamente por el Poder Ejecutivo. 

De acuerdo a lo expuesto los controles del organismo de recaudación son ex post, es decir, posteriores a la configuración de los pertinentes hechos imponibles, pero bajo ningún punto de vista previo a ello ni sujeto a habilitación alguna.

En consonancia con ello y sin ánimo de abundar, pero con la imperiosa necesidad de resaltar con claridad las facultades fiscales y evitar confusión en los contribuyentes, responsables y terceros, cabe destacar que el Fisco Provincial carece totalmente de facultades para habilitar el ejercicio de actividades comerciales, industriales y de servicios; ello a diferencia de otros entes que si la poseen. 

En lo atinente al desarrollo de actividades financieras llevadas a cabo en la provincia, resulta necesario también destacar que la designación de agentes de retención y percepción de impuestos, responsables por deuda ajena tributaria, tampoco implican la habilitación o convalidación de actividades, ello por cuanto tal cual se expresó supra, el Organismo Fiscal carece de tales facultades.

En cuanto al ejercicio de las facultades de verificación y fiscalización de impuestos respecto de las actividades financieras llevadas a cabo por determinados contribuyentes se informa que en septiembre de 2.020 se comunicó a AFIP presuntas inconsistencias tributarias evidenciadas por determinados contribuyentes y se solicitó a ese organismo Nacional la realización de verificaciones y fiscalizaciones conjuntas. En fecha posterior se insistió con la solicitud de mención y se requirió información a efectos de llevar a cabo controles propios e inherentes a las facultades previamente descriptas. El fisco Nacional respondió algunos de estos requerimientos en el mes en curso, destacando que al día de la fecha las inspecciones se encuentran en plena vigencia.