Ultimátum judicial a la ANSES: la Cámara Federal exige restituir la pensión por viudez a CFK
La Justicia fijó una fecha límite para el reintegro de los haberes previsionales de la ex mandataria, rechazando las garantías económicas solicitadas por el organismo estatal.

La escena judicial y previsional de la Argentina suma un nuevo capítulo de alto impacto político y administrativo. La Cámara Federal de la Seguridad Social dictó una medida tajante al intimar legalmente a la Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) para que efectivice la devolución de una de las asignaciones percibidas por la ex presidenta. De acuerdo con el documento emitido, el organismo estatal dispone de un plazo estricto de 10 días para realizar la correspondiente devolución de los haberes.

El dictamen, que fue publicado formalmente este miércoles, lleva la firma de la jueza federal Karina Alonso Candis. En la resolución, la magistrada no solo establece la fecha precisa para el reintegro de los fondos previsionales, sino que añade una advertencia legal de peso al fijar que la medida se dicta "bajo apercibimiento de ejecución". Esto implica que, de no cumplirse el mandato en el tiempo estipulado, la Justicia posee las facultades para forzar el cumplimiento de la orden de manera compulsiva.

La distinción entre las prestaciones de privilegio

Uno de los puntos clave del documento judicial radica en la delimitación precisa de qué beneficio es el que se ordena restablecer y cuál permanece inalterado por el momento. El tribunal fue categórico al diferenciar las prestaciones de la actual titular del Partido Justicialista:

Pensión por fallecimiento: La orden judicial aplica de forma exclusiva a la pensión por viudez derivada del ex presidente fallecido Néstor Kirchner.

Asignación vitalicia como ex jefa de Estado: Esta prestación no está alcanzada por el fallo actual y continúa suspendida administrativamente debido a la condena que pesa sobre Cristina Kirchner en el marco de la conocida causa Vialidad.

A través de esta diferenciación, la Cámara Federal deja en claro que el reclamo por los haberes derivados del fallecimiento de su cónyuge corre por un carril técnico independiente de su situación procesal como ex mandataria nacional.

El intento fallido de la ANSES por resguardar los fondos

La intimación actual se produce semanas después de que la ANSES intentara bloquear el desembolso inmediato a través de recursos legales. Específicamente, el pasado 11 de junio, los representantes legales del organismo previsional le habían solicitado formalmente a la Justicia la fijación de una caución real o personal.

Para la ANSES, esta garantía constituía una condición ineludible que debía cumplirse antes de realizar cualquier tipo de devolución de la pensión de privilegio a la ex presidenta. El fundamento de esta estrategia judicial se estructuró bajo los siguientes argumentos técnicos y normativos:

Protección del erario público: El pedido de garantía pretendió explícitamente "proteger" los fondos públicos del Estado frente a la posibilidad de un cambio de escenario judicial en el corto o mediano plazo.

Marco normativo: El planteo judicial se basó y estuvo avalado por lo establecido en el artículo 5 de la Ley 26.854 de medidas cautelares.

Seguro de cobertura: Dicha normativa exige que el solicitante otorgue un seguro por "los eventuales daños y perjuicios" antes de que una orden de esta índole se efectúe formalmente.

Con esta petición, las autoridades del organismo previsional buscaban contar con un respaldo económico seguro. La meta principal era garantizar que el Estado Nacional pudiera recuperar de manera efectiva la totalidad del dinero liquidado en caso de que, en una instancia posterior, la Corte Suprema revocara la medida cautelar que solicitó la restitución del beneficio, dictaminando un fallo de fondo adverso para Cristina Kirchner.

Las cifras detrás del beneficio reclamado

Más allá del debate procedimental, el impacto económico de la resolución de la jueza Alonso Candis es sumamente significativo. Las estimaciones oficiales que maneja el propio organismo del Estado respecto a la asignación mensual vitalicia reclamada por la viuda de Néstor Kirchner arrojan datos concretos sobre la magnitud de la erogación:

Equivalencia previsional: El monto mensual de la pensión equivale a un total de 38 haberes mínimos.

Impacto monetario de la liquidación: Dicha equivalencia representa una suma estimada de $15,3 millones mensuales que deberán ser restituidos a la ex presidenta.

Ante el rechazo de los argumentos de la ANSES y la desestimación de las cauciones solicitadas para frenar el pago, el reloj de la Justicia ha comenzado a correr. El organismo estatal se enfrenta ahora a una encrucijada estrictamente legal, con un contador de 10 días para liquidar los millones correspondientes a la pensión por viudez o afrontar las consecuencias de la ejecución judicial dictada por la Cámara.