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Por primera vez en nuestro país, una adolescente tendrá tres tutores legales

La joven tendrá los tres apellidos: el de su padre adoptivo, el del padre biológico y el de su madre.

11 Mayo de 2022 01.13

Este martes la Argentina festejó un fallo histórico en el que por primera vez una persona podrá tener tres tutores legales. Se trata de una adolescente de 16 años en Córdoba que pasó a tener los tres apellidos: el de su padre adoptivo, el del padre biológico y el de su madre.

“Esto es sumar afectos, es sumar amor”, expresó la jueza de Familia, Julia Rossi, que dictó la inconstitucionalidad del artículo 558 del Código Civil y Comercial por establecer que ninguna persona puede tener más de dos vínculos filiales.

 

Trastorno bipolar y episodios de maltrato por parte de la madre

 

Todo comenzó hace 16 años cuando la madre de la joven quedó embarazada y terminó pronto su relación con el padre biológico de la nena.

Durante la gestación, conoció a un obstetra prestigioso, con el que se puso en pareja ocho meses después de que naciera la bebé y se fueron a vivir juntos. A partir de ese momento, el padre adoptivo cuidó siempre de la niña, incluso después de que se separara de su madre.

Según trascendió, la madre fue internada por un trastorno bipolar en un neuropsiquiátrico luego de tener varios episodios de maltrato con su hija. Por este motivo, la justicia ordenó que la menor fuera a vivir con su padre biológico, pero debía mantener la relación socioafectiva con el hombre que la cuidó desde el nacimiento. Los dos decidieron entablar una buena relación para que la chica no sufriera.

Una vez que la mamá fue dada de alta, la justicia determinó que la menor volviera a vivir con ella. Sin embargo, volvieron las peleas y en 2018 -ya adolescente- decidió ir a vivir de forma permanente a la casa del padre adoptivo sin perder el vínculo fluido con su padre biológico y sus hermanos.

El médico se presentó hace dos años en la justicia para solicitar la triple filiación, ya que la joven no quería “desplazar la relación sus padres biológicos”, sino sumar un vínculo fundamental que la acompañó desde bebé.

“Nuestro ordenamiento civil prevé que ninguna persona civil pueda tener más de dos vínculos filiales. Lo que nosotros planteamos en el caso es que esta norma es inconstitucional, porque no refleja los cambios que incluso están en el nuevo código civil. El actual código civil ya no habla de la familia, sino de las familias”, dijo Julia Rearte, la abogada del obstetra en el programa El Show del Lagarto.

 

Cómo fue el histórico fallo para aprobar por primera vez tres tutores legales

 

La jueza Rossi remarcó el vínculo genuino entre la niña y el padre del corazón desde 2016. “En el presente son padre e hija por elección y se prodigan mutuo afecto y ello es la base de su relación familiar que no puede ser desconocida ni por la sociedad, ni por el Estado y menos aún por esta magistratura. [...] El señor 'X' es quién ejerció cotidianamente todas las obligaciones inherentes a la responsabilidad parental sin obstruir los vínculos parentales legales que la joven ya tiene por naturaleza”, plantea el fallo.

De esta manera, declara la inconstitucionalidad del artículo 558 del CCyC argumentando la necesidad de “democratizar las familias”. Expresó: “Entiendo que como parte integrante del Estado debo proteger y promover la formación de todo tipo de familias sin discriminar ni privilegiar unos modelos por sobre otros. Se trata nada más y nada menos de la democratización de las familias, de las diversas formas familiares que reclaman ser visibilizadas social y legalmente. Cada persona es libre para elegir formar la familia que desea en su proyecto de vida”.

El fallo quedó firme hoy, luego de que los padres biológicos de la joven no apelaran la decisión de Rossi y ahora podrá tener los tres apellidos: el de su padre adoptivo, el del padre biológico, y el de su madre, en el orden que la misma adolescente eligió.

 

La emotiva carta que le escribió la jueza a la adolescente

 

La magistrada le dedicó unas emotivas palabras a la adolescente que abrió un nuevo camino en la construcción de las familias.

“Evalué que efectivamente durante más de 15 años 'X' es quien se ha comportado como tu papá, asumió distintas responsabilidades que hacen a tu crianza, a que puedas cubrir tus necesidades de alimentos y educación, de vivienda, de recreación, de salud, de esparcimiento, de vestimenta, entre otras. Pero lo más importante fue que 'X' siempre ha puesto por encima de todo lo que cree que es mejor para vos, te ha acompañado en cada momento de tu vida, y por sobre todo ha demostrado que te quiere como su hija. También consideré que tu papá biológico no se opone al pedido de 'X' y que tu mamá no vino a esta causa y que ellos durante todo este tiempo permitieron y consintieron que la relación que tenés con él se desarrolle como se hizo hasta hoy. Nos quedó muy en claro también que vos querés ser la hija de 'X' porque durante muchos años han logrado formar, construir y sostener un verdadero vínculo de padre e hija fundado en el amor que también pudimos ver y sentir todos. Estoy convencida de que hacer efectivo este vínculo desde lo legal es lo que más te conviene; y eso está por encima de todo. Hoy 'X', tu papá del corazón (como vos lo llamás), es también tu papá en la partida de nacimiento y en tu documento de identidad. Así se cumple tu sueño tan anhelado”.