El Ministerio de Salud de la provincia informó a la comunidad que el anexo de la Libreta Sanitaria juvenil debe ser gestionado únicamente por los adolescentes que hayan nacido hasta 2013 inclusive.
La aclaración surge en el contexto de que algunas instituciones educativas están exigiendo a los tutores la Libreta Sanitaria juvenil para completar los requisitos vinculados al ingreso escolar. Frente a esa situación, la cartera sanitaria precisó el alcance del trámite y delimitó con claridad el universo alcanzado por la obligación.
Desde la Dirección de Maternidad, Infancia y Adolescencia explicaron que los niños, niñas y adolescentes que nacieron a partir del año 2014 ya cuentan con la nueva Libreta Sanitaria infanto juvenil, documento que incorpora el anexo correspondiente.
Diferencias según año de nacimiento
El Ministerio estableció una distinción concreta según la fecha de nacimiento:
Nacidos hasta 2013 inclusive: deben gestionar el anexo de la Libreta Sanitaria juvenil.
Nacidos a partir de 2014: ya recibieron la nueva Libreta Sanitaria infanto juvenil, que contiene el anexo donde se registran los controles requeridos para el ingreso a la secundaria.
De esta manera, quienes hayan nacido desde 2014 en adelante no deben realizar ningún cambio adicional, ya que el documento entregado oportunamente incluye el apartado necesario para acreditar los controles correspondientes.
La nueva Libreta Sanitaria infanto juvenil contempla el registro de los controles exigidos para el ingreso a la escuela secundaria, evitando así la necesidad de trámites complementarios para ese grupo etario.
Dónde y cómo gestionar el anexo
En el caso de los y las adolescentes nacidos hasta 2013, el trámite puede realizarse en la sede de la Dirección de Maternidad, Infancia y Adolescencia, ubicada en Chacabuco 169, en el horario de 8 a 12 horas.
Para llevar adelante la gestión, se debe concurrir con la Libreta Sanitaria en uso, requisito indispensable para la incorporación del anexo correspondiente.
Los puntos centrales del trámite son:
Presentarse personalmente en la Dirección.
Asistir en el horario establecido, de 8 a 12 horas.
Llevar la Libreta Sanitaria que se encuentra actualmente en uso.
La autoridad sanitaria remarcó la importancia de cumplir con estos requisitos para evitar demoras en la gestión.
Qué hacer en caso de extravío o robo
El Ministerio también detalló el procedimiento a seguir en caso de extravío o robo de la Libreta Sanitaria. En esas situaciones, será necesario presentar la siguiente documentación:
Partida de nacimiento del o la menor.
DNI con domicilio actualizado en la provincia, correspondiente al menor.
Exposición policial que acredite el extravío o robo.
Esta documentación permitirá avanzar en el trámite correspondiente para regularizar la situación y contar con el documento sanitario actualizado.
La Libreta Sanitaria como único documento válido
La cartera de Salud subrayó que la Libreta Sanitaria es el único documento de salud válido para el ingreso escolar. Este punto resulta central en el contexto actual, en el que algunas instituciones educativas requieren la presentación de la documentación para completar la inscripción o habilitar la continuidad del ciclo lectivo.
El documento sanitario cumple una función esencial al registrar los controles de salud y constituye la constancia oficial exigida para el ámbito educativo.
Con esta aclaración, el Ministerio busca ordenar la demanda administrativa y evitar confusiones entre las familias, delimitando con precisión quiénes deben gestionar el anexo y quiénes ya cuentan con la libreta actualizada.
La comunicación oficial apunta así a brindar certezas en un período clave del calendario escolar, asegurando que los trámites se realicen conforme a lo establecido y que cada grupo etario cumpla con los requisitos correspondientes sin generar gestiones innecesarias.