En el cierre de un año marcado por cambios en la política de feriados y días no laborables, el Gobierno nacional confirmó el otorgamiento de asueto administrativo para los trabajadores de la administración pública nacional los días 24 y 31 de diciembre, en la antesala de las celebraciones de Navidad y Año Nuevo.
La decisión cobra especial relevancia luego de que el Ejecutivo eliminara la jornada no laborable correspondiente al Día del Empleado Público, que se celebraba cada 27 de junio. En ese contexto, el otorgamiento del asueto para las vísperas de fin de año aparece como una medida compensatoria destinada a facilitar la organización familiar y los traslados propios de estas fechas.
Según lo establecido en la normativa, "los días 24 y 31 de diciembre representan las vísperas de las mencionadas festividades y se encuentran habitualmente destinados a la realización de los preparativos propios de tales celebraciones, así como a los desplazamientos necesarios para posibilitar el encuentro familiar".
El texto oficial agrega que, por ese motivo, "resulta oportuno facilitar la organización, descanso y disfrute de las festividades, permitiendo que las personas puedan disponer de un tiempo razonable para concretar los preparativos, desplazamientos y actividades vinculadas a dichas conmemoraciones".
Desde el Gobierno remarcaron que la medida no tendrá impacto fiscal. En ese sentido, señalaron que el asueto administrativo "no implica erogación presupuestaria alguna para el Estado Nacional" y que, además, tendrá efectos positivos en otros sectores de la economía.
De acuerdo con el decreto, la decisión "repercutirá de manera beneficiosa en el sector turístico de la República Argentina", al favorecer los viajes internos y los encuentros familiares, y "garantizará que todos los argentinos puedan disfrutar de las fiestas en un marco de libertad".
El Ejecutivo también aclaró que el otorgamiento del asueto no afectará el funcionamiento de los servicios esenciales. "Razones de conveniencia, oportunidad y buena administración justifican el otorgamiento de asueto administrativo para los días 24 y 31 de diciembre del corriente año, sin afectar la prestación de los servicios esenciales", sostiene el texto oficial.
Los feriados de 2026: lo que ya está definido
Si bien el Gobierno aún no oficializó el cronograma completo de feriados para 2026, los días no laborables y feriados nacionales establecidos por ley ya se encuentran definidos.
Como ocurre cada año, el calendario incluirá feriados inamovibles, feriados trasladables y días no laborables, además de la posibilidad de que el Poder Ejecutivo establezca hasta tres feriados puente con fines turísticos, facultad prevista en la legislación vigente.
La Ley 27.399 establece que los feriados trasladables que caigan martes o miércoles deberán trasladarse al lunes anterior, mientras que aquellos que coincidan con jueves o viernes pasarán al lunes siguiente, con el objetivo de fomentar los fines de semana largos.
Calendario de feriados y días no laborables 2026
Enero
Jueves 1° de enero: Año Nuevo (feriado inamovible)
Febrero
Lunes 16 de febrero: Carnaval (feriado inamovible)
Martes 17 de febrero: Carnaval (feriado inamovible)
Marzo
Martes 24 de marzo: Día Nacional de la Memoria por la Verdad y la Justicia (feriado inamovible)
Abril
Jueves 2 de abril: Día del Veterano y de los Caídos en la Guerra de Malvinas (feriado inamovible) y Jueves Santo (día no laborable)
Viernes 3 de abril: Viernes Santo (feriado inamovible)
Mayo
Viernes 1° de mayo: Día del Trabajo (feriado inamovible)
Lunes 25 de mayo: Día de la Revolución de Mayo (feriado inamovible)
Junio
Miércoles 17 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Martín Miguel de Güemes (feriado trasladable)
Sábado 20 de junio: Paso a la Inmortalidad del General Manuel Belgrano (feriado inamovible)
Julio
Jueves 9 de julio: Día de la Independencia (feriado inamovible)
Agosto
Lunes 17 de agosto: Paso a la Inmortalidad del General José de San Martín (feriado trasladable)
Octubre
Lunes 12 de octubre: Día del Respeto a la Diversidad Cultural (feriado trasladable)
Noviembre
Viernes 20 de noviembre: Día de la Soberanía Nacional (feriado trasladable)
Diciembre
Martes 8 de diciembre: Día de la Inmaculada Concepción de María (feriado inamovible)
Viernes 25 de diciembre: Navidad (feriado inamovible)