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Educación

7° Asamblea Ordinaria nivel secundario en modalidades común, rural, jóvenes y adultos, técnicas y agrotécnicas

02 Mayo de 2023 18.07

El Ministerio de Educación a través de la Secretaria de Gestión Educativa comunica que por Resolución SGE (ME) N° 43/2023 se autoriza la realización de la 7° ASAMBLEA ORDINARIA DE OPCIÓN PARA LA COBERTURA DE CARGOS U HORAS CÁTEDRA INTERINAS Y/O SUPLENTES para las Instituciones Educativas de los Niveles Secundario, en la modalidad Común, Rural, Jóvenes y Adultos, Técnicas y Agrotécnicas de Gestión estatal pública, de acuerdo al siguiente detalle, a llevarse a cabo el día jueves 4 de mayo de 2023 en las Escuelas Cabeceras Departamentales habilitadas, a partir de las 08:00 hs. y hasta concluir.

La Asamblea correspondiente a Zona I: Capital, Valle Viejo y Fray Mamerto Esquiú se llevará a cabo en las instalaciones de “Escuela Activa”, sito en calle 9 de julio 1.015 (esquina Mate de Luna) de San Fernando del Valle de Catamarca, según el cronograma de llamado.

Disponer para la Zona VI – Andalgalá, que la misma se lleve a cabo el día jueves 4 de mayo de 2.023 enla Escuela Cabecera Departamental habilitada a partir de las 14:30 horas y hasta concluir el cronograma establecido

En la oportunidad se convoca a la Asamblea Ordinaria a los docentes titulares con horas en disponibilidad donde podrán reasignar dichas horas en las vacantes existentes -marco regulatorio establecido en el Anexo Único de la Resolución Conjunta E-MTRH N° 50/2021-. Dicho llamado será en primer lugar, en segundo lugar, a los docentes titulares de la Escuela de donde se ofrece la vacancia o suplencia siguiendo el Listado de Orden de Mérito, seguidamente se ofrecerán los cargos u horas cátedras a los docentes que no pertenecen a la escuela pero que están inscriptos en LOM.

 

Cronograma y orden de llamado

 

ZONA 1- ORDEN DE LLAMADO POR ESPACIOS Y PERFILES AFINES   PRIMERA ASAMBLEA ORDINARIA:

1-    CARGOS DE SECRETARÍA Y PROSECRETARÍA.

2-    COMUNICACIÓN SOCIAL/LENGUAS EXTRANJERAS/ LENGUA Y LITERATURA

3-    TECNOLOGÍA

4-    MATEMÁTICA

5-    EDUCACIÓN FÍSICA

6-    FILOSOFÍA

7-    FORMACIÓN ETICA Y CIUDADANA/CIUDADANÍAS

8-    CIENCIAS POLÍTICAS

9-    HISTORIA

10- EDUCACIÓN ARTÍSTICA/ LENGUAJE ARTÍSTICO

11- GEOGRAFÍA

12- ECONOMÍA POLÍTICA

13- BIOLOGÍA/ CS DE LA TIERRA

14-  FÍSICA/FÍSICA CLÁSICA/FÍSICA CONTEMPORÁNEA/QUÍMICA/ QUÍMICA ANALÍTICA

15- NUEVAS TICS

16- ESPACIOS CURRICULARES DE LA    ESPECIALIDAD TÉCNICA. 

Cabe recordar que al momento de la opción los docentes deberán asistir munidos de la siguiente documentación, estipulada en la normativa para tal fin -Anexo I del Decreto Acuerdo N° 636/2021:

  • DNI: Original vigente y fotocopia
  • Deberán validar la Declaración Jurada de Cargos en la Plataforma informática para tal fin, y completar los campos que se requieran y/o editarla, a efectos de generarla para poder imprimirla con fecha de hasta 48 hs. de antelación. La Declaración Jurada impresa deberá presentarse al momento de la asamblea, sin necesidad de ser firmada por las autoridades de la institución y/o repartición. Si tuviera cargos en Instituciones de dependencia Nacional, Provincial, Municipal y de Educación Privada, será responsabilidad del Docente declararlos en forma digital en su totalidad en el módulo de la plataforma. En el caso de Personal de Policía de la Provincia deberán ajustarse a la Ley Provincial Nº 2.444 (artículos 28º y 29º).
  • En el caso que hubieren efectuado algún movimiento reciente en sus cargos u horas cátedras que el sistema no registre, deberán adjuntar copia del instrumento legal correspondiente (documentación de licencia, acta de cese, etc.) debidamente certificado al momento de la Asamblea.
  • No podrán optar los docentes en usufructo de licencias de cualquier naturaleza que les imposibilite el dictado de clases.
  • El aspirante que no presenciará las Asambleas de Opción de Cargos, podrá ser representado por una persona debidamente autorizada por mandato notarial o formulado ante Juez de Paz, con jurisdicción en su lugar de residencia.
  • Para los docentes titulares con horas en disponibilidad, se agregará a la documentación regular que debe presentar en Asamblea, una Certificación de Servicios rubricada por la Autoridad Escolar (Director o Vicedirector).
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