Con el comienzo de julio, miles de monotributistas deben prestar atención a una de las obligaciones más importantes del calendario fiscal. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (Arca) recordó que ya es momento de revisar si la categoría del Monotributo continúa siendo la correcta o si corresponde realizar una recategorización.
Aunque el trámite vence el 5 de agosto de 2026, durante julio es cuando comienza el proceso de análisis para determinar si hubo cambios en la actividad económica durante los últimos 12 meses, período comprendido entre julio de 2025 y junio de 2026.
La recategorización se realiza dos veces al año, en febrero y agosto, y tiene como objetivo que cada contribuyente tribute de acuerdo con su nivel real de ingresos y actividad.
Qué deben revisar los monotributistas en julio 2026
A la hora de determinar si corresponde cambiar de categoría, Arca no toma en cuenta únicamente la facturación anual. El organismo establece que los contribuyentes deben analizar cuatro parámetros fundamentales:
- Ingresos brutos obtenidos durante los últimos 12 meses.
- Alquileres devengados.
- Superficie destinada al desarrollo de la actividad.
- Energía eléctrica consumida.
Los monotributistas que hayan tenido cambios en su actividad durante el último año deberán recategorizarse antes del 5 de agosto para evitar una recategorización de oficio por parte de ARCA. (Imagen web)
Si alguno de estos indicadores supera o queda por debajo de los límites establecidos para la categoría actual, será obligatorio realizar la recategorización. En cambio, quienes continúan dentro de los parámetros correspondientes a su categoría no deberán efectuar ninguna gestión.
Lo mismo ocurre con los contribuyentes que llevan menos de seis meses inscriptos en el régimen simplificado. El trámite se realiza de forma completamente online a través del portal de Monotributo de Arca, utilizando Cuit y clave fiscal.
Una vez dentro del sistema, el contribuyente debe ingresar a la opción "Recategorizarme", revisar la información disponible, verificar la facturación registrada y completar los datos correspondientes a su actividad. Luego, el sistema calcula automáticamente la categoría que corresponde según los parámetros informados y permite confirmar el trámite.
Además, Arca mantiene disponible la modalidad de recategorización simplificada, que muestra de manera automática la facturación anual registrada por el organismo. Esto agiliza el procedimiento, aunque es recomendable revisar cuidadosamente que toda la información sea correcta antes de aceptar la categoría propuesta.
No cumplir con la recategorización cuando corresponde puede generar inconvenientes con el organismo fiscal. Si Arca detecta diferencias entre la categoría declarada y la actividad real del contribuyente, por ejemplo, a partir de compras, gastos, acreditaciones bancarias o niveles de facturación incompatibles, puede iniciar una recategorización de oficio.
En ese caso, la notificación se enviará al Domicilio Fiscal Electrónico dentro de los diez días hábiles posteriores al vencimiento del plazo. Quienes no estén de acuerdo con la decisión podrán presentar una apelación a través del servicio "Presentaciones Digitales", siempre que lo hagan dentro de los 15 días posteriores a la notificación.