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Kelly Olmos aclaró los montos para cobrar el bono y qué pasa con el “Dólar Ahorro”

Precisó que los $400.000 son un techo incluida la suma fija y que quienes lo cobren no puede acceder al mercado de cambio oficial.

29 Agosto de 2023 11.53

La ministra de Trabajo, Raquel “Kelly" Olmos, aclaró hoy los montos salariales para que los trabajadores tengan derecho a cobrar la suma fija otorgada por el Gobierno nacional y advirtió que quienes la perciban no podrán acceder al mercado de cambio oficial.

Olmos indicó que los $ 400.000 son un tope salarial incluyendo el bono, por lo cual lo cobrarán completo aquellos trabajadores con salarios de agosto de hasta $ 370.000 incluidos también eventuales aumentos ya acordado. Esto implica que un trabajador con sueldo de julio de $ 350.000 cobrará los $ 30.000 completos si no tiene ningún aumento pactado para agosto.

Si tuviese un ajuste de 10% su sueldo pasará a ser de $ $ 385.000 y sólo cobrará de bono $ 15.000 hasta completar el tope de $ 400.000.

“Se completa hasta el tope de $ 400.000”, aclaró hoy Olmos en declaraciones radiales. La información inicial suponía que los $ 30.000 serían para todos los trabajadores con sueldos de hasta $ 400.000 pero esta precisión cambia el concepto de esa cifra que ahora pasa a ser un tope.

Por otro lado, Olmos advirtió que quienes cobren este bono quedarán excluidos del mercado de cambio oficial, o sea que no podrán acceder al “Dólar Ahorro” al precio de $ 642,25. “Queremos que el dinero vaya al consumo no a la brecha”, afirmó Olmos al dar a conocer la decisión.

De todas maneras este era un mercado muy restringido, con múltiples excluidos por diferentes razones. A saber:

-Beneficiarios subsidios energéticos y de agua.

-Beneficiarios de planes sociales o programas de ANSES como la Asignación Universal por Hijo.

-Personas sin ingresos declarados o consistentes, por lo que incluye tanto a personas que no tienen trabajo o trabajan de manera informal/en negro.

-Cotitulares de cuentas bancarias.

-Quienes refinanciaron algún saldo de la tarjeta de crédito en los últimos 12 meses.

-Monotributistas que pidieron préstamos a tasa 0.

-Las personas que accedieron al tipo de cambio "MEP".

-Los titulares de créditos UVA que se beneficiaron del congelamiento de tarifas durante la pandemia.

-Los dueños de pequeñas y medianas empresas que hayan accedido a préstamos a tasas preferenciales.

-Personas que se beneficiaron del "refuerzo de ingresos"

-Personas que hayan operado certificados de Depósitos Argentinos, más conocidos como Cedears, criptomonedas u obligaciones negociables en los últimos 90 días. En caso de acceder al dólar ahorro, se impide acceder a dichos activos durante los 90 días posteriores a la última compra del dólar ahorro.

-Personas incluidas en la moratoria previsional.