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Deberá cumplir la pena de 12 años de prisión

El cura Juan de Dios Gutiérrez comenzó a cumplir su condena en el penal de Miraflores

Ayer a la noche ingresó a la cárcel trasladado por la policía luego de ser detenido en Belén. Es el primer sacerdote que cumplirá condena por delitos de índole sexual en la cárcel. La Corte rechazó el agravio de la defensa.

Momento en el que el sacerdote era notificado de la detención.
Momento en el que el sacerdote era notificado de la detención.

04 Mayo de 2022 10.27

En las últimas horas de ayer el sacerdote del Clero catamarqueño Juan de Dios Gutiérrez ingresó al penal de Miraflores, en el departamento Capayán luego de que la Corte de Justicia de la provincia rechazara el planteo formulado por la defensa del cura ante el dictado de la condenada impuesta por la Cámara Penal N°3 de 12 años de prisión por el abuso sexual de una adolescente cuando estaba a cargo del grupo juvenil de la parroquia.

Fuentes judiciales le confirmaron a LA UNIÓN, que la detención del sacerdote quien gozaba de la libertad, a casi un año de haber sido condenado -15-05-2021- se concretó en la tarde noche del martes pasado, por personal policial quienes lo trasladaron previo exámenes de rigor al penal de Miraflores, permaneciendo por el momento en una celda de aislamiento. Celda en la que son colocados los internos cuando llegan al penal por un tiempo mínimo para su adaptación al contexto de encierro.

Cumplido ese periodo, en el que se le realizan distintos tipos de pericias y entrevistas con el personal profesional del penal, Gutiérrez sería trasladado al pabellón de los condenados por delitos contra la integridad sexual donde cumplirá su condena.

 

Rechazo


El 3 de mayo, tal como lo publicó en su pagina digital de LA UNIÓN, se conoció el autointerlocutorio N°14 dictado por la Corte de Justicia de la provincia a través del cual se rechazó el recurso de agravio interpuesto por la defensa del cura Juan de Dios Gutiérrez, condenado por abuso sexual con acceso carnal por ser ministro de un culto el 14 de mayo del año 2021 por la Cámara de Sentencias en lo Penal de 3º Nominación resolvió declarar culpable a Juan de Dios Gutiérrez, imponiéndole, en consecuencia, la pena de doce años de prisión.

El procurador de la  Corte entendió que el remedio federal interpuesto por la defensora del nombrado Gutiérrez, Dra. Natalia Beatriz Peyre, no debía prosperar, dando como razones algunas que se comentan a continuación. En la carátula, como cuestión federal, la recurrente plantea la nulidad de la sentencia impugnada “que confirmó la condena de prisión, aplicando la ley posterior al hecho, la [errónea] valoración de la prueba y la irracionabilidad de la condena  Así también, argumento que la sentencia es arbitraria, por defectuosa motivación, “en aplicación errónea de la ley sustantiva”, afectando el derecho de defensa del imputado, los principios de legalidad y reserva (arts. 18 y 19 de la Constitución Nacional); puesto que condena al imputado en virtud de lo dispuesto en el artículo 119, 3º párrafo, del Código Penal, con la reforma introducida por la Ley 27.352.

Por otro lado, sostiene que el hecho no quedó acreditado, que lo único que quedó acreditado es el encuentro del imputado con la menor en el lugar denominado Río de los Gatos y la existencia de mensajes y comunicación entre ellos (...).