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Historia, herencia y legitimidad

El sable de San Martín y el conflicto de los herederos: una disputa por el destino de la historia

Tras el traslado del sable corvo al Regimiento de Granaderos a Caballo, un grupo de descendientes de la familia Terrero mantiene abierta una causa judicial. El expediente reabre el debate sobre la voluntad de los donantes y la propiedad de los símbolos patrios.

9 Febrero de 2026 16.42

El pasado sábado 7 de febrero de 2026, el Regimiento de Granaderos a Caballo recuperó el sable corvo del general José de San Martín en un acto encabezado por el presidente Javier Milei. Sin embargo, lo que para el Gobierno fue un acto de justicia histórica, para un grupo de ciudadanos representó una transgresión legal. Días antes del traslado, una medida cautelar intentó frenar el movimiento de la pieza desde el Museo Histórico Nacional, dejando planteada una pregunta que incomoda al poder político y académico: ¿quién tiene derecho a hablar en nombre de la Historia?

Aunque la jueza Macarena Marra Giménez rechazó la cautelar permitiendo el traslado, la causa de fondo continúa. Los demandantes no alegan ser descendientes directos de Juan Manuel de Rosas, sino de la figura clave en la cadena de custodia del arma: Juan Nepomuceno Terrero, el amigo y consuegro del "Restaurador".

La genealogía del reclamo: ¿quiénes son los Terrero?

El grupo que acudió a la Justicia está integrado por Mercedes, María Rosa y Sebastián TerreroCandelaria Domínguez CossioMalena Terrero. Los tres primeros son trastataranietos de Juan Nepomuceno José Miguel Buenaventura Terrero y Villarino. Su legitimidad emana del artículo 18 del testamento de Rosas, donde el caudillo legó el arma del Libertador a su "primer amigo", Juan Nepomuceno.

La conexión familiar es profunda: el hijo de Juan Nepomuceno, Máximo Terrero, estaba casado con Manuelita Rosas, hija de Juan Manuel. Por ende, tras la muerte de Rosas en 1877 en Southampton, el sable quedó bajo la custodia de Máximo y Manuelita, quienes finalmente decidieron entregar la pieza al Estado argentino a finales del siglo XIX.

El itinerario de la espada: de San Martín a la Nación

El recorrido del sable corvo es una crónica de voluntades testamentarias precisas que cruzaron el Atlántico en varias oportunidades. El propio San Martín estableció en su testamento que el arma debía entregarse a Juan Manuel de Rosas como prueba de satisfacción por la firmeza con la que sostuvo el honor de la República contra pretensiones extranjeras.

Tras la muerte del Libertador, su yerno Mariano Balcarce cumplió el mandato. El sable acompañó a Rosas incluso en su exilio tras la batalla de Caseros en 1852. Antes de morir, Rosas previó la escala de herederos para el arma:

  • Primer heredero: Juan Nepomuceno Terrero.
  • Segunda escala: Su esposa, Da. Juanita Rábago de Terrero.
  • Sucesión: Sus hijos e hija, por escala de mayor edad.

En 1897, el director del Museo Histórico Nacional, Adolfo Carranza, inició gestiones con Máximo Terrero para que el sable regresara al país. El 17 de febrero de ese año, Terrero respondió afirmativamente, pero bajo una premisa que hoy es el eje del conflicto judicial.

La condición de la donación: ¿un deseo o un mandato?

El núcleo de la demanda actual reside en las cartas de donación enviadas por Máximo Terrero tanto a Carranza como al entonces presidente José Evaristo Uriburu. En ambas misivas, Terrero es explícito sobre el destino de la prenda:

  • Carta a Carranza: Manifiesta el deseo de que la pieza sea "depositada en el Museo Histórico Nacional".
  • Carta a Uriburu: Suplica que se acepte la ofrenda en nombre suyo, de su esposa Manuelita y de sus hijos, expresando que el sable debe ser depositado en el Museo Histórico "con su vaina y caja tal cual fue recibido".

Adolfo Carranza celebró el éxito de su gestión en sus informes, reconociendo el "generoso patriotismo" de los esposos Terrero por desprenderse de la herencia. Para los descendientes actuales, estas palabras no eran meras sugerencias, sino una condición de la donación que el Estado aceptó al recibir el objeto.

La pregunta que la Justicia debe resolver ahora es si un deseo expresado hace más de 120 años por los donantes constituye una obligación perpetua para el Estado, o si las circunstancias políticas y las necesidades simbólicas de las instituciones actuales —como el Regimiento de Granaderos— pueden prevalecer sobre la voluntad privada de quienes, un día, decidieron que el sable pertenecía a todos los argentinos.