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Actualización de Ganancias: el nuevo piso salarial y las escalas para febrero 2026

ARCA oficializó el ajuste semestral por inflación que redefine quiénes pagan el tributo; el mínimo para solteros se ubica cerca de los 3 millones de pesos mensuales.

7 Febrero de 2026 08.30

El escenario tributario para los trabajadores argentinos ha sufrido una reconfiguración definitiva este mes. La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) difundió los nuevos valores que regirán el Impuesto a las Ganancias durante el período comprendido entre enero y junio de 2026. Esta actualización, de carácter semestral, responde a un mecanismo de ajuste automático que busca mitigar el efecto de la inflación sobre los salarios nominales, evitando que el incremento de haberes por paritarias derive en una mayor presión fiscal.

La base técnica de este ajuste reside en el comportamiento de los precios durante el ciclo previo. Mientras que el año 2025 cerró con una inflación anual del 31,5%, el índice acumulado específicamente entre los meses de julio y diciembre fue del 14,29%. Este último porcentaje es el que ARCA ha utilizado para actualizar todos los parámetros del tributo: desde el mínimo no imponible y las deducciones personales hasta la escala progresiva de alícuotas.

Impuesto a las Ganancias: los nuevos pisos de febrero

A partir de este mes, el tributo no se aplica de manera uniforme, sino que depende estrictamente de un umbral que varía según la situación familiar y las cargas que el contribuyente tenga a su cuidado. Estos valores se calculan sobre el salario bruto, una vez descontados los aportes previsionales obligatorios y las deducciones personales.

Para el primer semestre de 2026, los ingresos netos a partir de los cuales se comienza a tributar quedan establecidos de la siguiente manera:

  • Trabajador soltero sin hijos: El piso de pago se activa cuando el salario bruto supera los $2.998.725 mensuales, lo que representa un ingreso neto aproximado de $2.488.942.
  • Trabajador soltero con un hijo: El umbral del impuesto comienza a partir de un ingreso neto de $2.692.757.
  • Trabajador soltero con dos hijos: En este caso, el piso neto se posiciona en los $2.896.573.
  • Trabajador casado con dos hijos: Es el segmento con mayor resguardo, situando el umbral de ingreso neto en los $3.300.726.

Estos valores reflejan el impacto directo de la actualización por inflación y determinan quiénes quedan alcanzados por el tributo durante la primera mitad del año.

Evolución de las deducciones personales: enero vs. junio

El esquema de ARCA prevé que las deducciones personales —aquellos montos que se restan de la ganancia bruta para llegar a la base imponible— se apliquen de forma acumulativa mes a mes. Este sistema permite que el beneficio se distribuya a lo largo del semestre, ajustándose a la realidad del ingreso acumulado.

En el inicio del ciclo, durante enero de 2026, los valores mensuales base fueron fijados en:

  • Ganancia no imponible: $429.316,88
  • Deducción por cónyuge: $404.330,39
  • Deducción por hijo: $203.905,29

Hacia el cierre del período, en junio de 2026, los montos acumulados alcanzarán cifras significativamente superiores:

  • Ganancia no imponible: $2.575.901,25
  • Deducción por cónyuge: $2.425.982,33
  • Deducción por hijo: $1.223.431,74

La deducción especial también se incrementa en línea con estos valores, lo que impacta directamente en la base imponible sobre la cual se calcula el impuesto.

La escala progresiva y las alícuotas vigentes

Uno de los puntos críticos de la información difundida es la escala progresiva, que mantiene el sistema de alícuotas crecientes. El esquema para las remuneraciones acumuladas entre enero y junio de 2026 se estructura de la siguiente forma:

  • Hasta $2.000.030,09: Alícuota del 5%.
  • De $2.000.030,09 a $4.000.060,17: Un monto fijo de $100.001,50 más el 9% sobre el excedente.
  • De $4.000.060,17 a $6.000.090,26: Un monto fijo de $280.004,21 más el 12% sobre el excedente.
  • De $6.000.090,26 a $9.000.135,40: Un monto fijo de $520.007,82 más el 15% sobre el excedente.
  • De $9.000.135,40 a $18.000.270,80: Un monto fijo de $970.014,59 más el 19% sobre el excedente.
  • De $18.000.270,80 a $27.000.406,20: Un monto fijo de $2.680.040,32 más el 23% sobre el excedente.
  • De $27.000.406,20 a $40.500.609,30: Un monto fijo de $4.750.071,46 más el 27% sobre el excedente.
  • De $40.500.609,30 a $60.750.913,96: Un monto fijo de $8.395.126,30 más el 31% sobre el excedente.
  • Más de $60.750.913,96: Un monto fijo de $14.672.720,74 más el 35% sobre el excedente.

Consideraciones finales para el contribuyente

Con la publicación de las tablas oficiales, los contribuyentes pueden revisar sus recibos de sueldo y anticipar el impacto de la actualización. El mecanismo de compensación previsto busca que las retenciones reflejen correctamente los valores del semestre y que, en caso de haberse retenido de más antes de la actualización, la diferencia se devuelva en los pagos siguientes.