A partir del primer día del corriente mes, el sector de servicios domésticos atraviesa una reconfiguración en su estructura de haberes. Desde el 1 de marzo de 2026, han entrado en plena vigencia las nuevas escalas salariales destinadas al personal de casas particulares, un ajuste que responde a lo establecido formalmente en la Resolución CNTCP N° 2-2026 Anexo II. Esta normativa técnica no solo actualiza los montos básicos, sino que segmenta los valores de manera exhaustiva de acuerdo a la categoría profesional y la carga horaria cumplida semanalmente, estableciendo parámetros específicos tanto para las tareas generales como para el cuidado de personas.
Valores mensuales y valores por hora
La nueva disposición legal introduce una diferenciación clara en los ingresos según la especialización de la labor y la modalidad de la jornada. En el segmento más numeroso, correspondiente al personal de tareas generales que cumple una jornada completa de 8 horas diarias de lunes a sábados, el salario mensual de referencia se ha fijado en la suma de $410.773,52. Este valor constituye el piso salarial para quienes realizan labores de mantenimiento y limpieza en hogares bajo la modalidad de jornada extendida.
Por otro lado, para aquellos trabajadores que se desempeñan en la asistencia y cuidado de personas, una categoría que exige una responsabilidad diferencial, el haber mensual bajo la misma modalidad horaria asciende a un total de $455.160,14. La normativa también contempla el pago por unidad de tiempo para contrataciones temporales o fraccionadas. En este sentido, el valor de la hora con retiro para el personal de tareas generales quedó estipulado en $3.348,33, mientras que para quienes brindan cuidados específicos de personas, el valor horario se fijó en $3.599,87.
Sumas no remunerativas: un refuerzo por única vez
Un dato de suma relevancia dentro de esta actualización paritaria es la inclusión de una suma no remunerativa por única vez que alcanza a todo el personal, independientemente de su categoría. La particularidad de este beneficio extraordinario es que su monto no es fijo, sino que se encuentra estrictamente vinculado a la carga horaria semanal que el trabajador cumple efectivamente para su empleador.
La escala para el cobro de este adicional transitorio se divide en tres niveles de acuerdo a las horas de labor semanal. Quienes desempeñen tareas durante un máximo de 12 horas semanales percibirán un pago de $8.000. Para aquellos cuya carga horaria se sitúe en el rango intermedio, es decir, entre las 12 y las 16 horas semanales, el monto se incrementa a $11.500. Finalmente, para los trabajadores que superen las 16 horas de labor semanal, la suma extraordinaria se ha establecido en $20.000. Este esquema busca compensar de manera proporcional el esfuerzo laboral en un contexto de revisión de costos y haberes.
Antigüedad y criterios de liquidación proporcional
Más allá de los incrementos directos y las sumas excepcionales, la resolución confirma la vigencia del adicional por antigüedad. Este ítem se mantiene equivalente al 1% por cada año de relación laboral, calculado directamente sobre los salarios mensuales vigentes. Se trata de un reconocimiento a la estabilidad en el puesto de trabajo que debe ser liquidado de forma obligatoria por los empleadores al cierre de cada periodo mensual, fortaleciendo el vínculo contractual a largo plazo.
Finalmente, la normativa técnica introducida por la Resolución CNTCP N° 2-2026 aclara un punto fundamental respecto a la metodología de pago. Para aquellos trabajadores que cumplen 24 o más horas semanales para un mismo empleador, el marco legal establece que la liquidación de haberes debe realizarse de forma proporcional al importe mensual establecido en la grilla. Este criterio de proporcionalidad garantiza que no existan disparidades en el cálculo de los salarios dentro de una misma categoría, asegurando una aplicación uniforme de la escala en todo el territorio nacional y protegiendo la equidad en las remuneraciones del sector.