La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) resolvió modificar de manera significativa su estrategia judicial en las causas vinculadas al cobro del impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios. A través de una instrucción interna, el organismo dispuso dejar de apelar los fallos que declaren inconstitucional la aplicación del tributo sobre jubilaciones y pensiones, en línea con la doctrina sostenida por la Corte Suprema de Justicia de la Nación desde 2019.
La medida quedó formalizada mediante la Instrucción General 4/2026 SDGASJ, donde el organismo reconoció expresamente la existencia de una "reiterada jurisprudencia de la Corte Suprema en materia de haberes jubilatorios" y decidió adecuar su actuación procesal para evitar nuevas apelaciones ante el máximo tribunal.
La resolución implica un cambio de criterio en la actuación judicial del organismo recaudador, que hasta ahora continuaba impulsando recursos extraordinarios y apelaciones incluso en expedientes donde la Corte ya había fijado posición sobre el tema.
El antecedente del fallo "García"
La decisión adoptada por ARCA se apoya directamente en el antecedente judicial "García, María Isabel c/ AFIP", resuelto por la Corte Suprema el 26 de marzo de 2019.
En aquel fallo, el máximo tribunal declaró la inconstitucionalidad de distintos artículos de la Ley de Impuesto a las Ganancias aplicados sobre haberes previsionales, al considerar que el cobro del tributo podía vulnerar principios constitucionales en situaciones de especial vulnerabilidad.
La sentencia fue firmada por los jueces:
- Horacio Rosatti
- Ricardo Lorenzetti
- Juan Carlos Maqueda
- Elena Highton de Nolasco
Los magistrados sostuvieron que el envejecimiento y las condiciones de salud constituyen factores determinantes de vulnerabilidad y que esas circunstancias debían ser consideradas al momento de evaluar la carga tributaria sobre jubilados y pensionados.
En uno de los párrafos centrales de la resolución, la Corte afirmó que "el envejecimiento y la discapacidad son causas determinantes de vulnerabilidad", estableciendo así un criterio que posteriormente sería replicado en numerosos expedientes judiciales similares. El caso analizado correspondía a una jubilada de 79 años con graves problemas de salud, cuyos descuentos por el impuesto a las Ganancias llegaban hasta el 31,94% de sus ingresos previsionales. En aquella oportunidad, la Corte ordenó reintegrar las sumas retenidas a la demandante.
El nuevo criterio de ARCA
La resolución firmada el 15 de mayo por el subdirector general de Asuntos Jurídicos de AFIP, Gustavo Heber Paturlannes, instruyó a los representantes fiscales a no interponer recursos extraordinarios ni recursos de queja en causas vinculadas a este tipo de reclamos previsionales.
Además, en los expedientes donde las apelaciones ya fueron iniciadas pero todavía no tuvieron tratamiento definitivo, el organismo deberá desistir de esas presentaciones. El texto también fija pautas específicas para los casos en los que las cámaras federales rechacen sistemáticamente las apelaciones impulsadas por ARCA. En esas situaciones, los representantes fiscales deberán consentir las sentencias vinculadas a la cuestión de fondo y continuar únicamente con los planteos relacionados con honorarios y costas judiciales.
Según se indicó oficialmente, el objetivo de esta decisión es evitar nuevas erogaciones para el Estado nacional derivadas de litigios cuya resolución judicial ya aparece consolidada.
La instrucción señala expresamente que esta política apunta a actuar "con el objeto de no generar mayores erogaciones a cargo del Fisco Nacional".
Un cambio alineado con la jurisprudencia
La medida representa un reconocimiento explícito del peso que adquirió la jurisprudencia de la Corte Suprema en esta materia durante los últimos años. Desde el fallo "García", distintos tribunales federales del país replicaron el criterio del máximo tribunal y dictaron sentencias favorables a jubilados y pensionados que cuestionaban la aplicación del impuesto sobre sus haberes previsionales.
En ese contexto, ARCA decidió adecuar su estrategia judicial para evitar continuar promoviendo recursos en expedientes donde la posibilidad de revertir el criterio judicial aparece limitada por la doctrina ya establecida por la Corte.
Los casos que quedarán excluidos
Sin embargo, la nueva disposición no se aplicará de manera automática en todos los expedientes vinculados al impuesto a las Ganancias sobre jubilaciones. La resolución establece excepciones específicas para determinados casos.
Entre ellos:
- Causas promovidas por asociaciones o colegios que no cuenten con legitimación activa.
- Expedientes donde el organismo considere que existen circunstancias particulares capaces de modificar el criterio judicial predominante.
De esta manera, ARCA conservará la posibilidad de continuar litigando en aquellos casos que, según la evaluación jurídica del organismo, presenten elementos diferenciales respecto de la jurisprudencia consolidada.
Impacto institucional de la decisión
La determinación adoptada por ARCA implica una redefinición de la política judicial del organismo frente a uno de los reclamos previsionales más reiterados de los últimos años.
Al reconocer formalmente la doctrina establecida por la Corte Suprema y desistir de nuevas apelaciones en causas similares, el organismo busca reducir litigiosidad, limitar costos judiciales y adaptar su actuación a un escenario donde los fallos favorables a jubilados y pensionados se volvieron recurrentes en distintos tribunales del país.