El Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil se reunirá este viernes por primera vez en el año para discutir una nueva actualización del sueldo básico para los trabajadores formales. La convocatoria está prevista para las 12.30 y tendrá como eje la revisión de los montos vigentes del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM), cuyo valor actual asciende a $376.600.
La reunión adquiere especial relevancia porque el piso salarial legal no se actualiza desde diciembre, mientras que la última modificación efectiva del haber mínimo se aplicó en agosto y llevó el monto a los actuales $376.600. La última reunión del Consejo del Salario se había realizado el 26 de noviembre de 2025.
La discusión se dará, además, en un contexto en el que la Secretaría de Trabajo impulsa que la remuneración más baja establecida por convenio alcance los $1.000.000 para agosto de 2026, en el marco de la renegociación de los convenios colectivos.
Sin embargo, ambas discusiones transitan por carriles diferentes. Mientras el Gobierno busca impulsar una referencia para los salarios negociados entre sindicatos y cámaras empresariales, el Consejo del Salario deberá resolver sobre el piso legal que rige para los trabajadores que no se encuentran amparados por una negociación colectiva.
Una reunión prevista para las 12.30
El encuentro central del Consejo del Salario está programado para las 12.30. Allí, representantes de los trabajadores, los empleadores, el Estado nacional y los gobiernos provinciales analizarán los valores actuales del SMVM y los posibles incrementos.
El cronograma de la jornada contempla además otra audiencia previa. A las 10 se tratarán los valores mínimo y máximo de la prestación por desempleo. Las autoridades también establecieron una segunda convocatoria para las 14, que será utilizada en caso de no alcanzarse la mayoría de dos tercios requerida para definir una resolución en el primer encuentro.
Entre los puntos principales de la jornada figuran:
- 10: audiencia para tratar los valores mínimo y máximo de la prestación por desempleo.
- 12.30: reunión del Consejo Nacional del Empleo, la Productividad y el Salario Mínimo Vital y Móvil.
- 14: segunda convocatoria en caso de no alcanzarse la mayoría de dos tercios requerida.
- $376.600: valor vigente del Salario Mínimo, Vital y Móvil para los trabajadores mensualizados.
- $1883 por hora: valor mínimo para los trabajadores jornalizados desde agosto.
Salarios de convenio desde $1.000.000
La discusión sobre el SMVM se produce mientras la Secretaría de Trabajo impulsa, en paralelo, que la remuneración más baja por convenio sea de $1.000.000 para agosto de 2026. Fuentes del Gobierno confirmaron a TN que esa referencia debe ser negociada directamente entre las organizaciones sindicales y las cámaras empresariales.
"Lo tienen que negociar sindicatos con las cámaras y después nosotros los homologamos", señalaron desde el Gobierno.
Las mismas fuentes agregaron que la intención ya está siendo comunicada, especialmente a aquellos sectores que presentan salarios inferiores a esa cifra. Entre los convenios mencionados se encuentran:
- Maestranza.
- UOCRA.
- Sanidad.
La negociación que se llevará adelante este viernes, sin embargo, tiene un objetivo distinto. El Consejo del Salario discutirá específicamente el Salario Mínimo, Vital y Móvil, que funciona como piso legal para quienes no están comprendidos en una negociación colectiva.
El pedido por una reunión presencial
En la previa del encuentro, la CGT y las dos CTA solicitaron a la Secretaría de Trabajo que la reunión del Consejo del Salario se realizara de manera presencial y no virtual.
Las centrales obreras argumentaron que durante el encuentro se debatirá la actualización del salario mínimo, una definición que tiene impacto directo sobre los ingresos laborales. Sin embargo, el pedido fue rechazado. El Consejo del Salario constituye una instancia institucional en la que participan representantes de:
- Los trabajadores.
- Los empleadores.
- El Estado nacional.
- Los gobiernos provinciales.
El objetivo de ese espacio es determinar el valor del piso salarial legal y analizar su actualización.
El impacto sobre la prestación por desempleo
La decisión que adopte el Consejo no solo tendrá consecuencias sobre el valor del salario mínimo. El ajuste también impactará directamente en la prestación por desempleo. Esa prestación equivale al 75% de la mejor remuneración mensual del trabajador durante los seis meses previos al cese.
Por ese motivo, antes de la reunión del Consejo prevista para las 12.30, se realizará la audiencia de las 10 para analizar los valores mínimo y máximo de ese beneficio. La actualización del SMVM funciona, de esta manera, como una referencia que alcanza diferentes aspectos vinculados con los ingresos laborales y la protección de los trabajadores.
El último aumento se definió mediante laudo
A principios de diciembre, el Poder Ejecutivo resolvió un incremento de la remuneración básica en diez tramos, mediante un laudo, luego de que las partes no lograran alcanzar un acuerdo.
La última actualización efectiva del haber mínimo se aplicó en agosto, cuando el monto llegó a $376.600 para los trabajadores mensualizados. Desde ese mismo mes, el valor mínimo para los trabajadores jornalizados quedó establecido en $1883 por hora.
El salario mensual vigente representa aproximadamente US$245,34, medidos a la cotización oficial. Además de su función como piso legal para determinados trabajadores formales, el sueldo básico también funciona como un parámetro de referencia para los trabajadores informales.
Una pérdida de poder adquisitivo superior al 40%
La discusión sobre una nueva actualización se produce en medio de una fuerte pérdida del poder de compra del salario mínimo. Un informe elaborado por el Instituto Interdisciplinario de Economía Política (IIEP) de la UBA analizó la evolución del salario mínimo real y concluyó que volvió a perder capacidad adquisitiva durante julio.
Según el estudio, en ese mes el salario mínimo registró una caída real del 0,8%, una tendencia que, de acuerdo con los analistas, se repitió durante los últimos 12 meses.
El informe indicó además que el salario mínimo real acumuló una caída del 40,5% entre noviembre de 2023 y julio de 2026. La comparación realizada por el IIEP muestra los siguientes valores:
- Noviembre de 2023: equivalente a $626.106.
- Julio de 2026: $372.400.
- Caída acumulada del poder adquisitivo: 40,5%.
Los analistas del instituto remarcaron que esta contracción llevó al salario mínimo, medido en términos reales en julio de 2026, a ubicarse en un nivel inferior al registrado en 2001, antes del colapso de la convertibilidad. Asimismo, señalaron que implica una erosión del 67% respecto del valor máximo de la serie, alcanzado en septiembre de 2011, de manera que el salario mínimo actual representa apenas un tercio de aquel valor máximo.
Sin un mecanismo automático de actualización
A diferencia de las jubilaciones, las pensiones y otras prestaciones sociales, que se actualizan en línea con el Índice de Precios al Consumidor (IPC), el Salario Mínimo, Vital y Móvil no cuenta con un mecanismo de ajuste automático vinculado con la inflación.
Por ese motivo, su actualización depende de las definiciones que surjan de las reuniones del Consejo del Salario o, en caso de no alcanzarse acuerdos, de las resoluciones que puedan adoptarse posteriormente.
Este viernes, la discusión volverá a reunir a los distintos sectores que integran el Consejo en un contexto marcado por la pérdida del poder adquisitivo y por la diferencia entre el actual piso legal de $376.600 y la intención oficial de impulsar que los salarios más bajos establecidos por convenio alcancen los $1.000.000 para agosto de 2026.
La definición que surja del encuentro será clave para establecer cuál será el nuevo valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil y, al mismo tiempo, tendrá incidencia sobre la prestación por desempleo. Con una última reunión realizada el 26 de noviembre de 2025 y sin una actualización reciente del piso salarial legal, el Consejo del Salario volverá a debatir este viernes uno de los principales parámetros de referencia para los ingresos laborales.