El Gobierno anunció una nueva flexibilización del régimen de préstamos en moneda extranjera que permitirá a los bancos prestar dólares de sus clientes a todas las empresas, incluidas aquellas que no generan ingresos en divisas.
La medida fue comunicada por el ministro de Economía, Luis Caputo, durante una conferencia de prensa realizada esta tarde en el Palacio de Hacienda. El funcionario explicó que se trata de una ampliación parcial de las condiciones vigentes para el otorgamiento de préstamos en dólares a personas jurídicas.
"Estamos anunciando una flexibilización parcial de lo que son los préstamos en dólares a personas jurídicas", indicó Caputo al presentar la iniciativa. Hasta ahora, el acceso a este tipo de financiamiento estaba reservado a compañías que exportaran o que presentaran una garantía de un exportador. El nuevo esquema amplía el universo de empresas que podrán acceder al crédito en moneda extranjera utilizando depósitos bancarios.
La modificación, sin embargo, no alcanzará a las personas humanas. Caputo fue explícito al señalar que la medida estará dirigida exclusivamente a personas jurídicas.
"Estamos extendiendo esas posibilidad a todas las empresas", sostuvo el ministro, quien remarcó que el cambio se implementará dentro de un marco de medidas macroprudenciales.
El límite será del 15% de los depósitos en dólares
Uno de los principales puntos anunciados por el ministro es el límite que tendrán las entidades financieras para utilizar los depósitos en moneda extranjera de sus clientes. Según explicó Caputo, los bancos podrán destinar hasta el 15% de sus depósitos en dólares al otorgamiento de estos préstamos.
El Banco Central brindará los detalles de la medida, pero el ministro anticipó algunas de las condiciones que formarán parte del nuevo esquema. Entre los principales requisitos mencionados se encuentran:
- Los bancos podrán prestar hasta el 15% de sus depósitos en dólares.
- Habrá exigencias de capitales mínimos.
- Se establecerán límites a la exposición crediticia.
- La medida estará encuadrada en un marco de medidas macroprudenciales.
- El esquema alcanzará a personas jurídicas, pero no a personas humanas.
De esta manera, la apertura del crédito en dólares no será ilimitada. El Gobierno busca ampliar la capacidad de financiamiento de las empresas, pero manteniendo restricciones destinadas, según explicó Caputo, a evitar riesgos para el sistema financiero y para la economía.
Los créditos deberán convertirse a pesos
Otro de los aspectos centrales del anuncio está relacionado con el destino de los dólares que reciban las empresas. Caputo señaló que los préstamos en moneda extranjera que tomen las compañías deberán ser liquidados en el mercado único y libre de cambios. Esto implica que la empresa que acceda a un crédito en dólares tendrá que convertir esos fondos a pesos.
"Si una empresa toma un crédito en dólares tiene que liquidarlos: tiene que convertirlos en pesos", explicó el ministro. Por lo tanto, la flexibilización permitirá ampliar el universo de empresas que pueden acceder al financiamiento en moneda extranjera, pero mantendrá la obligación de liquidar esos préstamos en el mercado correspondiente.
En cuanto a las condiciones financieras de los créditos, Caputo sostuvo que los plazos y las tasas serán determinados por el mercado y que se aplicarán los mismos criterios que corresponden a cualquier préstamo.
De cuánto serán los millones adicionales
La expectativa oficial está puesta en el impacto que la medida podría tener sobre la disponibilidad de crédito. Caputo anticipó que los cálculos del Gobierno indican que podrían incorporarse entre US$6.000 y US$10.000 millones extra al mercado.
El ministro sostuvo que la medida será "excelentemente bien recibida" por las industrias y por el sistema financiero, y vinculó la iniciativa con una mayor disponibilidad de crédito y una eventual reducción de las tasas. Según planteó, el objetivo es que el nuevo esquema contribuya a generar mayor crédito, bajar las tasas y ayudar a reactivar la economía.
Al mismo tiempo, remarcó el criterio de prudencia con el que se implementará la modificación. "Lo hacemos de manera prudencial para no generar ningún problema en la economía", aseguró.
El antecedente de la crisis de 2001
La decisión anunciada por el Gobierno tiene como antecedente una de las restricciones que surgieron después de la crisis de 2001 y que durante años limitaron el destino de los depósitos bancarios en moneda extranjera.
El artículo 23 del DNU 905/2002, posteriormente sustituido por la Ley 26.546, estableció que los depósitos bancarios en moneda extranjera debían destinarse a financiar a prestatarios con ingresos habituales en dólares, provenientes de manera directa o indirecta de operaciones de comercio exterior o de actividades vinculadas.
El objetivo de esa normativa fue evitar que volviera a producirse el descalce de monedas que había quedado expuesto durante la crisis. En aquel escenario, empresas y particulares que obtenían sus ingresos en pesos habían quedado endeudados en dólares.
Posteriormente, el Banco Central caracterizó esta restricción como una herramienta macroprudencial, destinada a reducir el riesgo de que una devaluación afectara la capacidad de pago de los deudores y que ese impacto terminara trasladándose al sistema bancario.
La nueva flexibilización se inscribe en una serie de modificaciones que el Gobierno viene impulsando desde comienzos de este año.
Un proceso de flexibilización que comenzó en enero
Desde enero, el Gobierno fue modificando progresivamente el esquema vigente por distintas vías, sin alterar la norma de fondo. En ese mes, el Banco Central habilitó a los bancos a prestar en moneda extranjera a clientes que no generan ingresos en divisas, siempre que el fondeo utilizado proviniera de Obligaciones Negociables o de líneas de financiamiento del exterior.
Esa modificación, sin embargo, no alcanzaba el uso de los depósitos en dólares de los ahorristas para financiar ese tipo de préstamos.
En junio se produjo un nuevo avance. El Banco Central autorizó a las entidades financieras a prestar dólares de los ahorristas a empresas que presentaran garantías de exportadores.
Durante ese mismo mes, la Secretaría de Industria y Comercio habilitó a las Sociedades de Garantía Recíproca a avalar operaciones en dólares de pymes sin ingresos en moneda extranjera. Ese mecanismo quedó establecido con un límite de hasta el 50% del Fondo de Riesgo Disponible y con la obligación de mantener inversiones en divisas que respaldaran esas garantías.