La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) habilitó una nueva opción para facilitar el cumplimiento de las obligaciones previsionales de los empleadores de Casas Particulares. Desde ahora, podrán adherirse al débito automático para el pago mensual de aportes, contribuciones patronales, cuota de obra social y seguro de riesgos del trabajo (ART), evitando así la gestión manual de los pagos cada mes.
Esta medida, que alcanza a más de 450.000 relaciones laborales registradas, tiene como objetivo promover la formalización del empleo y reducir el trabajo no registrado. El sistema también permite adherir el pago a través de tarjeta de crédito.
Hasta ahora, los pagos se realizaban mediante billeteras virtuales, QR, homebanking y tarjeta de crédito, previa generación del Volante Electrónico de Pago (VEP), lo que obligaba al empleador a ingresar mensualmente para saldar sus obligaciones. Con esta nueva modalidad, se podrá automatizar el pago durante toda la relación laboral, reduciendo la posibilidad de omisiones o demoras involuntarias.
Desde ARCA destacaron que esta funcionalidad busca simplificar el cumplimiento tributario y fortalecer la transparencia en las relaciones laborales. Además, el organismo podrá actualizar de oficio los datos del Registro Especial del Personal de Casas Particulares en caso de detectar información desactualizada.
¿Cómo adherirse al débito automático?
El trámite se realiza a través del portal de ARCA (www.arca.gob.ar) ingresando con CUIL/CUIT y Clave Fiscal. Luego, se debe acceder al Registro Especial del Personal de Casas Particulares, seleccionar al trabajador a cargo y hacer clic en "Adherir al débito automático". Allí, el empleador podrá elegir una CBU registrada o cargar una nueva.
Para la adhesión por tarjeta de crédito, la gestión deberá efectuarse directamente con la administradora de la tarjeta.
Una vez completada la adhesión, el sistema permitirá verificar si el débito fue exitoso o si hubo rechazos por falta de fondos u otros motivos. Es importante que antes de adherirse, el empleador actualice en el registro la condición del trabajador, la cantidad de horas semanales y la CBU desde la cual se realizará el débito.
¿Cuándo comienza a debitarse?
Las adhesiones realizadas hasta el último día de cada mes se harán efectivas en el vencimiento del día 10 del mes siguiente.