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EE.UU. abre una ventana restringida para la reventa de petróleo venezolano a Cuba

La Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC) del Departamento del Tesoro estadounidense lanzó una política favorable de licencias para permitir transacciones de crudo venezolano hacia el sector no gubernamental cubano. La medida excluye expresamente al gobierno y a las fuerzas armadas de la isla.

25 Febrero de 2026 20.55

Este 25 de febrero de 2026, la Oficina de Control de Activos Extranjeros (OFAC), dependiente del Departamento del Tesoro de Estados Unidos, anunció una modificación clave en el enfoque de las sanciones energéticas que pesan sobre Cuba y Venezuela. En un documento oficial publicado en su sitio web, la OFAC estableció que aplicará una "política favorable de concesión de licencias" para solicitudes específicas que busquen autorizar la reventa de petróleo de origen venezolano a Cuba, siempre que estas transacciones cumplan con determinados requisitos y límites.

La medida, que responde a una actualización de las directrices de sanciones, marca un cambio significativo en una política que, hasta ahora, había sido restrictiva y orientada a impedir que la isla recibiera crudo procedente de Caracas. La decisión abre una vía regulada para que ciertos actores privados puedan acceder a combustibles venezolanos bajo autorización y supervisión estadounidense.

¿Qué permite y qué excluye la nueva política?

De acuerdo con la OFAC, la política favorable de concesión de licencias está dirigida específicamente a transacciones que apoyen al pueblo cubano, incluyendo operaciones para uso **comercial y humanitario, así como otras destinadas al sector privado de la isla. 
Sin embargo, la medida establece límites claros, ya que excluye categóricamente cualquier operación que involucre o beneficie a personas o entidades vinculadas al ejército cubano, los servicios de inteligencia u otras instituciones gubernamentales.

Este criterio de exclusión responde a la lógica de desvincular al régimen estatal y a sus estructuras de poder —incluidas las fuerzas armadas y los servicios de seguridad— de cualquier beneficio directo relacionado con los ingresos energéticos derivados de la venta de crudo venezolano.

El alcance técnico de la política

En términos más precisos, la OFAC señala que esta política favorable es aplicable a las solicitudes de licencias específicas, es decir, no se trata de una autorización automática y generalizada. Las transacciones que se aprueben bajo este esquema deben además cumplir con los términos y condiciones de la Licencia General 46A del régimen de Venezuela, si bien con ciertas flexibilizaciones en lo referido a las limitaciones impuestas anteriormente sobre Cuba.

Entre los puntos técnicos relevantes:

La política apoya la reventa de crudo venezolano para uso comercial y humanitario en Cuba.

El sector beneficiario debe ser no gubernamental, orientado al sector privado de la isla.

Las transacciones que incluyan personas o entidades vinculadas al Estado cubano quedan fuera del alcance de la nueva política.

Este nuevo marco no representa, por tanto, una apertura total, sino una autorización condicionada que permite ciertas operaciones bajo licencias específicas, conforme a los procedimientos establecidos por la OFAC.

Contexto político y antecedentes

La medida llega en un momento particularmente complejo de las relaciones entre Estados Unidos, Cuba y Venezuela. Previamente, el gobierno estadounidense calificó a Cuba como "una amenaza inusual y extraordinaria" para la seguridad nacional, lo que motivó la imposición de restricciones para evitar que la isla siguiera recibiendo petróleo venezolano tras una operación militar en enero que buscó, por la fuerza, desplazar al entonces presidente de Venezuela, Nicolás Maduro.

En ese contexto, Washington confiscó exportaciones petroleras venezolanas y el 29 de enero, el presidente de Estados Unidos firmó una orden ejecutiva en la que amenazó con imponer aranceles a bienes procedentes de países que suministren petróleo a Cuba.

Frente a ese escenario, la nueva política de la OFAC aparece como una orientación estratégica para permitir ciertos flujos de energía hacia Cuba, aunque bajo condiciones estrictas y excluyendo al gobierno cubano y sus estructuras estatales.