El Consejo Provincial de Seguridad en el Deporte (Co.Pro.S.E.D.), organismo dependiente de la Secretaría de Seguridad de Catamarca, dispuso una medida de carácter obligatorio para los jugadores de la 4ta División de Sportivo Villa Cubas y Atlético Policial, además de los integrantes de sus cuerpos técnicos y delegados.
Todos ellos deberán asistir y aprobar el "Taller de Prevención de Violencia en el Deporte", una instancia de formación definida por el organismo provincial a partir de los incidentes registrados durante el encuentro correspondiente al torneo de la Liga Catamarqueña de Fútbol, disputado el lunes 28 de septiembre en la cancha de Villa Cubas.
La decisión quedó formalizada mediante la Disposición Co.Pro.S.E.D. N° 289/2026, firmada por el coordinador general del organismo, Adrián Darío Chazarreta. La medida alcanza específicamente a quienes figuran en la planilla de juego de esa jornada y se plantea desde un enfoque pedagógico, teniendo en cuenta que se trata de jóvenes deportistas que atraviesan una etapa de formación.
En ese contexto, el Consejo resolvió priorizar la concientización y la reparación del tejido social deportivo antes que una sanción administrativa. El objetivo es que la respuesta frente a los hechos registrados no quede limitada a una consecuencia disciplinaria, sino que incorpore una instancia destinada a reflexionar sobre la violencia y sus posibles consecuencias.
Una capacitación obligatoria para los protagonistas
El taller será desarrollado en conjunto con la Dirección de Formación y Capacitación Profesional de la Secretaría de Seguridad. La disposición establece además que serán los propios clubes quienes deberán coordinar los turnos y los espacios necesarios para llevar adelante la capacitación. Ese proceso deberá concretarse dentro de los próximos 15 días hábiles administrativos.
La obligación comprende a los integrantes de los planteles de 4ta División involucrados en el encuentro, pero también alcanza a los cuerpos técnicos y delegados de ambas instituciones.
La estructura de la medida establece, por lo tanto, una instancia común de formación para los distintos actores vinculados con los equipos. La capacitación no se limita exclusivamente a los jugadores, sino que incluye también a quienes forman parte de los equipos desde funciones técnicas y de representación.
Entre los objetivos definidos por el Co.Pro.S.E.D. se encuentra la necesidad de que los jóvenes comprendan el alcance de sus actos dentro del Régimen Penal Juvenil vigente en el país. La disposición plantea especialmente que las agresiones físicas que puedan derivar en lesiones graves exceden el ámbito de una falta deportiva y pueden dar lugar a causas penales.
De esta manera, la capacitación busca establecer una diferencia concreta entre las consecuencias propias de una situación deportiva y aquellas que pueden derivarse cuando determinados hechos alcanzan una dimensión contemplada por el ámbito penal.
Apercibimiento institucional para Villa Cubas y Policial
Además de disponer el taller obligatorio, el Co.Pro.S.E.D. aplicó un apercibimiento institucional a Sportivo Villa Cubas y Atlético Policial.
En ese marco, el organismo recordó a las comisiones directivas de ambas entidades que tienen responsabilidad subsidiaria por el comportamiento de diferentes integrantes y sectores vinculados con las instituciones. La advertencia comprende:
- Dirigentes.
- Jugadores.
- Cuerpos técnicos.
- Parcialidades.
El señalamiento establece así una responsabilidad institucional que excede la conducta individual de quienes protagonizaron los hechos y alcanza a las propias entidades deportivas en relación con el comportamiento que pueda producirse dentro de su ámbito.
El apercibimiento también funciona como advertencia frente a la posibilidad de que vuelvan a registrarse situaciones similares.
Sanciones ejemplificadoras ante nuevos episodios
La disposición establece que, si se repiten hechos de violencia en cualquiera de las categorías, el organismo podrá avanzar de inmediato con sanciones de carácter ejemplificador.
La misma consecuencia podrá producirse si los clubes no cumplen con la capacitación obligatoria dispuesta a partir de los incidentes del 28 de septiembre. Entre las medidas que podrán aplicarse se encuentran:
- Clausura de estadios.
- Restricción absoluta de concurrencia de público.
- Obligatoriedad de contratar personal policial para los eventos.
El alcance de esta advertencia introduce una diferencia respecto del taller dispuesto para los jóvenes deportistas. Mientras la capacitación constituye una instancia pedagógica y de prevención, las medidas previstas ante nuevos incumplimientos o hechos violentos adquieren un carácter sancionatorio y pueden afectar directamente la realización de los encuentros deportivos.
La disposición establece así un esquema que combina formación, advertencia institucional y prevención, pero que contempla consecuencias más severas ante la reiteración de situaciones de violencia o el incumplimiento de las obligaciones establecidas.