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Fallo unánime

Cristina Kirchner va a juicio oral por el Memorándum con Irán

El máximo tribunal decidió sobre dos causas que juzgan hechos ocurridos durante el último gobierno de Cristina Kirchner entre 2011 y 2015.

5 Diciembre de 2024 17.00

La Corte Suprema de Justicia de Argentina resolvió dos casos emblemáticos que involucraron a la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner. Por un lado, decidió que la causa del Memorando con Irán sea enviada a juicio oral; por otro, confirma el sobreseimiento definitivo de Kirchner y Axel Kicillof en la causa del dólar futuro. Estos fallos no solo tienen relevancia judicial, sino también un fuerte impacto político en el país.

 

La causa del Memorando con Irán: el juicio oral avanza

 

La Corte Suprema decidió que la causa del Memorando con Irán, firmada en 2013, sea elevada a juicio oral. Este acuerdo, aprobado por el Congreso, estableció que el juez Rodolfo Canicoba Corral y el fiscal Alberto Nisman pudieran interrogar a los sospechosos iraníes vinculados al atentado contra la AMIA en 1994.

En enero de 2015, el fiscal Nisman denunció a Cristina Kirchner y otros funcionarios de su gobierno, acusándolos de utilizar el Memorando para encubrir a los imputados iraníes. Entre los involucrados figuran nombres como Carlos Zannini, Luis D'Elía y el fallecido Héctor Timerman.

El máximo tribunal descartó que existiera arbitrariedad o gravedad institucional en la decisión previa de Casación, rechazando los argumentos de la defensa de Kirchner que alegaban que el caso no debía ser judicializado. Ahora, este juicio promete reactivar uno de los debates más polémicos en la política y la justicia argentina.

 

Dólar futuro: un cierre definitivo

 

En un fallo separado, la Corte Suprema dejó firme el sobreseimiento de Cristina Kirchner, Axel Kicillof y otros exfuncionarios en la causa del dólar futuro. Esta investigación comenzó en 2015, cuando legisladores del PRO y la UCR denunciaron que el Banco Central vendió contratos a precios inferiores al mercado informal, causando un supuesto perjuicio al Estado.

Sin embargo, las pericias técnicas realizadas en 2021 concluyeron que no hubo daño económico. El fallo de la Cámara de Casación Penal de ese mismo año marcó el cierre del caso, ahora ratificado por la Corte.