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La Justicia rechazó por cuarta vez la prisión domiciliaria de Lázaro Báez

El Tribunal Oral Federal 4 consideró que las enfermedades crónicas del empresario reciben tratamiento y controles compatibles con su permanencia en el Complejo Penitenciario Federal I. La nueva defensa analizará otra estrategia y no apelará el planteo presentado por sus anteriores abogados.

Lázaro Báez
Lázaro Báez

3 Noviembre de 2026 08.15

El Tribunal Oral Federal 4 rechazó por cuarta vez un pedido de prisión domiciliaria presentado por Lázaro Báez, al considerar que sus patologías crónicas se encuentran bajo tratamiento y reciben controles médicos compatibles con las condiciones de detención en el Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza. Allí, el empresario cumple una condena unificada por las causas Ruta del Dinero K y Vialidad.

La resolución judicial volvió a poner en discusión las condiciones de salud del empresario y la posibilidad de que continúe cumpliendo su pena fuera de un establecimiento penitenciario. Sin embargo, el tribunal concluyó que la atención médica disponible en la cárcel permite responder a las necesidades que presenta su cuadro clínico, sin que se hayan acreditado circunstancias que justifiquen la concesión del beneficio.

Se trata de la cuarta oportunidad en la que el tribunal ejecutor rechaza un planteo de estas características. En este nuevo escenario, la defensa de Báez analizará una estrategia diferente, aunque decidió no apelar el pedido que había sido presentado por sus anteriores abogados.

La decisión se apoya en los informes médicos incorporados al expediente, las evaluaciones realizadas por distintos organismos de salud y las condiciones de atención disponibles dentro del establecimiento penitenciario. Para los magistrados, los elementos reunidos permiten sostener que las enfermedades del empresario pueden ser tratadas mientras permanece detenido.

La intervención de su médico de confianza

En el marco de la resolución, la jueza Valeria Rico autorizó el ingreso al Complejo Penitenciario Federal I de Ezeiza del médico de confianza de la defensa, Raúl Guillermo Benavente Ferrer.

El profesional tendrá la posibilidad de entrevistar a Báez, revisar su historia clínica y requerir registros médicos anteriores. Además, podrá definir la periodicidad de los controles que considere necesarios, siempre bajo la autorización del Tribunal.

La intervención del médico particular permitirá examinar los antecedentes clínicos del empresario y evaluar la evolución de sus patologías, dentro de las condiciones establecidas por la resolución judicial. El fallo sostuvo que el cuadro clínico de Báez se mantiene estable, de acuerdo con los estudios realizados y las consultas médicas que fueron incorporadas al expediente. Entre los antecedentes considerados se encuentra una videocolonoscopia practicada en julio pasado, durante la cual se le extrajo un pólipo.

La biopsia posterior determinó que se trataba de un adenoma túbulo velloso con displasia de bajo grado. Este resultado fue incluido dentro de los elementos médicos analizados por el tribunal al evaluar el estado de salud del empresario y la necesidad de mantener controles específicos.

Las enfermedades crónicas y los informes médicos

La jueza Rico examinó los informes elaborados por el Cuerpo Médico Forense, el Hospital Penitenciario Central I y los centros de atención extramuros en los que se realizaron distintas evaluaciones.

El Cuerpo Médico Forense identificó una serie de patologías que afectan a Báez. Según el relevamiento, el empresario presenta hipertensión arterial, diabetes tipo 2, obesidad leve, dislipemia, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), hipertrofia prostática benigna, hemorroides y antecedentes de adenoma de colon.

Los especialistas señalaron que se trata de afecciones crónicas que se encuentran tratadas y que, al momento de las evaluaciones, no presentaban signos de descompensación. A partir de ese diagnóstico, los peritos recomendaron controles médicos en distintas especialidades, además de un seguimiento específico de los niveles de glucemia.

El tribunal consideró que las necesidades de atención identificadas por los especialistas pueden ser cubiertas dentro del sistema sanitario penitenciario, mediante los controles habituales y las derivaciones que correspondan.

La atención médica disponible en Ezeiza

Otro de los aspectos centrales de la resolución fue la evaluación de la infraestructura sanitaria con la que cuenta el establecimiento penitenciario donde permanece detenido Báez.

El Servicio Penitenciario Federal informó que el Complejo Penitenciario Federal I dispone de enfermería durante las 24 horas, médicos de planta y una guardia permanente. También cuenta con diagnóstico por imágenes, atención de distintas especialidades y la posibilidad de realizar traslados a hospitales externos ante situaciones de urgencia.

A partir de esa información, el Tribunal Oral Federal 4 entendió que la estructura sanitaria disponible y las derivaciones a centros externos permiten garantizar la atención requerida por el empresario.

La evaluación judicial se concentró, de esta manera, en determinar si las enfermedades crónicas de Báez representan un impedimento para continuar detenido en Ezeiza. La conclusión fue que, en función de los informes médicos y de los recursos sanitarios existentes, no se verifican condiciones que justifiquen el arresto domiciliario.

La edad de Báez y los criterios para conceder el beneficio

La defensa también había fundamentado su solicitud en la edad del empresario, quien tiene 70 años. Sin embargo, el tribunal sostuvo que la edad no habilita por sí sola la concesión de la prisión domiciliaria. De acuerdo con el criterio expuesto en el fallo, la legislación exige que cada situación sea analizada de manera particular, considerando las circunstancias concretas de la persona detenida.

En este caso, los magistrados evaluaron tanto la edad de Báez como sus patologías crónicas, los estudios realizados y las condiciones de atención disponibles en el establecimiento penitenciario.

La resolución concluyó que esos elementos no resultan suficientes para modificar el régimen de detención, por lo que el empresario continuará cumpliendo su condena en Ezeiza.