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Diputados

Legislatura: ingresó otro proyecto, esta vez para la reforma total de la Constitución

Entre los puntos centrales proponen facultar al Poder Ejecutivo Provincial a convocar a la elección de Convencionales Constituyentes, junto con las elecciones generales para cargos electivos 2023. Y certeza electoral.

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12 Octubre de 2022 21.32

En la jornada de este miércoles, en la Cámara baja tomó estado parlamentario otro proyecto, esta vez para la reforma total de la Constitución Provincial. La iniciativa fue presentada por la diputada por bloque unipersonal Consenso Federal, Marina Andrada junto a sus pares del  bloque del Frente de Todos. 

El proyecto propone modificaciones sustanciales a la Carta Magna que hoy está vigente y que nos rige desde hace 34 años. 

Entre los ejes centrales de la iniciativa, plantean que la Reforma del 1988  “reviste algunos anacronismos que deben ser superados, contradicciones que deben ser salvadas y distorsiones cuya corrección se impone”.

Cabe recordar que en 2014, durante la gestión de Lucia Corpacci se impulso un proyecto para la Reforma, sin embargo no prosperó y para el oficialismo “jamás dejó de estar en la agenda pública y que el actual Poder Ejecutivo, a cargo del Gobernador Raúl Jalil, continuó insistiendo en reiteradas ocasiones en la necesidad de sancionar la ley que declare la necesidad de la reforma”, pero la oposición o acompañó. 

Entre los puntos centrales de este nuevo proyecto de Reforma Constitucional se proponen "facultar al Poder Ejecutivo Provincial a convocar al Pueblo de la Provincia para la elección de Convencionales Constituyentes, junto con las elecciones generales previstas para la elección de Gobernador, Vicegobernador, Senadores y Diputados Provinciales en el año 2023". 

Los artículos más relevantes: 

También se destacan los siguientes ítems:

 

La reforma total dispuesta por el Artículo 1°, se llevará a cabo por una Convención Constituyente especialmente elegida al efecto, de conformidad a lo dispuesto en la Sección Novena de la Constitución de la Provincia.

La Convención Constituyente se compondrá de cincuenta y siete (57) miembros titulares y veintidós (22) suplentes, quienes desempeñarán sus cargos en carácter ad-honorem.

Los Convencionales Constituyentes serán elegidos considerando a la Provincia como distrito único. Las bancas serán distribuidas por aplicación del sistema proporcional D'Hont, entre los distintos partidos políticos o alianzas electorales que participen en la elección, y que hubieren obtenido al menos un número mínimo de sufragios equivalente al tres por ciento (3%) de los votos válidos emitidos.

Los convencionales constituyentes que resulten electos gozarán, desde el día de su elección, de las mismas inmunidades que la Constitución Provincial asigna a los Legisladores.

La Convención Constituyente iniciará sus sesiones el 15 de Enero de 2024 y las concluirá el 10 de Abril del mismo año.

 El procedimiento del sufragio, su obligatoriedad y el escrutinio, estarán regidos por la Constitución de la Provincia, la Ley Electoral Provincial, y supletoriamente por el Código Electoral Nacional.

Podrán sufragar todos los ciudadanos que se encuentren incluidos en el Padrón electoral confeccionado para las elecciones generales de 2023.

Los ciudadanos electos a ocupar los cargos de Convencionales Constituyentes desempeñarán sus funciones ad-honorem, y rigen para su elección y desempeño, las calidades, compatibilidades y restricciones previstas por el Artículo 285 de la Constitución Provincial.

Se impulsa el reconocimiento de la preexistencia de los pueblos originarios, la preservación de la identidad cultural de sus comunidades y el derecho a la propiedad colectiva de la tierra, de conformidad a sus tradiciones ancestrales.

Redimensionamiento del concepto de las inmunidades parlamentarias, "para remover definitivamente las aberrantes distorsiones que la práctica parlamentaria ha ocasionado y que alejan a los representantes del Pueblo de sus representados".

Extensión del período de funcionamiento del Poder Legislativo a todos los meses de cada año.

Consagración de “una verdadera certeza electoral a todas las agrupaciones políticas, cualquiera que fuese el partido gobernante, y que permita despojar a las convocatorias electorales, de cualquier tipo de especulación política-partidaria”.

Eliminación del mecanismo de la reelección indefinida para alejar a “los poderes del Estado y a quienes los componen, de la tentación de perpetuación indefinida en los cargos, lo que traerá aparejado una praxis política más democrática.”

Garantías “para la sucesión directa del Gobernador por parte del Vice-Gobernador, para superar así el amañado procedimiento que se encuentra vigente y que impone el llamado a elecciones cuando se produce la vacancia en el cargo de Gobernador faltando más de un año para completar el período de mandato”.

Reforma del Poder Judicial mediante “la aplicación de nuevos criterios vinculados con la renovación periódica de sus aptitudes y saberes jurídicos acordes a los nuevos paradigmas y a las nuevas situaciones que se presentan en la sociedad, reconociendo y protegiendo los derechos de las minorías y disidencias. Ello a través de concursos públicos de antecedentes y oposición no sólo para el ingreso a la función judicial, sino también para continuar desempeñando tan altas funciones (…). No resulta aceptable de ningún modo, que la inamovilidad de los magistrados pueda ser equiparada a ejercicio vitalicio de los cargos judiciales, porque ello resulta lesivo del principio de periodicidad de los mandatos”.

Establecimiento de “nuevas formas de participación popular en el control del ejercicio de la función judicial, con miras a garantizar la transparencia, la publicidad, y una justicia oportuna y eficaz”.

Separación de las funciones del Ministerio Público Fiscal y la del Ministerio Público de la Defensa, que actualmente están ambas bajo la órbita del Procurador General de la Corte.

Determinación de un nuevo procedimiento de selección de los postulantes a ocupar cargos en el Poder Judicial, ya sea como magistrados o funcionarios.

Transformación de la Policía Judicial “para satisfacer la demanda de justicia y asegurar la celeridad y eficacia de las investigaciones penales, mediante una acertada profesionalización de sus cuadros”.

Propiciar condiciones igualitarias respecto a los requisitos objetivos exigidos para acceder a los cargos de magistrados y funcionarios, entre quienes ya integran el Poder Judicial y aquellos abogados que ejercen libremente la profesión.

Considerar la posibilidad de incorporar, con rango constitucional, un mecanismo local para la prevención de la tortura, tratos crueles, inhumanos o degradantes en lugares de detención o alojamiento de personas.

Modernizar el sistema de gobierno municipal, propiciando “para todos los municipios una organización que garantice efectivamente la separación de funciones y prevenga la concentración del poder”.

Formular “un nuevo ordenamiento constitucional que reconozca y garantice el derecho a la educación para todos y todas, y que extienda esta garantía a otras formas no convencionales de enseñanza, como la educación rural, la educación en contexto de encierro y la educación hospitalaria, a cuya consagración constitucional aspiramos”.

Superar, desde la enseñanza oficial, “la orientación religiosa en las escuelas públicas, y dejarlo así plasmado en un nuevo orden constitucional, mediante la supresión de este tipo de enseñanza”.

Restablecer las condiciones de igualdad en orden a la equiparación de los derechos de todos los docentes, cualquiera sea la naturaleza de los establecimientos educativos en los que presten sus servicios.