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No vacunados en la Administración Pública: deberán presentarse a trabajar o justificar médicamente su inasistencia

14 Enero de 2022 07.58

Por medio de un memorándum el Ministerio de Trabajo, Planificación y Recursos Humanos dispuso que los empleados públicos del Poder Ejecutivo que no estén vacunados, sea esto por  razones ideológicas, religiosas o culturales decidieron no acceder a la vacunación contra el Covid, deberán retornar a la actividad laboral y no serán exceptuados para la opción del teletrabajo.

La normativa establece que los agentes que decidieron no vacunarse, a pesar de disponer de los medios para el acceso, deben firmar una declaración jurada de retorno a la actividad laboral, en carácter presencial, "asumiendo en la misma la responsabilidad y el compromiso para arbitrar todos los medios preventivos, evitando así complicaciones y riesgos que su determinación pudieran ocasionar tanto para sí mismos como para terceros".

La cartera plantea en cuanto a las excepciones, que en aquellos casos en que por una enfermedad y a criterio médico se desaconseje el uso del esquema de vacunación, deberán adjuntar a la declaración jurada el certificado del médico de cabecera que hubiera desaconsejado la vacunación y también deberá retornar a la actividad presencial.

El instrumento, que lleva la firma de Ariel Perricone, María Luisa Miranda y Marqueza Blanco Arzumendi, funcionarios del Ministerio, determina que las personas exceptuadas del trabajo presencial en la administración pública son: personas con inmunodeficiencias, pacientes oncológicos y trasplantados y embarazadas de alto riesgo, en cualquier trimestre.

Los agentes que están comprendidos en los grupos de riesgo deben gestionar la revalidación de la acreditación de riesgo, enviando la evidencia médica actualizada, hasta el 30 de marzo de 2022 ante las direcciones de Reconocimiento Médico Docente y Medicina Laboral que dependen de la Subsecretaría de Reconocimiento Médico del Ministerio de Planificación, Trabajo y Recursos Humanos.