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ANSES: Paso a paso, cómo obtener una Pensión No Contributiva por Invalidez

El organismo previsional ofrece pensiones por invalidez, vejez, a madres que hayan tenido siete o más hijos o a personas con VIH. Conocé cómo tramitarla.

24 Febrero de 2024 21.29

La Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES) brinda pensiones a quienes no tienen trabajo formal ni cobertura previsional, para apoyarlos económicamente. Los beneficiarios pueden verificar el monto a cobrar y las fechas de cobro mes a mes en el calendario de pagos.

Dentro de todas las pensiones abonadas por ANSES, se encuentra la Pensión No Contributiva por Invalidez, que tiene como objetivo acompañar a las personas con discapacidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.

Dentro de todas las pensiones abonadas por ANSES, se encuentra la Pensión No Contributiva por Invalidez, que tiene como objetivo acompañar a las personas con discapacidad que se encuentren en situación de vulnerabilidad social.

 

ANSES: cómo tramitar la Pensión No Contributiva por Invalidez

 

Esta pensión de ANSES está dirigida a personas que se encuentren imposibilitadas, en virtud de su condición de salud y vulnerabilidad social. Los beneficiarios cobrarán el 70% de una jubilación mínima.

La Pensión no Contributiva por Invalidez se puede tramitar a través de mi ANSES web, con la app mi ANSES o de forma presencial, con turno previo. Los pasos son:

  • Ingresar a la ANSES.
  • Acceder con CUIL y Clave de la Seguridad Social.
  • En el menú de la ANSES, seleccionar Solicitud de Prestaciones y luego, Pensión No Contributiva por Invalidez. Seguir los pasos.
  • Una vez iniciada la pensión, es posible realizar el seguimiento del trámite a través de la ANSES o la aplicación.

 

Pensión No Contributiva por Invalidez de ANSES: requisitos

Requisitos para cobrar la Pensión No Contributiva por Invalidez de ANSES.

Los requisitos para cobrar la Pensión No Contributiva por Invalidez son:

  • Ser argentino nativo o naturalizado, o extranjero con al menos 10 años de residencia continua en el país.
  • Tener menos de 65 años.
  • No estar recibiendo jubilación o pensión.
  • Para menores de edad, se requiere una residencia continua de al menos 3 años por parte de los padres, madres o tutores.
  • En caso de ser menor de edad, se evaluarán los ingresos del grupo familiar, con un límite de cuatro jubilaciones mínimas.
  • Residentes en ciertas provincias deben presentar además un informe catastral con sello del organismo emisor a su nombre (o de cónyuge/conviviente), o a nombre de los padres o tutor en caso de menores de 18 años, junto con el Certificado Médico Oficial (CMO).