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ARCA amplió la factura electrónica obligatoria a nuevos contribuyentes

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero amplió el universo de contribuyentes obligados a emitir comprobantes electrónicos o utilizar controladores fiscales. El nuevo cronograma comenzará en noviembre de 2026 y tendrá una segunda etapa en marzo de 2027.

31 Agosto de 2026 08.22

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) amplió la obligación de emitir comprobantes electrónicos o utilizar controladores fiscales a nuevos grupos de contribuyentes. La medida quedó establecida a través de la Resolución General 5893/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, y contempla un cronograma de incorporación que se desarrollará en dos etapas.

La primera instancia comenzará el 1° de noviembre de 2026, mientras que la segunda tendrá vigencia desde el 1° de marzo de 2027. De esta manera, la disposición extiende el alcance de los mecanismos electrónicos de facturación y modifica el esquema aplicable a sectores que hasta ahora contaban con excepciones respecto del régimen general.

La primera etapa comenzará en noviembre

A partir del 1° de noviembre de 2026, la obligación alcanzará a determinados pequeños contribuyentes inscriptos en el Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente.

La disposición también incluye a los contribuyentes incorporados al Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social, quienes quedarán comprendidos dentro de la ampliación dispuesta por el organismo.

El cronograma establecido por ARCA incorpora así nuevos grupos al sistema de emisión de comprobantes electrónicos o al uso de controladores fiscales, según los mecanismos previstos y habilitados.

La segunda etapa, desde marzo de 2027

La ampliación tendrá una segunda instancia a partir del 1° de marzo de 2027. Desde esa fecha, deberán emitir comprobantes electrónicos los sujetos que no estén alcanzados por el Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Con esta incorporación, la obligación prevista por la Resolución General 5893/2026 extenderá el uso de herramientas electrónicas de registración a un nuevo universo de contribuyentes. El esquema fijado por ARCA establece, de esta manera, dos fechas centrales para la implementación:

  • 1° de noviembre de 2026: incorporación de determinados pequeños contribuyentes del Régimen de Inclusión Social y Promoción del Trabajo Independiente y de contribuyentes del Registro Nacional de Efectores de Desarrollo Local y Economía Social.
  • 1° de marzo de 2027: incorporación de los sujetos que no estén alcanzados por el IVA.

Los sistemas habilitados para emitir comprobantes

Los contribuyentes comprendidos por la medida podrán utilizar los sistemas habilitados por ARCA para generar facturas y demás documentos respaldatorios correspondientes a sus operaciones.

La resolución apunta así a incorporar estos sectores a los mecanismos electrónicos autorizados para la emisión y registración de comprobantes. Las facturas y otros documentos respaldatorios de las operaciones podrán ser generados mediante las herramientas que el organismo tiene habilitadas para ese fin.

En este marco, la obligación contempla tanto la emisión de comprobantes electrónicos como la utilización de controladores fiscales, dentro del esquema establecido para los nuevos grupos alcanzados.

Los comprobantes impresos, solo como contingencia

Uno de los puntos definidos en la disposición es el lugar que tendrán los comprobantes impresos dentro del nuevo esquema. Estos quedarán reservados como mecanismo de contingencia, exclusivamente para aquellas situaciones en las que no sea posible utilizar los medios electrónicos autorizados.

De este modo, el sistema electrónico pasa a ocupar un lugar central en las operaciones de los contribuyentes alcanzados por la ampliación, mientras que la documentación impresa quedará limitada a circunstancias excepcionales vinculadas con la imposibilidad de recurrir a los mecanismos digitales habilitados.

Más digitalización y trazabilidad fiscal

La medida representa una ampliación de la digitalización de las operaciones y de la trazabilidad fiscal en sectores que hasta el momento contaban con excepciones al régimen general.

La Resolución General 5893/2026, publicada este lunes en el Boletín Oficial, fija así un proceso escalonado que comenzará en noviembre de 2026 y continuará en marzo de 2027.

Con la incorporación de nuevos contribuyentes a la obligación de emitir comprobantes electrónicos o utilizar controladores fiscales, ARCA profundiza el alcance de los mecanismos digitales para respaldar las operaciones. El cronograma establecido distingue los grupos alcanzados y determina fechas concretas para su incorporación, con los comprobantes impresos reservados únicamente para situaciones de contingencia en las que no puedan utilizarse los medios electrónicos autorizados.