El director provincial de Defensa del Consumidor, Dr. Sergio Paredes Correa, explicó el funcionamiento del nuevo sistema de cobro mediante transferencias impulsado por el Banco Central, que comenzó a regir recientemente y establece nuevas condiciones para el débito de cuotas de créditos que se encuentren impagas.
La medida introduce un mecanismo vinculado al cobro de préstamos y fija condiciones específicas para determinar de qué manera pueden realizarse los débitos. Según aclaró el funcionario, el sistema alcanza a los préstamos otorgados a partir del 31 de agosto.
Uno de los aspectos centrales de la nueva modalidad está relacionado con el límite aplicable a los descuentos. De acuerdo con lo explicado por Paredes Correa, el monto que pueda ser debitado no podrá superar el 30% de los haberes del titular de la cuenta. La disposición alcanza, además, a distintos tipos de cuentas utilizadas habitualmente por los consumidores, incluyendo tanto productos bancarios tradicionales como plataformas financieras digitales.
El límite del 30% sobre los haberes
El nuevo sistema establece una condición concreta respecto de la cantidad de dinero que puede ser descontada para hacer frente a cuotas impagas de créditos. Según precisó el titular provincial de Defensa del Consumidor, el débito que se realice en el marco de este mecanismo tendrá como límite máximo el 30% de los haberes del titular de la cuenta.
De esta manera, entre los principales puntos informados sobre el funcionamiento del sistema se encuentran:
- Alcanza a préstamos otorgados a partir del 31 de agosto.
- Permite establecer un mecanismo de cobro para cuotas de créditos impagas.
- El monto descontado no podrá superar el 30% de los haberes del titular de la cuenta.
- Requiere el consentimiento explícito y previo del cliente.
El alcance de estas condiciones forma parte del nuevo sistema de cobro mediante transferencias que comenzó a regir recientemente.
El consentimiento previo
Paredes Correa remarcó especialmente que el mecanismo no puede aplicarse de manera unilateral. Para que puedan realizarse los débitos correspondientes, debe existir una autorización previa y explícita por parte del cliente. Esto significa que los bancos, entidades financieras o billeteras virtuales no pueden comenzar a efectuar descuentos por cuotas impagas si previamente el usuario no otorgó su consentimiento.
La autorización del titular de la cuenta constituye, de acuerdo con lo explicado, un requisito central para la implementación del sistema. Por ese motivo, el funcionario puso el acento en la necesidad de que los consumidores conozcan con claridad las condiciones que aceptan al momento de contratar un crédito.
El alcance de esa autorización resulta relevante para determinar las condiciones bajo las cuales podrían realizarse débitos vinculados con cuotas que permanezcan impagas.
Qué cuentas están alcanzadas
El nuevo mecanismo no se limita únicamente a las cuentas bancarias tradicionales. Según la información brindada, las cuentas alcanzadas incluyen diferentes modalidades utilizadas para administrar dinero y realizar operaciones financieras.
Entre ellas se encuentran:
- Cuentas bancarias tradicionales.
- Cuentas sueldo.
- Billeteras virtuales de empresas fintech.
La incorporación de estos distintos tipos de cuentas amplía el universo contemplado por el sistema impulsado por el Banco Central y obliga a los usuarios a prestar especial atención a las condiciones aceptadas al contratar productos crediticios.
La recomendación a los consumidores
Desde Defensa del Consumidor recomendaron a los usuarios conocer detalladamente las condiciones que aceptan al momento de contratar un crédito y revisar las autorizaciones otorgadas.
El planteo apunta a que los titulares de las cuentas tengan conocimiento sobre los mecanismos vinculados al cobro de las cuotas y sobre el consentimiento que puedan haber brindado al contratar préstamos. En ese marco, el Dr. Sergio Paredes Correa explicó que la nueva modalidad comenzó a regir recientemente y que alcanza específicamente a los préstamos otorgados a partir del 31 de agosto.
El sistema contempla la posibilidad de aplicar débitos para el cobro de cuotas impagas, aunque establece dos condiciones centrales: por un lado, el descuento no puede superar el 30% de los haberes del titular de la cuenta y, por otro, debe existir un consentimiento explícito y previo del cliente.
Así, las nuevas condiciones alcanzan a bancos, entidades financieras y billeteras virtuales, así como a cuentas bancarias tradicionales, cuentas sueldo y plataformas de empresas fintech. Desde Defensa del Consumidor insistieron en la importancia de revisar las condiciones aceptadas y las autorizaciones otorgadas antes y durante la vigencia de un crédito.