El Gobierno nacional dispuso una modificación en los períodos estacionales utilizados para aplicar los ajustes en las tarifas de gas, una medida que redefine el calendario bajo el cual se trasladan los precios del servicio a las facturas de los usuarios.
La decisión fue oficializada este miércoles mediante la Resolución 60/2026 del Ministerio de Economía, publicada en el Boletín Oficial y procesada por Agencia Noticias Argentinas.
A partir de esta normativa, el año quedará dividido en dos tramos estacionales diferenciados, lo que marcará el momento en el que se aplicarán los ajustes vinculados al precio del gas en los cuadros tarifarios. Según explicó el Gobierno en los considerandos de la resolución, el objetivo de la medida es adecuar el sistema de actualización de tarifas al comportamiento real del consumo de gas en el país, permitiendo que la estructura tarifaria refleje con mayor precisión las variaciones de la demanda.
Cómo se dividirá el año a partir de ahora
El nuevo esquema establece una división anual basada en dos períodos principales, cada uno asociado a las variaciones del consumo de gas. Los ciclos definidos por la resolución son:
Período invernal
Desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre.
Período estival
Desde el 1 de octubre hasta el 30 de abril del año siguiente.
Esta reorganización temporal redefine la lógica con la que se aplicarán los ajustes tarifarios en el sistema gasífero.
El sistema anterior que quedó sin efecto
La normativa también establece que el nuevo esquema sustituye al sistema que regía hasta ahora, el cual contemplaba una división diferente de los períodos estacionales. El calendario previo establecía:
Período invernal: de abril a septiembre.
Período estival: de octubre a marzo.
Con la nueva resolución, el Gobierno modifica los meses que integran cada etapa del ciclo tarifario, desplazando el inicio del período invernal al mes de mayo y extendiendo el período estival hasta el 30 de abril.
El objetivo de la modificación
Según se detalla en los considerandos de la resolución, la decisión busca alinear el sistema tarifario con la dinámica real del consumo de gas en el país. El Gobierno explicó que el esquema anterior perdió vigencia en el contexto actual, particularmente tras la implementación de un nuevo mecanismo de referencia para el precio del gas.
En ese sentido, la normativa señala que el sistema previo dejó de resultar adecuado luego de la implementación del Precio Anual Uniforme (PAU). La resolución explica que, bajo el nuevo escenario, la lógica de los ajustes estacionales cambia en relación con su función dentro del sistema regulatorio.
En el texto oficial se indica que: "La estacionalidad regulatoria deja de responder a variaciones estacionales del precio del gas y pasa a reflejar principalmente la dinámica de la demanda del sistema gasífero".
Este cambio implica que los períodos estacionales se vinculan ahora con los momentos del año en que se registran mayores o menores niveles de consumo.
El comportamiento de la demanda
El documento oficial también destaca que la demanda del sistema gasífero muestra incrementos significativos a partir del mes de mayo, lo que explica la decisión de fijar el inicio del período invernal en esa fecha. De acuerdo con lo planteado en la resolución, esta modificación permite adecuar el esquema tarifario a los momentos en los que el consumo comienza a intensificarse, algo que ocurre con mayor fuerza cuando se aproxima la temporada de temperaturas más bajas.
De esta manera, el calendario de ajustes estacionales queda alineado con la evolución real del uso del gas dentro del sistema energético nacional.
Ajustes estacionales tras el período de transición
La normativa también establece que los ajustes de tarifas continuarán aplicándose de forma estacional, aunque ello ocurrirá una vez finalizado el período de transición previsto en el sistema.
La Secretaría de Energía será el organismo encargado de aplicar estos criterios dentro del funcionamiento general del sistema tarifario. Según lo dispuesto en la resolución, el nuevo esquema permitirá ordenar la actualización de precios en función de los ciclos de consumo, manteniendo el mecanismo de revisión estacional.
El rol de las empresas distribuidoras
El texto de la resolución también aborda la forma en que las empresas distribuidoras de gas deberán adaptarse a este nuevo esquema regulatorio. En ese sentido, la normativa establece un mecanismo específico para formalizar la aceptación de estos cambios dentro del sistema de licencias que rige para las compañías.
La resolución indica que se considerará que las empresas aceptan la modificación en sus licencias cuando realicen un trámite concreto ante el ente regulador.
Según la norma, esta aceptación quedará implícita con la primera presentación ante el Ente Regulador de la solicitud de traslado del precio del gas a los cuadros tarifarios.
Un nuevo marco para el sistema tarifario
La modificación introducida por la Resolución 60/2026 redefine el funcionamiento de los períodos estacionales dentro del sistema de tarifas de gas.
El nuevo esquema establece un calendario que busca reflejar la dinámica de consumo del sistema gasífero, reorganizando los meses que integran cada ciclo. A partir de esta decisión, el período invernal se extenderá desde el 1 de mayo hasta el 30 de septiembre, mientras que el período estival abarcará desde el 1 de octubre hasta el 30 de abril del año siguiente, reemplazando así el sistema anterior que dividía el año entre abril-septiembre y octubre-marzo.
Con esta reorganización, el Gobierno apunta a ajustar los mecanismos regulatorios del sector energético al comportamiento real de la demanda, estableciendo un nuevo marco para los ajustes estacionales en las tarifas de gas.