Empleados de Comercio: cuánto se cobra con aumento, bono y aguinaldo en junio
La última etapa de la paritaria de comercio se aplica en junio de 2026 y eleva los salarios de todas las categorías alcanzadas por el Convenio Colectivo 130/75. A la actualización salarial se suman montos extraordinarios y el cobro del medio aguinaldo, generando un impacto directo en los ingresos de los trabajadores.

 

El mes de junio representa una instancia de especial relevancia para los empleados de comercio debido a la combinación de diversos conceptos que se incorporan a la liquidación salarial. Por un lado, entra en vigencia el último tramo del acuerdo paritario firmado entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresariales del sector. Por otro, se suma el cobro del primer Sueldo Anual Complementario (SAC) del año, conocido popularmente como aguinaldo.

La aplicación de esta última etapa de la negociación salarial impacta de manera directa sobre los haberes de quienes se desempeñan bajo el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75, consolidando una nueva referencia salarial para todas las categorías alcanzadas por el acuerdo.

La última etapa de la recomposición salarial

El incremento salarial vigente surge de la negociación paritaria más reciente y contempla una recomposición total del 5% sobre las escalas básicas.

La mejora fue diseñada de manera escalonada a lo largo de tres meses:

  • 2% de aumento en abril.
  • 1,5% de aumento en mayo.
  • 1,5% de aumento en junio.

Con la aplicación del tramo correspondiente a junio, los salarios reflejan la totalidad del acuerdo alcanzado entre las partes. De esta manera, los haberes de este mes consolidan un nuevo piso salarial para cada una de las categorías comprendidas dentro del convenio.

La actualización salarial constituye uno de los principales componentes de la liquidación de junio y se complementa con otros conceptos extraordinarios acordados durante el proceso paritario.

Bono extraordinario y sumas adicionales

Además de los incrementos porcentuales sobre los básicos, el acuerdo contempla el pago de un bono extraordinario total de $120.000.

Este monto está integrado por:

  • Una suma fija de $100.000, distribuida durante los meses previos.
  • Un adicional de $20.000, incorporado en abril, mayo y junio.

De acuerdo con la grilla oficial difundida por FAECYS, los valores salariales correspondientes a junio ya contemplan estos importes de carácter no remunerativo. Sin embargo, la liquidación del aguinaldo se realiza de manera independiente y responde a sus propias reglas de cálculo.

Como resultado de la aplicación de los aumentos y de los montos adicionales previstos en el acuerdo, la liquidación salarial de junio muestra que prácticamente todas las categorías superan el millón de pesos brutos.

Si bien la composición final de los haberes varía según la función desempeñada, la categoría y la antigüedad de cada trabajador, todas las escalas reciben los ajustes y adicionales establecidos en la negociación.

El aguinaldo: cómo se calcula el SAC de junio

Junto con la actualización salarial, junio incorpora otro ingreso fundamental para los trabajadores: el Sueldo Anual Complementario (SAC).

La normativa establece que el aguinaldo equivale al 50% de la mayor remuneración mensual bruta percibida entre enero y junio.

Para determinar esa remuneración se consideran diversos conceptos, entre ellos:

  • Sueldo básico.
  • Adicionales salariales.
  • Comisiones.
  • Horas extras.
  • Todas las sumas remunerativas habituales.

En los casos de trabajadores que no hayan prestado servicios durante todo el semestre, el cálculo se realiza de manera proporcional. Para ello, se divide el mejor salario del período por 12 y luego se multiplica el resultado por la cantidad de meses efectivamente trabajados.

Este mecanismo busca garantizar que cada trabajador perciba un aguinaldo acorde al tiempo trabajado durante el semestre y a la mejor remuneración obtenida en ese período.

Fechas de pago y plazos legales

El pago del aguinaldo se encuentra regulado por la ley 27.073, que establece como fecha límite para su acreditación el 30 de junio.

Durante 2026, esa fecha corresponde a un martes. No obstante, la legislación contempla un margen administrativo adicional para las empresas.

La normativa permite extender la acreditación hasta cuatro días hábiles posteriores, por lo que el plazo máximo para completar el pago puede extenderse hasta el lunes 6 de julio.

Este período adicional tiene como finalidad facilitar los procesos administrativos vinculados con la liquidación y acreditación de los haberes.

El impacto de las sumas no remunerativas

Otro aspecto relevante del acuerdo vigente es la incorporación de sumas no remunerativas dentro de la liquidación mensual.

Estos montos presentan características específicas:

  • No generan aportes jubilatorios.
  • No generan contribuciones patronales.
  • Se incorporan a la liquidación salarial mensual.

Sin embargo, pese a su carácter no remunerativo, tienen incidencia sobre diversos conceptos laborales.

Entre ellos se encuentran:

  • Presentismo.
  • Antigüedad.
  • Horas extras.
  • Vacaciones.
  • Indemnizaciones.
  • Aguinaldo.

Esto significa que las sumas adicionales previstas en el acuerdo no solo incrementan el ingreso mensual, sino que también influyen en otros componentes de la remuneración.

Cómo influyen los adicionales en el ingreso final

La determinación del ingreso total de cada trabajador depende de múltiples variables contempladas por el convenio y por la modalidad específica de prestación de tareas.

Por ejemplo, cuando un empleado percibe conceptos adicionales por manejo de caja, comisiones o presentismo, dichos importes también son considerados para establecer el monto final del Sueldo Anual Complementario.

Asimismo, los trabajadores que cumplen jornadas reducidas, horarios parciales o registran ausencias injustificadas reciben tanto los incrementos salariales como las sumas extraordinarias de manera proporcional al tiempo efectivamente trabajado.

De esta forma, la liquidación de junio combina el último tramo de la recomposición salarial acordada en paritarias, el esquema de bonos extraordinarios y el cobro del medio aguinaldo, configurando uno de los meses de mayor incidencia sobre los ingresos de los empleados de comercio alcanzados por el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75.

 

Salarios por categoría

CargoValor junio
Maestranza A1.233.585
Maestranza B1.236.794
Maestranza C1.248.038
Administrativo A1.245.631
Administrativo B1.250.454
Administrativo C1.255.270
Administrativo D1.269.729
Administrativo E1.281.775
Administrativo F1.299.445
Cajeros A1.249.646
Cajeros B1.255.270
Cajeros C1.262.499
Auxiliar A1.249.646
Auxiliar B1.257.677
Auxiliar C1.284.184
Auxiliar Especializado A1.259.287
Auxiliar Especializado B1.273.743
Vendedor A1.249.646
Vendedor B1.273.746
Vendedor C1.281.775
Vendedor D1.299.445