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Ganancias y Monotributo: cuánto subirían desde julio con la nueva indexación por inflación

El segundo semestre comenzará con la cuarta actualización semestral del Impuesto a las Ganancias y del Monotributo desde la reforma fiscal de 2024. Aunque los cambios regirán desde el 1° de julio, su impacto efectivo en los bolsillos comenzará a sentirse a partir de agosto.

28 Junio de 2026 08.05

Mientras el Gobierno trabaja para presentar hacia fin de año una amplia reforma tributaria, compromiso asumido con el Fondo Monetario Internacional (FMI), el inicio del segundo semestre traerá consigo una nueva actualización para dos de los principales regímenes impositivos del país: el Impuesto a las Ganancias y el Monotributo.

Ambos esquemas tendrán durante las próximas semanas su segunda actualización de 2026, de acuerdo con el mecanismo de indexación establecido por la reforma fiscal de 2024. La normativa dispuso que tanto el gravamen sobre los ingresos como los parámetros que regulan a los pequeños contribuyentes se actualicen dos veces al año, siguiendo la inflación acumulada durante los seis meses previos.

Esta será la cuarta oportunidad desde la sanción de esa ley en la que se aplicará el mecanismo de ajuste semestral.

Cuándo comenzarán a regir los cambios

El comienzo formal de las modificaciones está previsto para el 1° de julio, aunque los efectos concretos sobre los ingresos de trabajadores y monotributistas recién comenzarán a percibirse durante agosto.

La razón es que será necesario esperar hasta el martes 14 de julio, fecha en la que el INDEC difundirá el dato de inflación correspondiente a junio. Ese indicador permitirá conocer el índice definitivo que determinará la actualización tanto del Impuesto a las Ganancias como del Monotributo. En el caso de Ganancias, el ajuste impactará sobre:

  • El mínimo no imponible.
  • Las deducciones.
  • Las escalas del impuesto.

Para el Monotributo, la actualización alcanzará:

  • Las escalas.
  • Los topes de facturación.
  • Las cuotas mensuales.
  • El aporte previsional.
  • El aporte a la obra social.
  • Otros parámetros, como alquileres y consumo energético.

Cómo se calcula el aumento previsto

Entre enero y mayo, la inflación acumuló 14,7%. A ese dato se suman las estimaciones privadas que proyectan un IPC de junio de entre 1,9% y 2%, lo que permitiría inferir una actualización cercana al 17% desde el comienzo de 2026.

Tomando como referencia una estimación de 16,9% de inflación acumulada durante el primer semestre, se proyectan nuevos valores para ambos regímenes. En el caso del Impuesto a las Ganancias, el piso desde el cual comenzaría a abonarse el tributo quedaría aproximadamente en:

  • $3.507.909 brutos mensuales para empleados solteros y sin hijos.
  • $4.445.240 brutos mensuales para trabajadores casados con hijos.

El texto también señala que, en términos generales, el piso se ubicaría alrededor de $3,5 millones brutos por mes para los solteros sin hijos y apenas por encima de $3.800.000 brutos mensuales para los casados con dos hijos. Los valores definitivos dependerán del dato oficial de inflación que publique el INDEC.

Monotributo: cómo quedarían las categorías

La actualización semestral también modificará los topes de facturación anual, las escalas y las cuotas del Monotributo. Con una estimación de incremento del 16,9%, los nuevos límites quedarían de la siguiente manera:

  • Categoría A: de $10.277.988,13 a $12.023.190,51.
  • Categoría B: de $15,05 millones a $17,6 millones.
  • Categoría C: de $21,4 millones a $26,7 millones.
  • Categoría D: de $26,2 millones a $30,6 millones.
  • Categoría E: de $30,83 millones a $36,06 millones.
  • Categoría F: de $38,6 millones a $45,2 millones.
  • Categoría G: de $46,2 millones a $54,05 millones.
  • Categoría H: de $70,1 millones a $82 millones.
  • Categoría I: de $78,4 millones a $91,8 millones.
  • Categoría J: de $89,8 millones a $105,13 millones.
  • Categoría K: de $108,3 millones a $126,70 millones.

De concretarse esta actualización, la categoría A podrá facturar poco más de $12 millones anuales, mientras que el límite de la categoría K alcanzará aproximadamente $126 millones por año.

Qué ocurrirá con la recategorización

La reforma fiscal también modificó los plazos para la recategorización semestral de los monotributistas. Según informó ARCA, una vez que el martes 14 de julio se conozca el dato oficial del IPC, quedará habilitado el trámite correspondiente.

Los contribuyentes tendrán tiempo hasta el 5 de agosto para completar la recategorización. El procedimiento debe realizarse cada seis meses, en enero y julio, evaluando la actividad desarrollada durante los últimos doce meses.

Para determinar si corresponde modificar la categoría, deberán analizarse aspectos como:

  • Los ingresos obtenidos.
  • Los alquileres abonados.
  • La superficie del local.
  • La energía consumida.

El trámite deberá efectuarse ingresando con clave fiscal al sitio de ARCA. En caso de que el contribuyente no realice la recategorización, se entenderá que no hubo cambios en su situación y permanecerá en la misma categoría.

Las nuevas cuotas comenzarán a pagarse en agosto

Además de actualizar los topes de facturación y las escalas, el ajuste por inflación alcanzará las cuotas mensuales del Monotributo.

Una vez que entren en vigencia los nuevos parámetros y concluya el proceso de recategorización, los importes actualizados comenzarán a abonarse a partir de agosto, momento en el que también se reflejarán los cambios derivados de la segunda actualización semestral de 2026 para los dos principales regímenes impositivos alcanzados por la reforma fiscal.