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Inocencia fiscal: desde qué montos ARCA podrá denunciar a un contribuyente por evasión

El Senado debatirá este viernes el proyecto impulsado por el Gobierno que eleva de manera significativa los umbrales del Régimen Penal Tributario. La iniciativa busca incentivar la declaración de dólares no registrados, brindar previsibilidad legal y modificar el esquema de multas automáticas que aplica el organismo recaudador.

26 Diciembre de 2025 13.13

El Gobierno nacional se prepara para un debate clave en el Senado con la intención de avanzar en la aprobación del proyecto de ley de Inocencia Fiscal, una iniciativa que apunta a redefinir los parámetros a partir de los cuales un contribuyente puede ser denunciado penalmente por evasión impositiva. La discusión está prevista para este viernes y forma parte de una estrategia más amplia del Ejecutivo, que también incluye el tratamiento del Presupuesto 2026 como señal hacia los mercados y como herramienta para facilitar operaciones de financiamiento y canje de deuda.

El objetivo central del proyecto es promover la exteriorización de los llamados "dólares del colchón", es decir, aquellos fondos adquiridos en el mercado informal durante los años de restricciones cambiarias. Para ello, la propuesta introduce cambios sustanciales en el Régimen Penal Tributario, el Código Civil y Comercial y el Régimen de Procedimiento Tributario, con la promesa de ofrecer mayores garantías jurídicas a los contribuyentes frente a eventuales persecuciones penales en el futuro.

El ministro de Economía, Luis Caputo, calificó la iniciativa como "fundamental" para sostener el crecimiento económico y afirmó que se trata de una herramienta necesaria para que la economía "continúe creciendo al ritmo del 6%". En ese marco, uno de los puntos más relevantes del proyecto es la actualización de los montos mínimos que configuran el delito de evasión, cifras que, según especialistas, habían quedado ampliamente desactualizadas frente a la inflación acumulada de los últimos años.

Según explicó Martín Caranta, socio del Departamento de Impuestos del estudio Lisicki, Litvin & Abelovich, la evasión simple pasaría a considerarse delito a partir de los $100 millones. "La evasión simple se configura con un mínimo de $100 millones, pero no todo lo que supera ese importe constituye evasión penal. Para que exista delito deben darse dos condiciones: superar el piso objetivo que fija la ley y, además, la intención subjetiva de transgredir una obligación impositiva", detalló el especialista.

Inocencia fiscal y nuevos montos de evasión

En el caso de la evasión agravada, el proyecto eleva el monto mínimo a $1.000 millones, frente a los $15 millones vigentes hasta ahora. Asimismo, cuando intervienen personas físicas o jurídicas, estructuras legales complejas o jurisdicciones que dificultan la identificación del responsable, el umbral se incrementa de $2 millones a $200 millones. Ese mismo monto se aplicará cuando se utilicen de manera fraudulenta exenciones u otros beneficios fiscales.

Otro punto relevante es el uso de facturas o documentos apócrifos: en esos casos, la evasión agravada se configurará a partir de los $100 millones, muy por encima del límite actual de $1,5 millones.

Noelia Girardi, gerente de impuestos del mismo estudio, remarcó que la actualización era imprescindible. "Muchos de estos montos llevaban años sin modificarse y hoy estaban completamente fuera de escala respecto de la realidad económica. El proyecto de Inocencia Fiscal propone una suba significativa de los umbrales previstos en la Ley Penal Tributaria", explicó explicó. Además, aclaró que figuras que no dependen de montos, como la insolvencia fiscal fraudulenta o la alteración de registros, no sufrirán cambios.

En la misma línea, el contador Marcos Felice consideró que las modificaciones eran necesarias para evitar que contribuyentes comunes quedaran expuestos a causas penales por montos irrelevantes en términos reales. No obstante, advirtió que "el retraso en la sanción de la ley hace que los valores propuestos ya nazcan desactualizados, ya que el primer ajuste recién se aplicaría en enero de 2027".

Multas automáticas, el punto más sensible

Uno de los ejes más controvertidos del proyecto es el régimen de multas automáticas. De aprobarse el texto actual, las sanciones experimentarían incrementos superiores al 110.000%. A modo de ejemplo, la multa prevista en el artículo 38, que hoy es de $200 para personas físicas, pasaría a ser de $220.000. En el caso de personas jurídicas, el monto subiría de $400 a $440.000.

Ante las críticas del sector privado y de especialistas, Caputo anticipó que no se aplicarán sanciones automáticas de manera inmediata. Según explicó, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) enviará primero una notificación al contribuyente otorgándole un plazo de entre 10 y 15 días hábiles para regularizar su situación antes de imponer una multa.

"ARCA va a merituar la cantidad de días de demora y aplicará sanciones menores según el caso, diferenciando los incumplimientos ocasionales de los reiterados", señaló el ministro en su cuenta oficial de X, en un intento por llevar previsibilidad al nuevo esquema.