Nuevo plan de ARCA para pagar deudas: cuotas, requisitos y quiénes pueden acceder
La Agencia de Recaudación y Control Aduanero puso en marcha un régimen especial de facilidades para regularizar obligaciones vencidas hasta el 30 de junio de 2026. El beneficio alcanza a monotributistas, MiPyME y entidades sin fines de lucro, con planes de hasta 18 cuotas.

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) lanzó un nuevo régimen especial de facilidades de pago destinado a que distintos contribuyentes puedan regularizar deudas vencidas hasta el 30 de junio de 2026, inclusive. La medida fue oficializada mediante la Resolución 5875, publicada este martes en el Boletín Oficial, y busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante un esquema de financiación con cuotas.

El nuevo plan está dirigido específicamente a monotributistas, micro, pequeñas y medianas empresas (MiPyME) y entidades sin fines de lucro, quienes podrán acceder a distintas alternativas de financiamiento según su categoría y el tipo de deuda que pretendan regularizar.

La iniciativa contempla la posibilidad de cancelar deudas impositivas, aduaneras y de los recursos de la seguridad social, además de incluir retenciones y percepciones impositivas, aunque estas últimas tendrán condiciones particulares en cuanto a la cantidad máxima de cuotas permitidas.

Plazos, cuotas y condiciones del nuevo plan

De acuerdo con lo establecido por ARCA, el régimen permitirá financiar las obligaciones mediante planes de hasta 18 cuotas, dependiendo del perfil del contribuyente.

Las condiciones generales del programa establecen que:

  • Las deudas alcanzadas son las vencidas hasta el 30 de junio de 2026 inclusive.
  • La adhesión estará habilitada desde el 15 de julio hasta el 30 de octubre.
  • La gestión deberá realizarse a través del servicio "Mis Facilidades", utilizando Clave Fiscal.
  • La tasa de interés mensual será del 2,75%.
  • El monto mínimo tanto de cada cuota como del pago a cuenta será de $50.000.

Desde el organismo aclararon además que el acogimiento al régimen no implica reducción de intereses ni liberación de sanciones, sino únicamente la posibilidad de financiar las obligaciones pendientes bajo las condiciones previstas.

Beneficios para monotributistas, MiPyME y más

El esquema establece condiciones diferenciadas según el tipo de contribuyente. En el caso de monotributistas, pequeñas y medianas empresas y entidades sin fines de lucro, el régimen prevé:

  • Hasta 18 cuotas para obligaciones impositivas y de la seguridad social.
  • Hasta 9 cuotas para retenciones y percepciones.
  • Pago a cuenta del 5% del total consolidado.

De esta manera, estos contribuyentes contarán con un plazo más amplio para regularizar sus obligaciones fiscales, manteniendo un anticipo inicial equivalente al cinco por ciento de la deuda incluida en el plan.

Condiciones para empresas medianas

El régimen también contempla un esquema específico para las empresas medianas de los tramos 1 y 2, que tendrán límites diferentes respecto de la cantidad de cuotas y del porcentaje del anticipo requerido. Para este segmento se establecen las siguientes condiciones:

  • Hasta 15 cuotas para obligaciones impositivas y de los recursos de la seguridad social.
  • Hasta 7 cuotas para retenciones y percepciones.
  • Pago a cuenta del 10%.

De esta forma, el régimen diferencia las condiciones de financiación según el tamaño del contribuyente y el tipo de obligación que se busca regularizar.

Cómo realizar la adhesión

El trámite para incorporarse al nuevo plan deberá efectuarse exclusivamente a través del sistema "Mis Facilidades", disponible en la página oficial de ARCA. El procedimiento previsto por el organismo comprende los siguientes pasos:

  • Ingresar al servicio "Mis Facilidades" con Clave Fiscal.
  • Seleccionar la opción "Régimen Especial de Facilidades de Pago - Obligaciones vencidas al 30/06/2026".
  • Consolidar la deuda que será incluida en el plan.
  • Abonar el pago a cuenta correspondiente según la categoría del contribuyente.
  • Confirmar la presentación del plan de pagos.

La adhesión podrá concretarse entre el 15 de julio y el 30 de octubre, período durante el cual los contribuyentes tendrán la posibilidad de incorporar las obligaciones alcanzadas por el régimen.

Las obligaciones que pueden regularizarse

El nuevo esquema impulsado por ARCA abarca un conjunto amplio de obligaciones fiscales vencidas hasta el 30 de junio de 2026. Entre ellas se encuentran:

  • Obligaciones impositivas.
  • Obligaciones aduaneras.
  • Recursos de la seguridad social.
  • Retenciones impositivas.
  • Percepciones impositivas.

La resolución establece que todas estas obligaciones podrán incorporarse al régimen respetando las condiciones específicas previstas para cada tipo de contribuyente y cada clase de deuda.

Con esta medida, la Agencia de Recaudación y Control Aduanero pone en funcionamiento un nuevo mecanismo de regularización que busca facilitar el cumplimiento de las obligaciones tributarias mediante planes de financiación escalonados, diferenciados según la categoría del contribuyente y el tipo de compromiso fiscal que se pretenda cancelar.