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Polémica

Eliminación del femicidio: alertan sobre el impacto en las sentencias y los juicios

Así lo manifestó el Dr. Sebastián Ibáñez, quien apuntó que de cumplirse lo propuesto por Javier Milei, habrá un retroceso en las condenas ya emitidas y en las que están por darse. Según el abogado penalista, esto plantea un beneficio para los condenados.

27 Enero de 2025 12.38

El ministro de Justicia, Mariano Cúneo Libarona, confirmó sobre el final de la semana pasada que, lejos de ser un exabrupto del presidente Javier Milei, el Gobierno tiene la firme decisión de enviar un proyecto para eliminar la figura de femicidio del Código Penal. La sola mención de este tema genera polémica y alerta a colectivos feministas, entidades que defienden la violencia contra la mujer y a abogados penalistas. 

La decisión del primer mandatario nacional tiene impacto en la provincia. Así lo hizo saber el abogado Sebastián Ibáñez, quien consultado alertó sobre las consecuencias que esta decisión tendrá, en caso de aprobarse, sobre las sentencias ya emitidas, de las cuales hay varias en nuestra provincia. Según el letrado, de confirmarse la eliminación de este agravante en el Código Penal, esto va a beneficiar directamente a todos los condenados con prisión perpetua y hasta a aquellos con procesos en curso. 

"Esto porque por la aplicación de una regla legal que se llama aplicación de Ley Penal más benigna, que está en el artículo 2 del Código Penal Argentino, y que ahora ya tiene rango constitucional, porque también está consagrado en el artículo 9 de la Convención Americana de Derechos Humanos, que tiene rango de la constitución. Ambas normas establecen que, en el caso del condenado, si se dicta una ley más benigna, que disminuye la pena o que deroga el delito por el que fue condenado, se le tiene que aplicar esa ley más leve", comentó el abogado. 

Al especificar dijo: "Esto significa que, en el caso de los condenados por femicidio, si se deroga el agravante de femicidio, y por lo tanto la perpetua que le corresponde, su pena se va a reducir a la pena del homicidio común. Y del homicidio simple va de 8 a 25 años de prisión". 

Ibáñez sostuvo que, en caso de los acusados por el homicidio agravado por femicidio, a estos ya no se les puede aplicar la prisión perpétua, en caso de que sea de grado culpable en la sentencia condenatoria, sino que ahora con el cambio les correspondería homicidio común. Respecto a quienes ya están condenados, el abogado refirió que quienes tengan el agravante de femicidio, si esto se elimina, solo quedarían con la prisión perpétua, sobre todo aquellos que fueron sentenciados por el agravante de haber mantenido una relación de pareja con la víctima. 

El abogado luego aclaro que, si "el condenado solamente fue sentenciado a perpetua por homicidio agravado por femicidio, ese se va a beneficiar con este proyecto de ley en cuanto al término de reducírsele la pena. Y en el caso de los acusados, solo por el delito de homicidio agravado por femicidio, también se van a beneficiar". 

Ante este panorama, el penalista marcó postura y lanzó un llamado a los legisladores nacionales: "Espero que tanto los diputados como los senadores rechacen este proyecto de ley que implica un retroceso, no solo en cuanto a los derechos de la mujer, sino que, insisto, es un proyecto de ley que va a beneficiar directamente a criminales aberrantes, en el caso de los condenados".