Un sujeto mayor de edad fue condenado ayer por unanimidad por el tribunal de la Cámara Penal N°1 a la pena de tres años de prisión en suspenso, al ser declarado culpable del delito de abuso sexual simple agravado por la guarda.
El debate que inició y finalizó en la jornada de ayer, se desarrolló a puertas cerradas por el tipo de delito que se juzga y fue presidido por el juez Mauricio Navarro Foressi.
A las 10 de la mañana el magistrado, quien integró el tribunal junto a los jueces Fernando Esteban y el subrogante Miguel Ángel Lozano Gilyam, escucharon al imputado luego de que, por secretaría, se diera lectura a la citación a juicio.
Es decir, se le hiciera conocer al ahora condenado el hecho del que se le acusa y las pruebas en su contra.
Asesorado por el abogado del fuero local, Dr. Víctor García, el imputado -de quien se pidió el resguardo de la identidad para preservar la de la víctima- se sentó ante el tribunal y reconoció haber “tocado” en sus partes íntimas a la víctima, quien en el año 2017 cuando ocurrieron los hechos era menor de edad y él le enseñaba a jugar al fútbol en un club de la Capital.
Ante la confesión del entrenador, la fiscal Daniela Barrionuevo le solicitó en acuerdo con la defensa al tribunal, desistir de los testigos y pasar directamente a la etapa de los alegatos.
Así fue que a renglón siguiente las partes expusieron sus conclusiones.
En primer término, lo hizo la fiscal quien sostuvo la imputación y solicitó la pena de tres años de prisión, pero de cumplimiento en suspenso. Luego, fue el turno de la defensa. El abogado Víctor García, en tanto, les pidió a los jueces absuelvan por el beneficio de la duda a su cliente.
Sentencia
Luego de escuchar las conclusiones finales de la fiscalía y la defensa, el tribunal le dio la última palabra al entrenador y se retiró a deliberar.
A las 11 de la mañana aproximadamente, los jueces regresaron a la sala y la audiencia se reanudo.
Por la secretaria se dio lectura al veredicto. Por unanimidad el tribunal declaro culpable al entrenador de futbol, del delito de abuso sexual simple agravado por la guarda condenándolo a la pena de tres años de prisión en suspenso.
Asimismo, le impuso al ahora condenado una serie de reglas de conductas, entre ella, la prohibición de acercamiento para con la víctima a través de cualquier medio tecnológico.
Conocido el fallo, el condenado se fue por sus propios medios de la cámara, ya que si bien fue declarado culpable por la justicia la pena fue en suspenso, es decir, que no ira a la cárcel a cumplir la misma.