En un juicio unipersonal desarrollado en el ámbito de la justicia provincial, la jueza Patricia Olmis resolvió absolver a Pedro Romero, quien había llegado al debate acusado de lesiones calificadas por mediar una relación de pareja y privación ilegítima de la libertad, todo en un contexto de violencia de género. La decisión fue adoptada luego de que tanto el Ministerio Público Fiscal como la Defensa solicitaran la absolución, fundamentando que no se había logrado sostener la acusación inicial debido a inconsistencias en el testimonio de la denunciante.
El debate se llevó a cabo con la presencia del fiscal Miguel Mauvecín, encargado de sostener la acusación formulada en la etapa preparatoria. Sin embargo, según explicaron fuentes judiciales consultadas, la situación cambió sustancialmente cuando la denunciante —citada a declarar como testigo del caso— brindó su testimonio en la sala de audiencias. Su declaración, que era considerada central para sostener la imputación, presentó contradicciones relevantes respecto de sus afirmaciones previas y de los hechos reconstruidos en el expediente.
De acuerdo con las mismas fuentes, la mujer no pudo precisar de manera consistente cómo habrían ocurrido los episodios atribuidos al imputado. Además, algunos de los hechos denunciados no pudieron ser corroborados con el resto del material probatorio. Uno de los puntos más determinantes fue el relativo a las supuestas lesiones: el informe médico forense incorporado a la causa señalaba que la denunciante no presentaba lesiones visibles al momento de la revisación, un dato que resultó clave para la valoración fiscal y judicial.
Frente a este escenario, el fiscal Mauvecín tomó la decisión de no sostener la acusación. Al momento de alegar, explicó que, a partir de la declaración de la víctima y de la imposibilidad de acreditar los hechos denunciados, correspondía solicitar la absolución del imputado. Esta postura fue coincidente con la del defensor oficial, Daniel Carrizo, quien también remarcó ante el tribunal las contradicciones detectadas en el relato de la mujer y la falta de pruebas que permitieran respaldar la imputación por lesiones y privación ilegítima de la libertad.
Carrizo sostuvo que su defendido había sido llevado a juicio sobre la base de hechos que, una vez analizados en el debate, no encontraron el respaldo probatorio necesario para acreditar responsabilidad penal. Subrayó además la importancia del juicio oral como instancia para evaluar de manera directa la prueba testimonial, especialmente en casos donde la palabra de la víctima tiene un peso determinante.
Con ambos planteos, la jueza Patricia Olmis resolvió hacer lugar al pedido de absolución. En su decisión, valoró la imposibilidad de sostener la acusación ante la falta de elementos objetivos que permitieran corroborar los hechos imputados y las inconsistencias advertidas en la declaración de la denunciante. En consecuencia, Romero fue absuelto por los delitos que había afrontado en el proceso, todos vinculados a la presunta comisión de violencia de género.