El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi rechazó el pedido de detención contra los empresarios cripto Mauricio Novelli y Manuel Terrones Godoy, solicitado por los querellantes del caso $Libra, investigación en la que también está denunciado el presidente Javier Milei. La solicitud había sido impulsada por Martín Romeo, quien argumentó que los imputados podrían fugarse o entorpecer el avance de la causa.
Novelli y Terrones Godoy fueron los organizadores del Tech Forum de octubre de 2024, evento en el que participó Milei y otros actores vinculados al lanzamiento del activo digital $Libra, promocionado posteriormente por el propio Presidente en su cuenta de X.
El juez coincidió con la evaluación del fiscal Eduardo Taiano, quien señaló que no existen elementos que permitan presumir un riesgo procesal. "Los imputados se encuentran actualmente a derecho, sin que existan elementos objetivos que permitan presumir que intentarán sustraerse de la acción de la justicia", sostuvo Martínez de Giorgi.
Asimismo, el magistrado consideró que las medidas cautelares vigentes, que incluyen el congelamiento de activos y la prohibición de innovar, son "idóneas y suficientes para garantizar la investigación". El fallo aclara que la posesión de pasaportes extranjeros o residencia en el exterior "no puede ser interpretada, por sí, como un indicio suficiente de riesgo de fuga" si no existen otros factores que lo justifiquen.
El pedido de detención también se basaba en un supuesto vínculo estrecho de los imputados con Hayden Mark Davis, creador del activo digital $Libra. Sin embargo, la evidencia presentada no fue considerada suficiente para fundamentar la detención.
Por otra parte, Martínez de Giorgi rechazó el pedido de acceso irrestricto al expediente solicitado por el diputado Maximiliano Ferraro, presidente de la Comisión Investigadora sobre la criptomoneda $Libra de la Cámara de Diputados. La fiscalía y la defensa de los imputados se opusieron, citando el artículo 204 del Código Procesal Penal, que establece que el sumario "será siempre secreto para los extraños".
El juez respaldó esa interpretación, recordando que la publicidad del proceso penal se aplica únicamente en la etapa de juicio. "Extender dicha facultad a extraños al expediente podría implicar una vulneración al principio de legalidad y a las garantías del debido proceso", subrayó.
Con esta resolución, se mantienen las medidas cautelares ya dispuestas, se garantiza la reserva del desarrollo de la investigación y se rechazan tanto la solicitud de acceso irrestricto como la de detención formuladas por la querella.