La Cámara Federal de Casación Penal ratificó este viernes las condiciones de prisión domiciliaria impuestas a Cristina Fernández de Kirchner en el marco de la causa Vialidad, por la que fue condenada a seis años de prisión por administración fraudulenta en perjuicio del Estado.
Con votos de los jueces Gustavo Hornos y Diego Barroetaveña, la Sala IV del máximo tribunal penal del país confirmó que la exmandataria deberá continuar utilizando tobillera electrónica y mantener restricciones en el régimen de visitas. Además, se convalidó que el lugar de detención seguirá siendo el departamento de la calle San José 1111, en el barrio porteño de Monserrat.
El juez Mariano Borinsky votó en disidencia y consideró que ambas medidas —la tobillera y la autorización previa para visitas— deberían levantarse.
Un fallo con mensaje institucional
En el fallo, los magistrados remarcaron que la vigilancia electrónica y las visitas autorizadas se ajustan al marco legal vigente y son fundamentales para asegurar el control judicial efectivo del cumplimiento penal en el contexto de la prisión domiciliaria.
Los jueces Hornos y Barroetaveña coincidieron en que flexibilizar el régimen podría afectar la eficacia de la condena y desvirtuar su sentido. Afirmaron que el caso representa una violación grave al orden democrático y destacaron que el cumplimiento de la pena debe proyectar un mensaje claro frente a delitos de corrupción estructural cometidos desde el aparato estatal.
"La normativa de ejecución penal debe aplicarse sin privilegios ni excepciones, aun cuando se trate de figuras públicas de alta exposición", subrayó Hornos.
San José 1111, domicilio confirmado
Los tres jueces coincidieron en que Cristina Kirchner debe seguir cumpliendo la prisión domiciliaria en su actual vivienda, en base al informe socioambiental elaborado por la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal. Según el tribunal, han cesado las situaciones de conflictividad barrial que se habían registrado tras la confirmación de la condena por parte de la Corte Suprema, el pasado 10 de junio.
Borinsky aclaró que el juez de ejecución conserva jurisdicción para evaluar posibles cambios a futuro, pero sostuvo que por ahora no hay motivos para alterar el lugar de detención.
El debate por la tobillera y las visitas
La defensa de la expresidenta, encabezada por Carlos Beraldi, pidió el retiro de la tobillera, argumentando que Cristina cuenta con custodia permanente de la Policía Federal. Sin embargo, el fiscal Mario Villar y dos de los jueces de la Sala coincidieron en que el dispositivo electrónico es un instrumento válido y necesario en este tipo de condenas.
Un informe médico ordenado por el TOF 2 concluyó que no hay impedimento para su uso. Hornos y Barroetaveña señalaron que la custodia no reemplaza la función del Poder Judicial en la ejecución penal, y que el monitoreo electrónico y el control de visitas son complementarios e indispensables.
Borinsky, en minoría, sostuvo que el uso del dispositivo es innecesario en este caso, ya que no existe riesgo de fuga y las tobilleras son un recurso escaso dentro del sistema penitenciario. También cuestionó la exigencia de autorización previa para las visitas, al considerarla una medida desproporcionada que restringe derechos fundamentales.
En cambio, sus colegas afirmaron que las limitaciones están justificadas, incluso para preservar la seguridad personal de la propia condenada, quien fundamentó su pedido de prisión domiciliaria en supuestas amenazas a su integridad física.
Final con énfasis institucional
El fallo culmina con un fuerte mensaje institucional. Según Hornos, la pena no se agota en la función resocializadora individual, sino que adquiere una dimensión expresiva y simbólica, destinada a reafirmar la vigencia de la ley, comunicar el rechazo estatal a los delitos contra el orden democrático y recuperar la confianza de la sociedad en el sistema republicano.