El Gobierno nacional publicará en los próximos días un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que modifica la ley de inteligencia y amplía las facultades de la Secretaría de Inteligencia de Estado (SIDE), que pasará a concentrar el control del sistema de espionaje y a tener mayor capacidad operativa, incluida la posibilidad de aprehender personas ante requerimiento judicial o en casos de flagrancia.
El texto fue firmado el 31 de diciembre por el presidente Javier Milei y la totalidad de su gabinete, y establece una profunda reorganización del área de inteligencia, con la creación y disolución de organismos, la redefinición de funciones y la unificación de tareas para facilitar el intercambio de información entre dependencias del Estado nacional y las jurisdicciones provinciales.
Entre los cambios introducidos, el decreto incorpora definiciones que no estaban explicitadas en la normativa vigente, como la caracterización del trabajo de inteligencia como una actividad de naturaleza reservada. En ese sentido, el artículo 2° bis establece que "todas las actividades que se realizan en el ámbito de la Inteligencia Nacional revisten carácter encubierto en virtud de su sensibilidad, con el fin de minimizar el Riesgo Estratégico Nacional".
El DNU también precisa el alcance de las tareas de contrainteligencia y detalla las acciones comprendidas en ese campo, como la prevención de infiltraciones, la fuga de información clasificada, el espionaje, los atentados contra el orden constitucional, el sabotaje y la injerencia de factores externos que puedan afectar el proceso decisorio del sistema republicano de gobierno o los intereses estratégicos nacionales.
Reordenamiento de la estructura y nuevas agencias
La SIDE continuará como organismo central del sistema, aunque se introducen modificaciones en sus dependencias. La Agencia de Seguridad Nacional pasará a denominarse Agencia Nacional de Contrainteligencia (ANC); la Agencia Federal de Ciberseguridad será reemplazada por la Agencia Federal de Ciberinteligencia (AFC), con foco en el ámbito digital; y la División de Asuntos Internos será sustituida por la Inspectoría General de Inteligencia (IGI).
Además, el decreto amplía y especifica las atribuciones de la SIDE, que quedará a cargo de la planificación del esfuerzo estatal en la obtención y análisis de información estratégica, la conducción del Sistema de Inteligencia Nacional y la articulación con organismos nacionales, provinciales —incluidas las áreas de seguridad de Catamarca— y entidades extranjeras.
Entre otras facultades, la norma autoriza a la SIDE a requerir información a cualquier organismo del sector público, coordinar acciones con las provincias y la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y asumir funciones vinculadas a la lucha contra el terrorismo, el análisis geoespacial y la gestión criptográfica del Estado.
Centro Nacional de Ciberseguridad y nuevos ámbitos de coordinación
Uno de los puntos centrales del DNU es la creación del Centro Nacional de Ciberseguridad (CNC), un ente descentralizado que funcionará bajo la órbita de la Jefatura de Gabinete. Tendrá a su cargo la planificación, ejecución y supervisión de políticas de ciberseguridad para proteger el ciberespacio de interés nacional, las infraestructuras críticas de información y los sistemas tecnológicos utilizados en servicios públicos esenciales.
Para su puesta en funcionamiento, se transferirán bienes, patrimonio y personal que cumplían funciones de ciberseguridad en la ex Agencia Federal de Ciberseguridad.
El decreto también establece dos espacios de articulación interinstitucional. Por un lado, la Comunidad de Inteligencia Nacional, que agrupa a los organismos de inteligencia y a áreas especializadas de las Fuerzas Armadas y de Seguridad. Por otro, la Comunidad Informativa Nacional, integrada por ministerios y organismos con capacidad de generar información relevante para el análisis estratégico, como Migraciones, Aduanas y entes del área nuclear.
La norma dispone que la SIDE será la encargada de definir la organización y los procedimientos mediante los cuales estos organismos deberán suministrar información.
Aprehensión de personas y continuidad operativa
El texto dedica un apartado a la protección de instalaciones, bienes y personal de los organismos que integran el sistema de inteligencia, habilitando la implementación de mecanismos propios de seguridad y la posibilidad de repeler agresiones.
En el artículo 19, se establece que, en el marco de actividades de inteligencia, auxilio judicial o ante la comisión de delitos en flagrancia, el personal de inteligencia podrá proceder a la aprehensión de personas, con la obligación de dar aviso inmediato a las fuerzas policiales y de seguridad competentes.
Finalmente, el DNU prevé la reasignación del personal de los organismos que cambian de denominación o se disuelven y fija criterios para garantizar la continuidad funcional de las estructuras existentes mientras se completa el proceso de reorganización.