Tras varios intentos de la oposición en los últimos tres años y después de que se abriera en las últimas semanas un nuevo debate, se conoció este lunes que Córdoba tendrá desde el viernes próximo aprobado en la Legislatura provincial el proyecto de ficha limpia con el apoyo del PJ y de la mayoría de los bloques opositores.
En una reunión conjunta de las comisiones de Asuntos Constitucionales, Justicia y Legislación General, se acordó este lunes compatibilizar las propuestas de las legisladores justicialistas Julieta Rinaldi, María Victoria Busso y María del Rosario Acevedo, que fija "elevar estándares de idoneidad para candidatos y funcionarios"; junto con las dos iniciativas de la radical Brenda Austin, quien retomó una propuesta que en los últimos años motorizó del exlegislador Marcelo Cossar, quien no contó en el apoyo del PJ.
En este año legislativo, Austin había presentado en junio pasado el proyecto ficha ficha, tal como se lo conoce a nivel nacional, al establecer la incorporación del artículo 49 bis al Código Electoral de la Provincia de Córdoba, en el que detallaba que "no podrán ser candidatas las personas que se encuentren condenadas a penas privativas de la libertad, aunque la sentencia no se encontrare firme y la pena fuera de cumplimiento en suspenso".
Mientras que en octubre las legisladoras justicialistas ingresaron una propuesta también para modificar el mismo artículo de la ley 9.571, en el fijaron que "no podrán ser candidatas a cargos públicos electivos provinciales o municipales, ni a cargos partidarios aquellas personas que se encontraren condenadas en segunda instancia".
Después de varias reuniones en la Legislatura, de conversaciones con el ministro de Justicia y Trabajo, Julián López, y del apoyo del Centro Cívico se logró compatibilizar los proyectos en el que se acordó que quedarán inhabilitadas para cargos electivos "las personas condenadas a penas privativas de la libertad de ejecución efectiva o a pena de inhabilitación principal o accesoria por delitos dolosos de cualquier naturaleza, previstos en el Código Penal de la Nación o en leyes especiales, en virtud de sentencias dictadas por tribunales del Poder Judicial de Córdoba, por tribunales nacionales, federales o de otras provincias".
Y se aclaró que para la no autorización a cargos electivos "se requiere que la sentencia condenatoria haya sido confirmada por sentencia dictada por tribunal de instancia ulterior, por vía recursiva o impugnativa, ordinaria o extraordinaria de conformidad a las normas procesales que resulten de aplicación".
Por lo tanto, se detalló que "la inhabilitación prevista se extiende desde el dictado de la sentencia confirmatoria y hasta que la misma sea revocada o, en su defecto, hasta el cumplimiento total de la pena correspondiente."
Otro de los puntos que tendrá la normativa será respecto del alcance, ya que no sólo será aplicable para postulantes a puestos a electivos, sino también "para cargos partidarios", además de funcionarios públicos. Esto último había sido solicitado por la UCR.
Además, se incorporó que partidos políticos o alianzas electorales "deben acompañar una declaración jurada suscripta por todos los candidatos que integren sus listas para cualquier cargo electivo provincial, municipal o comunal". Mientras que el Juzgado Electoral, previo a la oficialización de las listas, deberá acreditar el contenido de la declaración jurada y requerir para esto al Registro Nacional de Reincidencia el Certificado de Antecedentes Penales (CAP) y así como el Certificado de Antecedentes de la Policía de Córdoba.