La Corte Suprema dejó firme la cautelar que obliga a aplicar la Ley de Financiamiento Universitario
El máximo tribunal rechazó la apelación del Ejecutivo y, por ahora, mantuvo vigente la orden de actualizar salarios docentes y no docentes y recomponer becas y programas estudiantiles. La discusión de fondo sobre la validez del decreto 759/25 seguirá su curso en la Justicia

La Corte Suprema de Justicia de la Nación dejó firme este jueves la medida cautelar que obliga al Gobierno nacional a aplicar dos artículos de la Ley 27.795 de Financiamiento Universitario, en una resolución que representa un respaldo judicial para las universidades en medio de la disputa por el presupuesto del sistema de educación superior. La decisión no resuelve todavía el fondo del conflicto, pero sí mantiene, al menos por ahora, la obligación del Estado de avanzar con la actualización salarial de docentes y no docentes y con la recomposición de becas y programas académicos para estudiantes.

La definición del máximo tribunal se produjo al desestimar la apelación presentada por el Poder Ejecutivo contra la cautelar dictada en el expediente iniciado por el Consejo Interuniversitario Nacional (CIN). La causa fue promovida contra el decreto 759/25, norma con la que el Gobierno había intentado suspender la aplicación de los artículos de la ley vinculados con la actualización de salarios y con los fondos destinados a becas y programas universitarios.

La resolución lleva la firma de los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, quienes emitieron dos resoluciones dentro del expediente y dejaron firme la decisión cautelar mientras el proceso judicial continúa avanzando. De ese modo, el tribunal no se pronunció sobre si el decreto del Poder Ejecutivo puede o no suspender artículos de una ley sancionada por el Congreso, pero sí cerró, en esta etapa, la posibilidad de que el Gobierno revierta la medida provisoria a través del recurso extraordinario presentado.

El argumento procesal de la Corte 

El núcleo de la decisión de la Corte fue estrictamente procesal. Según el tribunal, los recursos extraordinarios interpuestos por el Ministerio de Capital Humano no podían prosperar porque no estaban dirigidos contra una sentencia definitiva, un requisito indispensable para habilitar la intervención del máximo tribunal en este tipo de planteos.

Ese punto es central para entender el alcance del fallo. La Corte no resolvió si el decreto 759/25 es válido o inválido, ni tampoco zanjó la controversia de fondo sobre la constitucionalidad o legalidad de la decisión del Ejecutivo de intentar suspender la aplicación de una norma aprobada por el Congreso. Lo que hizo fue declarar improcedente la vía elegida por el Gobierno para cuestionar la cautelar, con lo cual la medida quedó firme mientras el expediente sigue su trámite en instancias inferiores.

En otras palabras, la discusión principal permanece abierta: la Justicia todavía debe determinar si el Poder Ejecutivo estaba habilitado para suspender por decreto la aplicación de artículos de la Ley de Financiamiento Universitario. Hasta que esa respuesta llegue en una sentencia de fondo, la cautelar seguirá operando como una barrera judicial que impide dejar sin efecto los artículos cuestionados por el Gobierno.

La causa iniciada por el CIN 

La causa que dio origen a esta resolución fue impulsada por el Consejo Interuniversitario Nacional, el organismo que nuclea a las universidades nacionales y que acudió a la Justicia para frenar los efectos del decreto 759/25. En ese expediente, las universidades cuestionaron el intento del Ejecutivo de suspender disposiciones de la Ley 27.795 referidas a dos aspectos sensibles del funcionamiento del sistema: la actualización de salarios del personal docente y no docente y el financiamiento de becas y programas académicos.

La cautelar que ahora quedó firme había sido concedida con el objetivo de evitar que, mientras se discute la validez del decreto, se profundizaran los efectos del desfinanciamiento sobre el sistema universitario. El tribunal que intervino en esa instancia entendió que existían razones suficientes para preservar la vigencia de esos artículos y ordenar su cumplimiento provisorio, justamente para evitar daños de difícil reparación posterior.

En este marco, la decisión de la Corte Suprema consolida transitoriamente esa protección. No se trata de una sentencia definitiva sobre el conflicto entre el Gobierno y las universidades, pero sí de un paso judicial que fortalece la posición del CIN y del sistema universitario en el reclamo por el cumplimiento de la ley sancionada por el Congreso.

El antecedente del veto presidencial 

Al momento de dictar la cautelar, el tribunal había puesto el foco en un dato político e institucional clave: el Congreso había insistido en la sanción de la Ley de Financiamiento Universitario pese al veto presidencial de Javier Milei. Ese antecedente resultó determinante en la valoración judicial, porque situó la controversia en el terreno de la relación entre una ley sancionada por el Congreso y una decisión posterior del Poder Ejecutivo que pretendía suspender parte de sus efectos.

Según lo expuesto en ese momento, el Ejecutivo buscaba evitar la aplicación de la ley sobre la base de una norma anterior de jerarquía inferior al texto constitucional, un argumento que fue evaluado por el tribunal al analizar la procedencia de la medida cautelar. Esa observación no resolvió de manera definitiva la disputa, pero sí funcionó como uno de los fundamentos para entender que existía verosimilitud en el derecho invocado por las universidades y riesgo de afectación si la ley no se aplicaba.

La postura de la Casa Rosada fue que la Ley de Financiamiento Universitario solo podía ejecutarse una vez determinadas las fuentes específicas de financiamiento. Sin embargo, esa tesis no alcanzó, en esta etapa del proceso, para revertir la cautelar. Por el contrario, el tribunal que había intervenido previamente entendió que el incumplimiento de la norma podía ocasionar perjuicios graves y profundizar un deterioro salarial con impacto directo en el derecho de enseñar y aprender.

El acuerdo reciente entre el Gobierno y las universidades

La resolución de la Corte se conoció semanas después de un acuerdo alcanzado entre el Gobierno nacional y las universidades, en virtud del cual el Ejecutivo se comprometió a transferir fondos para incrementar un 24,33% los salarios, aumentar en un 20% los gastos de funcionamiento y ampliar las partidas destinadas a hospitales universitarios hasta los $50.000.000.000.

Ese entendimiento fue leído como un gesto de distensión en medio del conflicto, aunque no resolvió la discusión de fondo sobre el nivel de financiamiento que corresponde al sistema universitario. Según habían explicado entonces a TN desde la comunidad universitaria, la propuesta oficial implicaba llevar el presupuesto universitario del 0,5% del PBI al 0,6%, mientras que la Ley de Financiamiento vigente establecía un 0,75%.

La diferencia entre ambos porcentajes expone con claridad el centro de la disputa. Por un lado, el Gobierno avanzó con una oferta que supone una mejora respecto del nivel presupuestario previo. Por otro, las universidades sostienen que la referencia válida no es esa mejora relativa, sino el cumplimiento integral de la ley vigente, que fija un piso superior de financiamiento.

Salarios, becas y programas

Con la decisión de la Corte, la cautelar sigue vigente y, por lo tanto, también permanece en pie la obligación de aplicar los artículos de la ley referidos a dos áreas centrales del sistema universitario. En términos concretos, la medida mantiene la orden de:

  • Actualizar los salarios docentes y no docentes.
  • Recomponer las becas estudiantiles.
  • Sostener los fondos destinados a programas académicos.

La continuidad de esta cautelar adquiere un valor concreto en un contexto donde la discusión presupuestaria no es abstracta, sino que impacta de manera directa sobre la capacidad de las universidades para pagar salarios, garantizar becas y sostener programas de formación y funcionamiento institucional. La evaluación judicial, en este punto, fue que el ahorro derivado de no aplicar la ley no era significativo para el presupuesto de la Administración Pública Nacional, mientras que el perjuicio potencial para las universidades sí podía ser severo.

Sigue la disputa

La decisión del máximo tribunal no clausura la discusión sobre la Ley de Financiamiento Universitario, pero sí le otorga a las universidades una herramienta jurídica de peso para sostener su reclamo. La cautelar quedó firme y eso implica que, mientras la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal avanza hacia una sentencia de fondo, el Gobierno no podrá dejar sin efecto de manera inmediata los artículos protegidos por esa medida.

Ese dato modifica el escenario político y judicial del conflicto. Por un lado, porque fortalece la posición institucional del Consejo Interuniversitario Nacional y del sistema universitario en la discusión con el Ejecutivo. Por otro, porque obliga al Gobierno a convivir, al menos transitoriamente, con una orden judicial que preserva parte del esquema de financiamiento previsto por la ley.