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Reves judicial

La Corte Suprema rechazó el per saltum del Gobierno sobre la reforma laboral

El máximo tribunal declaró "inadmisible" el recurso presentado por la Procuración del Tesoro para que la Corte definiera de manera directa sobre la constitucionalidad de la reforma laboral. La causa continuará en las instancias judiciales inferiores.

7 Mayo de 2026 16.04

La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó este jueves el pedido de per saltum impulsado por el Gobierno nacional para que el máximo tribunal intervenga de manera directa en la causa vinculada a la constitucionalidad de la reforma laboral. Con la firma de los jueces Horacio Rosatti, Ricardo Lorenzetti y Carlos Rosenkrantz, el fallo declaró "inadmisible" el recurso extraordinario presentado por la Procuración del Tesoro de la Nación.

La decisión implica que el expediente continuará su trámite en las instancias judiciales inferiores y que la Corte no analizará por el momento el fondo de la controversia relacionada con la Ley 27.802 de Modernización Laboral.

El planteo había sido realizado por el Gobierno nacional luego de una serie de resoluciones judiciales contrapuestas respecto de la aplicación de distintos artículos de la reforma laboral impulsada por la administración nacional.

El conflicto judicial por la reforma laboral

El pedido de per saltum había sido promovido por la Procuración del Tesoro para que la Corte Suprema resolviera directamente el conflicto judicial originado tras la suspensión cautelar de más de 80 artículos de la reforma laboral.

La medida cautelar había sido dictada por un juez del fuero laboral a partir de una presentación realizada por la Confederación General del Trabajo (CGT), que cuestionó la constitucionalidad de diversos puntos de la ley. Posteriormente, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó aquella decisión y restituyó la plena vigencia de la reforma laboral, circunstancia que modificó el escenario judicial del expediente.

Pese a ello, el Gobierno insistió con el recurso extraordinario de per saltum para que la Corte Suprema asumiera competencia directa y resolviera sobre la validez constitucional de la normativa sin esperar el desarrollo completo del proceso en las instancias inferiores.

Qué resolvió la Corte Suprema

En su resolución, el máximo tribunal entendió que no se verificaban los requisitos previstos en el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación para habilitar la vía excepcional del per saltum.

El artículo 257 del Código Procesal establece que pueden omitirse las instancias judiciales intermedias únicamente cuando el caso tramite bajo competencia federal y se acredite una situación de "notoria gravedad institucional".

Sin embargo, los jueces de la Corte concluyeron que el planteo presentado por la Procuración del Tesoro no cumplía con esas condiciones y, en consecuencia, rechazaron el recurso por considerarlo inadmisible. De acuerdo con fuentes judiciales mencionadas en torno a la causa, en esta etapa del proceso el pedido del Gobierno resultaba además "inoficioso", debido a que la reforma laboral actualmente se encuentra vigente tras la decisión adoptada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo.

El origen del planteo del Gobierno

La Procuración del Tesoro había formalizado el pedido de per saltum el pasado 16 de abril, luego de que el Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63 declarara la inconstitucionalidad de gran parte de la ley de modernización laboral.

En aquella oportunidad, el juez laboral suspendió la aplicación de 83 artículos de la normativa cuestionada por la CGT. Posteriormente, la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo revocó esa resolución y restituyó la vigencia de la ley, aunque el Gobierno decidió igualmente avanzar con la presentación ante la Corte Suprema.

En el escrito presentado ante el máximo tribunal, los abogados del Estado solicitaron la revisión del fallo del Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 63, dictado el 30 de marzo.

Los argumentos de la Procuración del Tesoro

La Procuración del Tesoro actuó en representación de la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano y pidió expresamente que la Corte aceptara el recurso extraordinario y declarara su admisibilidad.

Además, solicitó que se suspendieran los efectos de la sentencia cautelar dictada en primera instancia hasta que existiera una resolución definitiva sobre el expediente. Entre los principales argumentos expuestos por el Gobierno se destacó el cuestionamiento a la competencia del juez que intervino originalmente en la causa. Según el planteo oficial, la sentencia había sido dictada por un magistrado incompetente.

Asimismo, el Estado nacional sostuvo que no existía un caso judicial concreto y que tampoco se configuraba legitimación activa colectiva para impulsar la acción iniciada por la CGT.

La presentación oficial también buscó revertir la resolución que había suspendido los artículos de la Ley 27.802 vinculados a la reforma laboral.

La postura de la CGT y la cautelar inicial

La acción judicial original había sido promovida por la CGT, que solicitó la declaración de inconstitucionalidad y la suspensión cautelar de distintos artículos de la Ley 27.802. La central obrera argumentó que los artículos cuestionados modificaban el régimen laboral vigente y vulneraban derechos y garantías constitucionales.

Entre los puntos señalados por la CGT se incluyeron:

  • La protección del trabajo.
  • La progresividad de los derechos sociales.
  • La libertad sindical.
  • El acceso a la Justicia.

El titular del Juzgado Nacional del Trabajo N° 63, Raúl Horacio Ojeda, aceptó el planteo de la central sindical y dictó la medida cautelar que suspendió, con alcance general, la aplicación de los artículos cuestionados. No obstante, esa decisión fue posteriormente revocada por la Cámara Nacional de Apelaciones del Trabajo, resolución que permitió restablecer la vigencia plena de la reforma laboral mientras continúa el desarrollo del expediente judicial.