El Juzgado Contencioso Administrativo Federal N° 1 de la Ciudad de Buenos Aires desestimó el pedido presentado por los diputados Miguel Ángel Pichetto y Nicolás Massot para suspender de manera inmediata la derogación de la Ley de Tierras Rurales.
La decisión fue adoptada por el juez Enrique Alonso Regueira, quien rechazó la posibilidad de dictar una medida cautelar interina antes de escuchar la posición del Estado Nacional. El magistrado consideró que los legisladores no lograron demostrar la existencia de "circunstancias graves y objetivamente impostergables" que justificaran una intervención de urgencia en los términos solicitados.
La resolución no implica, de acuerdo con lo informado, el cierre del proceso judicial. Por el contrario, el tribunal dio curso a la presentación y estableció los pasos que deberán cumplirse antes de adoptar una decisión definitiva sobre la procedencia de la medida cautelar.
Mientras tanto, la desregulación territorial continúa plenamente vigente en todo el país.
El Gobierno Nacional, a través de la Procuración del Tesoro, deberá presentar un informe ante el juzgado dentro de un plazo de cinco días hábiles, en el que deberá explicar el interés público comprometido en la causa.
El origen de la disputa por la Ley de Tierras
El conflicto se relaciona con el artículo 154 del DNU 70/2023, dictado por el presidente Javier Milei en diciembre de 2023. Esa disposición eliminó la Ley 26.737, conocida como Ley de Tierras Rurales, que establecía límites para la adquisición de tierras por parte de personas o empresas extranjeras.
La situación volvió a cobrar relevancia después de una decisión de la Corte Suprema de Justicia, que el pasado 29 de septiembre revocó un fallo de la Cámara Federal de La Plata. La sentencia de la Cámara había declarado inconstitucional la derogación de la Ley de Tierras en una causa iniciada por el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM). Sin embargo, al intervenir, el máximo tribunal del país rechazó esa demanda porque entendió que la agrupación no contaba con legitimación activa para litigar.
La Corte Suprema, según la información proporcionada, no emitió una opinión sobre la validez constitucional del decreto presidencial.
Fue luego de ese escenario que Pichetto y Massot realizaron su presentación judicial, con el objetivo de obtener una suspensión de la vigencia de la derogación de la Ley 26.737.
El argumento de los diputados
Los legisladores sostuvieron que la caída de la Ley de Tierras habilitó de manera inmediata la adquisición, por parte de extranjeros, de campos, estancias y terrenos con fuentes de agua permanentes, sin límites geográficos, porcentuales o vinculados con la nacionalidad.
En su presentación, advirtieron que cada día durante el cual la desregulación permanezca vigente podría permitir la concreción de operaciones inmobiliarias irreversibles. Según el planteo de los diputados, esas operaciones podrían posteriormente ser invocadas como derechos adquiridos, incluso en el supuesto de que el Congreso de la Nación decidiera rechazar el DNU en el futuro.
El reclamo fue estructurado como una medida cautelar autónoma, es decir, una solicitud formulada antes de la presentación de una demanda principal. Pichetto y Massot argumentaron además que la tierra rural y los recursos hídricos constituyen un bien colectivo escaso y no renovable que pertenece a toda la sociedad argentina.
Desde esa perspectiva, sostuvieron que cualquier modificación del régimen de dominio nacional debería ser debatida y resuelta por el Poder Legislativo, en lugar de establecerse mediante una disposición unilateral del Poder Ejecutivo.
Las medidas alternativas que propusieron
Los diputados no limitaron su pedido a la suspensión total del artículo 154 del DNU 70/2023. Como alternativa, plantearon una serie de medidas conservatorias subsidiarias destinadas a preservar información y advertir sobre el litigio mientras se resuelve la cuestión de fondo.
Entre las medidas solicitadas se encontraban:
- Ordenar al Ministerio de Justicia preservar la base de datos del Registro Nacional de Tierras Rurales.
- Informar mensualmente al juzgado sobre las operaciones inmobiliarias realizadas con extranjeros.
- Publicar un aviso en el Boletín Oficial para advertir a eventuales compradores acerca de la existencia del litigio judicial.
Estas propuestas fueron incorporadas al planteo como alternativas frente a la posibilidad de que la Justicia no dispusiera la suspensión completa de la normativa cuestionada.
El juez rechazó la urgencia, pero continúa el proceso
Alonso Regueira rechazó específicamente la medida interina de urgencia extrema, pero permitió que el proceso judicial continúe. Antes de resolver sobre la medida cautelar de fondo, el magistrado decidió dar intervención al Poder Ejecutivo Nacional, que deberá elaborar un informe detallado acerca del interés público comprometido en la causa.
Para presentar ese informe se estableció un plazo de cinco días hábiles.
Pichetto, sin embargo, pidió que ese período fuera reducido a dos días, en función de la urgencia que atribuye a la situación y del riesgo que, según su presentación, existe mientras continúe vigente la desregulación.
El dirigente de Encuentro Republicano Federal cuestionó públicamente la decisión judicial a través de la red social X.
"Mientras la Justicia demora, se pueden concretar esas ventas, con grave riesgo para el patrimonio nacional. Esta decisión permite que esa situación continúe. Incluso una negativa rápida permitiría acudir a las instancias superiores. Estamos frente a una situación de gravedad institucional, el rechazo de la cautelar preventiva es un indicio de la suerte que puede correr nuestra presentación", sostuvo Pichetto.
La intervención de la Fiscalía
Antes de adoptar la resolución, el tribunal también solicitó la opinión de la Fiscalía en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N° 8, a cargo de Fabián Omar Canda. El dictamen fiscal fue emitido este mismo lunes y recomendó habilitar la instancia judicial. Además, ratificó la competencia del fuero contencioso administrativo federal para intervenir en el caso.
La intervención de la Fiscalía antecedió así a la decisión del juez Alonso Regueira de rechazar la cautelar interina, aunque mantener abierto el proceso y requerir la presentación del informe correspondiente por parte del Poder Ejecutivo.